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Tribuna
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España, subastada a precio de saldo

La primacía del precio en los concursos perjudica la obra pública

Imagen de la llegada a la estación de un AVE.
Imagen de la llegada a la estación de un AVE. Efe

Cuánto dices que cuesta hacer esa obra? ¿Diez millones? ¡Yo te la hago por dos! ¿Y te vas a gastar 500 mil euros en prestar ese servicio? Déjamelo a mí, que te va a costar la mitad y no se va a notar la diferencia”. Así está funcionando recientemente el mercado de la contratación pública, como un bazar o un zoco donde la gran mayoría de las licitaciones se adjudican a aquellos que presentan las ofertas económicas más bajas. No es una exageración, los empresarios saben bien que es habitual encontrar bajas del 70 o el 80 por cien en los contratos de obras o del 50 o 60 por cien en los servicios y que si no entras en el juego, hay poco que hacer.

El problema reside en la elaboración de los pliegos de los concursos públicos, donde los órganos de contratación vienen asignando la mayor puntuación al precio, por encima de otros criterios relacionados con la calidad que prácticamente brillan por su ausencia. Ello tiene consecuencias nefastas para la sociedad y provoca en muchas ocasiones comportamientos ilícitos.

Por un lado, la primacía del precio hace que los licitadores presenten ofertas de bajo nivel técnico o poco innovadoras, suministrando bienes de mala calidad, personal menos cualificado o sin la experiencia suficiente, incluyendo tecnologías desfasadas… todo ello redunda directamente en servicios prestados a la ciudadanía u obras realizadas en peores condiciones de las esperadas.

Además, esas extraordinarias bajadas de precio en muchas ocasiones conllevan la comisión de delitos o infracciones de tipo económico, en los que las empresas vulneran las normas del derecho de la competencia ofreciendo precios por debajo de costes con tal de lograr un contrato y a costa de expulsar a competidores de sus mercados. La empresa es totalmente consciente de que, aunque dicho contrato no suponga un beneficio directo, en el medio plazo habrá acaparado gran parte del mercado de la contratación pública y habrá expulsado a sus competidores del mismo si desarrolla de manera continuada esta práctica.

Las que más sufren este tipo de prácticas son nuestras pequeñas y medianas empresas, muchas de las cuales podrían encontrar en la contratación pública una parte importante de sus ingresos y oportunidades de desarrollo. Por desgracia, las PYMEs no pueden competir con las potentes economías de escala o con esos precios tan bajos que ofertan las grandes empresas y se ven inevitablemente desplazadas de los mercados públicos.

Por tanto, es necesario dotar de mayor relevancia a la calidad a la hora de adjudicar los contratos públicos y establecer un equilibrio calidad-precio donde este último sea un elemento más de la valoración de las ofertas y no el elemento decisivo que tan consecuencias terribles provoca en la economía y en los servicios que se prestan a la ciudadanía.

El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos ha presentado una batería de enmiendas en esta dirección. Entre ellas, se puede destacar la propuesta realizada para modificar el artículo 145 del proyecto de Ley donde se debería establecer como norma general la existencia de una pluralidad de criterios a la hora de valorar las ofertas de los licitadores. Se trata de que el uso de un único criterio (que normalmente suele ser el precio) sea la excepción y no la regla en la contratación pública, en sintonía con el espíritu de las Directivas Europeas.

En esa misma línea, hemos propuesto modificar el artículo 143 que regula las subastas electrónicas y cuya redacción original únicamente excluía a los servicios de carácter intelectual de su utilización. Nuestra propuesta pretende ir más allá y restringir el uso de la subasta exclusivamente a los contratos de suministro con características muy definidas, puesto que entendemos que en el resto de contratos existen muchos elementos que deben ser valorados a la hora de seleccionar la mejor oferta antes que el precio.

Para este ejercicio de valoración que deben hacer los órganos de contratación, hemos propuesto ampliar los criterios relacionados con la calidad que aparecían en el proyecto de ley, incluyendo otros de carácter social, laboral o medioambiental que pueden usarse para valorar las ofertas. Son las conocidas como “cláusulas sociales”, que ya se aplican con éxito en muchas administraciones, que encuentran su acomodo legal en la Directiva europea de contratos públicos y que van desde el fomento de la contratación indefinida, hasta las reducciones de emisiones de gases contaminantes, pasando por la subcontratación a pymes mayoritariamente participadas por mujeres.

Estas iniciativas tienen como objetivo final producir un cambio real y no meramente estético, para lo cual es necesario limitar la ponderación del precio respecto del total de los criterios de adjudicación. Por ello, hemos propuesto que la oferta económica no suponga más de un 30% de los puntos asignados a las ofertas que concurran al concurso. La pluralidad de criterios como norma general no tendrá ningún impacto sino marcamos un límite explícito y concreto al precio, pues de lo contrario, aunque se usen numerosos criterios, el precio podría seguir teniendo una preponderancia desproporcionada.

En general, una serie de medidas que tienen un objetivo múltiple en el que todas las partes ganan. Ganas las empresas, que no se ven obligadas a ofertar precios inasumibles para poder ser adjudicatarias. Ganan las PYMEs, que podrán competir en mejores condiciones, haciendo hincapié en que sus ofertas incluyan elementos creativos e innovadores. Gana el personal de las empresas que no tendrán que ver sus condiciones laborales mermadas, precarizadas o sometidas a condiciones por debajo de convenio. Ganan las administraciones, que no se verán abocadas a resolver contratos a mitad de la ejecución o a duplicar el gasto para recontratar trabajos que se prestaron defectuosamente. Y sobre todo, gana la ciudadanía, con servicios de mayor calidad, con un enfoque más social, medioambiental, innovador e igualitario, que nos ayudarán a desarrollar una sociedad moderna, impulsada por el sector público, digna del siglo XXI.

Auxiliadora Honorato es Diputada por Sevilla en el Congreso, ponente del proyecto de Ley de Contratos del sector público y Secretaria Estatal de Administraciones Públicas en Podemos

Fernando Acuña es asesor y jurista especializado en Derecho Público y Derecho de la Contratación Pública

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