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Tribuna
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La factura eléctrica: realidad de costes

Acabada la legislatura, es tiempo de reflexionar sobre las necesarias reformas del sector energético de cara a la agenda política del próximo Gobierno. Nadie duda de la necesidad de introducir reformas que tengan en consideración aspectos como la generación y el cambio climático, las redes inteligentes, la eficiencia energética, las energías renovables, la generación distribuida, el autoconsumo, las emisiones de efecto invernadero, las tarifas eléctricas etc., a las cuales hay que dar una salida regulatoria en el nuevo marco energético.

Me gustaría centrarme hoy en uno de dichos aspectos, que es noticia en estos días como consecuencia de la propuesta del Gobierno de los peajes eléctricos para 2016, volviendo a surgir la polémica de si las tarifas eléctricas son elevadas o no; nadie duda que son elevadas, su comparativa con los países de la Unión Europea así lo indica, mientras en 2008 tenía precios inferiores a la media, en 2014 los precios de los consumidores domésticos se situaban como los cuartos más caros de la UE; pero ahora bien, si analizamos las causas del porqué, nos encontraremos con algunas sorpresas. Las tarifas eléctricas, de forma simplificada se componen de tres términos, el precio de la generación, el precio de los peajes de acceso y los cargos del sistema eléctrico. Analicemos ahora cada uno de esos términos y su evolución en los últimos años. El precio de la generación eléctrica, una actividad liberalizada y en competencia, que considera lo que cuesta producir en el mercado la energía eléctrica necesaria para satisfacer la demanda de los consumidores, ha tenido una evolución desde 1994 en la media de los países de la Unión Europea, siendo el ingreso unitario neto en términos reales de 2015 descontado los impuestos a la generación contemplados en la Ley 15/2012 y el efecto del comercio de derechos de emisiones de CO2, de 45,9 €MWh (megavatio-hora) a noviembre de 2015 frente a los 52 €MWh en 1998.

El precio de los peajes de acceso a las redes, una actividad considerada regulada y por tanto sus costes no los fija el mercado sino el órgano regulador, en este caso el Ministerio de Industria y Energía, cuya recaudación está destinada a cubrir la retribución del transporte y la distribución eléctrica, es decir de las redes, ha evolucionado desde 1994 en términos reales descontado los efectos de IPC y de demanda, desde los 1.085 millones de euros a los 1.712 en 2015 para el caso del transporte y desde los 5.969 millones de euros a los 5.041 en 2015 en el caso de la distribución eléctrica.

Los cargos asociados a cubrir, teóricamente, otros costes de actividades en el sistema eléctrico, que son considerados costes regulados y por tanto de forma similar a los peajes son fijados por el Ministerio de Industria y Energía, en su evolución han terminado multiplicando por dos el coste del kWh (kilovatio-hora). ¿Qué soluciones se pueden aplicar para minorar el precio de la factura eléctrica? Una es la externalización de determinadas partidas de costes regulados actualmente incluidas en las tarifas eléctricas, es decir extraer de las tarifas aquellos cargos regulados que retribuyen conceptos ajenos a la electricidad y al propio suministro, y que en realidad son políticas de estado medioambientales, sociales y políticas territoriales cuya financiación no debería recaer, o al menos, no recaer de manera exclusiva, en los consumidores eléctricos, y que se han ido incluyendo en las tarifas como cajón de sastre, con el gran efecto que ello tendría no solo sobre la renta disponible de los ciudadanos, mitigando situaciones de vulnerabilidad, sino también sobre la competitividad del sector industrial y comercial. Como ejemplo de políticas de estado, sociales o territoriales se pueden mencionar la compensación extrapeninsular o el carbón nacional; con ello no quiere decir que no se retribuyan, sino que si se consideran necesarias se haga a través de los mecanismos adecuados, los PGE.

Otra medida estaría relacionada con el ámbito de la política ambiental, la Directiva 2009/28/CE, establece la necesidad del fomentar el uso de energía procedente de fuentes renovables, y fija como entre sus objetivos generales conseguir una cuota del 20% de energía procedente de fuentes renovables en el consumo final bruto de energía en cada Estado miembro para el año 2020, lo cual implica a los sectores de los hidrocarburos, y dado que los sectores de hidrocarburos líquidos y gaseosos prácticamente no contribuyen a las citadas obligaciones del 20% de sus sectores, resulta que el sector eléctrico es el principal contribuyente con algo más del 42% en 2014 sobre la demanda de electricidad, lo cual facilita el cumplimiento del objetivo global del 20% de energía renovables en el consumo final bruto de energía en 2020.

Ahora bien, dado que la contribución por dichos otros sectores es limitada, cabría, por ejemplo, repartir el coste de las renovables con el resto de sectores energéticos, pues el cumplimiento de los objetivos responde a una política energética global de Estado, ligada a las emisiones de CO2 provocadas por todo el consumo energético (no solo el eléctrico) y, por tanto, la financiación no debiera recaer en exclusiva sobre los consumidores eléctricos.

Estas medidas per se de actuación sobre costes no directamente relacionados con el suministro eléctrico, permitirían reducir las tarifas que pagan los consumidores eléctricos en al menos un 25%, restableciendo políticas energéticas y económicas claras tanto en redes como en renovables, y devolviendo al marco regulatorio la seguridad jurídica y estabilidad regulatoria tan necesaria en la actualidad.

Juan Ignacio Unda es exconsejero Comisión Nacional de Energía.

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