_
_
_
_
_
Cobro de dividendos

Cómo utilizar la Bolsa para pagar menos impuestos

La avalancha de dividendos del mes de mayo trae consigo el ‘lavado de cupón’ Las operaciones en bloque en Bolsa se multiplican con un fin: pagar menos impuestos

Thinkstock

Bien es sabido que las artimañas para evitar tener que pasar a rendir cuentas por Hacienda son numerosas y de lo más variopintas. Las estrategias se multiplican cuando se trata de prácticas ilegales. Sin embargo, los que piensan que la legalidad no pasa por evadir impuestos se equivocan. Es época de dividendos y de retribuciones atractivas. Las blue chips del Ibex 35 están repartiendo dinero y llenando los bolsillos a sus accionistas. Por ello, no es de extrañar que las operaciones en bloque en Bolsa se estén disparando con el único objetivo de evadir la carga fiscal que para los grandes accionistas genera.

En la actualidad, quienes poseen títulos en España por valor de más de 50.000 euros deben soportar una carga fiscal del 23% por el cobro de dividendos. Son muchos los inversores que prefieren hacer que sus acciones gocen de un plácido viaje para que luego regresen sin apenas costes fiscales, lo que es más conocido como “lavado de cupón o lavado de dividendo”. Mediante este método, se lleva a cabo una operación de compraventa con un precio de recompra pactado en aquellas empresas en las que está próximo el pago de dividendo. De este modo, el accionista cede sus títulos a una sociedad residente en el extranjero para que, cuando se haga efectiva la retribución, tenga que hacer frente a una carga fiscal menor. “Hay muchos bancos que ofrecen unos productos estructurados conocidos como yield enhancement. Lo que hacen los bancos es que toman las acciones prestadas a cambio de un tipo de interés y luego las devuelven una vez que se haya hecho el cupón”, señala David González, analista de Renta 4, quien apunta que, de esa forma, el inversor original se evita la retención. “Eso sí, recibe un tipo de interés inferior por esas acciones pero mucho mayor al que hubiese obtenido si tuviera que afrontar la retención fiscal en España”, apunta el experto.

Es por ello que las operaciones en bloque de pesados como Santander, Telefónica o Inditex –cuya fecha de retribución al accionista está teniendo lugar en este mes– se han estado disparando en las últimas jornadas, lo que también ha hecho aumentar el volumen de negociación de la Bolsa española, que ha superado en diferentes sesiones la media diaria del pasado mes de abril (3.717 millones). Y es que durante la semana pasada, el volumen de negociación en bloques de compañías como Inditex llegó a rozar los 2.000 millones de euros en la sesión del miércoles.

“Estas operaciones de venta con pacto de recompra no tienen por qué tener una finalidad elusiva. El problema es que se produzcan cuando la fecha del dividendo de la compañía se acerca, que es lo que puede estar siendo monitorizado por los Estados y los propios reguladores”, explica Curra Munuera, socia de CMS Albiñana & Suárez de Lezo, quien asegura que estas operaciones implican, asimismo, “una necesidad de valorar el eventual riesgo reputacional, y riesgo de mercado y de contrapartida”.

Y es que el ahorro que puede suponer para los accionistas es considerable. En países como Singapur, donde existe un convenio para evitar la doble imposición, la carga fiscal que ha de soportar el accionista original en España es del 0%. Así lo aclara Mariano Gomariz, socio de fiscalidad de Jausas Legal. Además, cuando se efectúe el pago del dividendo, el receptor de esos títulos residente en el país asiático apenas aguanta coste fiscal, por lo que la operación resulta mucho más que ventajosa. Pero no hay que irse tan lejos. Según explica Gomariz, en Europa, países como Holanda son algunos de los favoritos de los accionistas debido a sus ventajosos regímenes fiscales.

“A modo de ejemplo, si al banco al que le prestas las acciones recibe dos euros por el pago del dividendo y cobra un 15% de comisión a su cliente, a este le paga finalmente unos 1,7 euros. Al final, al cliente le viene bien porque de los dos euros del dividendo, en España tan solo podría haber recibido uno, pero tú le estás dando 1,7 euros”, explica el analista de Renta 4, quien comenta que grandes bancos de inversión como JP Morgan o Morgan Stanley realizan estas operaciones. “Es un producto estructurado y completamente legal. Ellos ofrecen un producto que al cliente le da rentabilidad”, apunta González. “No dicen específicamente que están lavando el cupón pero al final lo están haciendo”, aclara.

La 'regla de los dos meses', una solución efímera

Aunque esta práctica no suponga traspasar la barrera legal, sí supone una menor recaudación de impuestos para España y riesgos reputacionales para quienes la llevan a cabo.

Entre las soluciones que se plantearon destaca la conocida como “regla de los dos meses”, que consistía en que si durante los dos meses anteriores o posteriores se llevaba a cabo un pacto de recompra que coincidía con un pago de dividendo, ese dividendo tributaría en España. Sin embargo, esta regla solo se aplica ya en relación a las operaciones con minusvalías. “Significa una pérdida de recaudación para España y para cualquier país.

Todos los países están interesados en mantener el máximo de recaudación, máxime cuando se trata de empresas españolas que han generado el beneficio en España”, apunta el socio de fiscalidad de Jausas Legal Mariano Gomariz, quien explica que las medidas que se pudieran introducir “harían perder competitividad” a las empresas españolas en relación a los mercados extranjeros. 

Sea como sea, esta antigua práctica elusiva continúa marcando el ritmo de las operaciones en bloque en el parqué español y, por el momento, parece que no se contempla una solución que evite que las arcas públicas queden sin el apoyo económico que supone la fiscaildad de los dividendos.

“No han encontrado fórmula de poner límite a esto; una fórmula de poner límite y que, al mismo tiempo, no signifique un perjuicio para las empresas españolas”, sentencia el socio de Jausas Legal.

Más información

Archivado En

_
_