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'Brexit'

La CNMV crea un plan para atraer a las firmas con sede en UK a España

La CNMV asegura que en muy pocos países se han formalizado y concretado un plan de actuaciones para ello.

Vista de la City de Londres
Vista de la City de Londres TOBY MELVILLE (REUTERS)

El nuevo presidente de la CNMV, Sebastián Albella, ha tomado nota de las indicaciones de Luis de Guindos y ha puesto en marcha un plan para atraer a España a las entidades británicas que quieran cambiar su sede por el brexit.

Poco ha tardado el nuevo presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella, en remangarse y recoger el guante que le lanzó el ministro de Economía, Luis de Guindos, el pasado día 30 de noviembre en la intervención ante su toma de posesión en el cargo. Entonces Guindos declaró que “Madrid tiene una oportunidad como plaza financiera por la reunificación de los actores financieros, y la CNMV tiene que jugar un papel importante para aprovecharla. Necesitamos tener una CNMV moderna, eficiente y que combine la garantía para los inversores con la fluidez imprescindible en los mercados modernos”. Y parece que dicho y hecho.

Ayer la CNMV anunció el lanzamiento de una batería de medidas para atraer a España a aquellas entidades financieras con sede en Reino Unido que quieran trasladar sus negocios o parte de estos como consecuencia del brexit. El objetivo del organismo pasa por garantizar un ambiente de supervisión “razonable y sólido”. “La CNMV está decidida a que España sea la opción más atractiva para estas entidades”, afirmó el supervisor del mercado en un comunicado. Albella pretende que los mercados españoles sean “más atractivos” en términos generales, en un contexto en el que han disminuido los incentivos para que nuevos proyectos de inversión se localicen en el Reino Unido.

El plan de medidas comunicado ayer se inspira en iniciativas similares de otros organismos supervisores de la UE “procurando mejorarlas”. La CNMV, explica, en este sentido, que hasta el momento, “muy pocos países han formalizado y han concretado actuaciones de este tipo”. Fuentes financieras, de hecho, mantienen que solo Francia y Alemania han hecho declaraciones públicamente pidiendo a las firmas extranjeras con sede en Reino Unido que cambien su ubicación a estos países ante los retos que llevará consigo el brexit para sus negocios. El organismo presidido por Sebastián Albella subraya que otras entidades más allá de las provenientes del Reino Unido también podrían beneficiarse de este plan.

Entre las acciones clave, la CNMV creará un programa de bienvenida dedicado a las empresas de inversión y gestión con sede en Reino Unido. Dentro de este plan las empresas encontrarán una interlocución única en habla inglesa que les ayudará a entender la regulación española y les guiará durante el proceso de autorización y hasta seis meses después del mismo. Toda la documentación se podrá presentar en inglés sin necesidad de traducción. También se facilitará un procedimiento directo de autorización para las empresas británicas, a través de formularios estandarizados en inglés y la presentación electrónica. Asimismo, se establecerá un plazo de preautorización de 15 días para que las empresas puedan comenzar a organizar el traslado de su negocio en España, que se amplia a dos meses para obtener la aprobación definitiva.

La CNMV aceptará documentos preexistentes ya presentados en otras autoridades por los solicitantes y, previo análisis, podrá confiar en decisiones de las anteriores autoridades. Sobre el uso de modelos internos de cálculo de recursos propios mínimos, el supervisor recuerda que algunas entidades se han interesado en poder utilizar los modelos internos de determinación de las necesidades de capital para cubrir riesgos de mercado y de contraparte. Para que estas firmas puedan mantener esta estrategia, la CNMV ha indicado que está reforzando sus recursos y está en condiciones de supervisar “de manera eficiente” dichos modelos. Además, recalca que ha establecido un esquema específico de cooperación con el Banco de España para garantizar que estas tareas puedan llevarse a cabo sin complicaciones. En este ámbito también podrá utilizarse un procedimiento rápido de autorización en el caso de que la autoridad competente en el Reino Unido haya revisado y autorizado los modelos en cuestión.

Además, asegura que va a adoptar un enfoque flexible para facilitar la externalización de funciones o actividades, lo que puede mejorar las reubicaciones parciales de las actividades de las entidades “de forma rápida”. Eso sí, ha advertido de que siempre que la entidad española no se convierta en un “mero depósito vacío” y se cumpla con los requisitos establecidos al respecto en la Mifid (nueva directiva para aumentar la protección al inversor).

También ha tenido en cuenta otros puntos importantes para las empresas, como políticas de remuneración e internalizadores sistemáticos, y ha decidido no exigir más requisitos que los derivados de la legislación europea, que se aplicarán “con pleno respeto al principio de proporcionalidad”. Además, ha creado un buzón específico para resolver cualquier duda que pueda surgir a las entidades (welcome@cnmv.es).

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