Una propiedad intelectual caduca busca modernizarse
Un curso de autor sobre derecho de autor homenajea la ley de 1987 Pese al avance que supuso la norma, ya ha quedado desfasada
Hace casi 30 años, en noviembre de 1987, el Boletín Oficial del Estado (BOE) registraba la última Ley de Propiedad Intelectual en España. La norma daba, por fin, un soplo de aire fresco a todo el sector creativo y divulgativo del país, que hasta entonces seguía rigiéndose por la ley predecesora, con más de un siglo de antigüedad, que databa de 1879. “Llegaba así una normativa de vanguardia, que miraba al futuro, absolutamente participativa, con el consenso de las fuerzas políticas y empresariales, y también moderna, rompiendo unos viejos sistemas de privilegios que se habían dado en España hasta entonces”. Así resumió ayer esta ley el director corporativo de negocios de derechos y de la propiedad intelectual & business affairs del Grupo PRISA, José Manuel Gómez Bravo, además de director del curso de verano La modernización de la propiedad intelectual en España y su evolución, organizado en la Universidad Complutense de Madrid.
La citada ley, que acabó con el anacronismo de su antecesora, que ni siquiera contemplaba aspectos tales como el derecho de creación en la industria de la radio, de la televisión o de un internet que empezaba a vislumbrarse como fuente de cambio, ya ha quedado desfasada. “Entonces no había industria digital, no había piratería, no había leyes comunitarias e internacionales que regularan el sector... Por eso urge adaptar la tesitura a los nuevos tiempos”, prosiguió Gómez Bravo.
Esto no significa que el trabajo realizado por los juristas y funcionarios del momento fuese malo: “La actual regulación recogió muchas reivindicaciones, como los contratos sujetos a la legalidad o la certificación de la tirada de las obras. Simplemente requiere de un cambio, debido a los avances tecnológicos”, continuó Rosalina Díaz Valcárcel, vicepresidenta de la Federación de Gremios de Editores de España. Lo que había, era insostenible. “Estábamos seguros de que íbamos a crear una ley que resolviese los problemas existentes y se anticipase a los retos que venían. Por ejemplo, la obra como creación de una persona física, la relación exacta de las obras protegidas y de las entidades en cuestión, la divulgación del contenido... Planteamos un giro completo de la concepción dominante en España sobre el derecho de autor”, apuntó el presidente de honor de la Junta Directiva de la Asociación Colegial de Escritores, y el único de los padres de la citada ley que queda con vida, Juan Mollá.
El desahogo que supuso para el sector el mes de noviembre de 1987 lo puso de manifiesto el director general de Industrias Culturales y del Libro, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Óscar Sáenz de Santamaría: “La ley puso orden en un sistema obsoleto”. Se introdujeron cambios para procurar reconocimiento y protección, se comenzó a distinguir entre los derechos propios del autor y los de el resto de personas pertenecientes a la cadena de creación, como los intérpretes o distribuidores; además de crearse nuevas figuras que intervienen en el proceso, relativas a la industria audiovisual.
La ley de 1987 puso orden en un sistema obsoleto y anacrónico
Pero las leyes han de adaptarse al paso del tiempo. “Sufrió muchas modificaciones legislativas, un total de 19, más incontables desarrollos de apartados. Cambios motivados por la aparición de internet, de las plataformas digitales o de los requerimientos normativos de la UE”, explicó Sáenz de Santamaría, enumerando varios de los enésimos detalles que deben actualizarse, como los plazos temporales del derecho de autor, la ordenación de las obras huérfanas, la regulación por compensación de copias privadas, la industria de radio online o los contenidos de lectura para personas ciegas. Casos, todos ellos, que en 1987 eran realmente impensables.
Precisamente por eso, como reconocieron los expertos, es indispensable actualizar la normativa. “También porque debido a todos los cambios y modificaciones que ha vivido, la ley ha pasado a ser incomprensible en muchas cuestiones, que en algunos casos crean barreras con lo que dicta la UE y que pueden llevar a España a perder competitividad dentro del mercado digital comunitario”, recordó la socia del Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de Garrigues, Carolina Pina. ¿Qué ramas de la ley podrían empezar a cambiarse? Sobre esto habló el socio de Uría Menéndez y una de las voces más autorizadas en España sobre propiedad industrial e intelectual, Agustín González García. “Tengo la sensación de que en materia de propiedad intelectual han perdido protagonismo el creador y el ciudadano. No seré yo quien reste importancia a los derechos afines, pero han crecido de una manera desproporcionada en comparación con el derecho de autor”, afirmó.
El derecho de autor se ha mercantilizado, y es un error pensar solo en los euros
No es la única crítica de este experto hacia la deriva de buena parte del sector. Hay que añadir que “el derecho de autor se ha mercantilizado, y no se debe hacer una revisión de la ley pensando solo en los euros, ya que es algo que afecta a la cultura, a la educación y al conjunto de la sociedad. Esa mercantilización, que suele llegar de la UE, es un error”. Otros puntos a reformar, recomendó Agustín González, serían los límites de los derechos de propiedad intelectual, “que se han quedado demasiado pequeños”; el régimen de transmisión de los derechos, “ya que hay algunos contratos muy regulados y otros que carecen de dicha regulación”; y la armonía entre la norma española y las directivas y tratados internacionales.
Con todo esto, como recordó el catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Málaga, José Miguel Rodríguez, “la ley del 87 fue puntera y alabada en toda Europa”. “Hoy tenemos el reto de hacer una norma que recoja todos los cambios y no quede obsoleta al pronto de dictarse”, señaló Óscar Sáenz de Santamaría.