La patronal bancaria avisa: hay que actualizar el DNI
Las patronales bancarias AEB y CECA han hecho hoy un llamamiento para que los clientes acudan a sus entidades financieras para actualizar sus datos y permitir que su banco disponga del documento de identificación en soporte digital. Deberán hacerlo antes del 30 de abril porque, de lo contrario, el banco bloqueará la cuenta.
El sector financiero español se está movilizando para acelerar un trámite para el que ha contado con un plazo de cinco años y que finaliza el próximo 30 de abril. En virtud de la ley de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo de 2010, las entidades financieras están obligadas a tener en soporte digital el documento de identidad de sus clientes, así como la información actualizada de su actividad económica.
Las entidades ya llevan meses dirigiéndose a los clientes para que formalicen el trámite puesto que si no lo hacen en el plazo previsto, la citada ley obliga al bloqueo automático de la cuenta. Aunque pueda desbloquearse después una vez cumplimentado el requerimiento de información.
AEB y CECA han solicitado, a través de un comunicado, "la comprensión y colaboración de los clientes de sus respectivos asociados para que, en el caso de ser requeridos, aporten su documento de identificación antes del próximo 30 de abril".
El comunicado explica que esta solicitud "se está dirigiendo incluso a clientes con los que existe relación desde hace largo tiempo y que son conocidos por la entidad, ya que por muy diversas razones (apertura de la cuenta en una fecha en la que no fuera obligatoria la obtención y conservación del DNI, u otras) puede ocurrir que la entidad no disponga de copia del documento de identificación".
Y recuerda que de esta manera, se evitarán las restricciones a la operativa de las cuentas que los bancos y otras entidades se verían obligados a aplicar, en referencia a que la ley y la obligación de identificación también afecta a financieras, gestoras y compañías inmobiliarias.
El sector no parte de cero puesto que en el momento de la entrada en vigor de la ley, en abril de 2010, ya contaba con documentación digitalizada sobre la identidad de sus clientes y ha podido ir actualizándola durante estos años. Algunas entidades ya formalizaron por completo esa actualización hace meses pero otras aún están en ello, en un proceso que está resultando ser un auténtico dolor de cabeza para el sector.
Se calcula que en el sistema financiero español hay alrededor de 80 millones de cuentas, de las que 50 corresponderían a clientes particulares si bien la obligación de actualizar identidades y actividad económica incluye también a las personas jurídicas, no solo a las físicas. En sus comunicaciones, los bancos requieren al cliente el envío urgente de copia del documento de identificación (DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o documento del país de origen) –sin que baste ya la fotocopia– y la copia de justificante de su actividad económica o profesional, ya sea la nómina, el pago de seguros sociales o del IVA.
Las patronales CECAy AEB han mantenido contactos con el Sepblac y Hacienda, y si bien no se ha logrado un aplazamiento del plazo más allá del 30 de abril, sí habría un acuerdo para actuar después con la máxima felxibilidad, de modo que el bloqueo de la cuenta sea breve si se formaliza el trámite y no suponga sanción para el banco.
Controles contra el blanqueo
Las obligaciones que marca la ley a la banca para la prevención del blanqueo de capitales han llevado al sector a desarrollar amplios sistemas internos de control, en un proceso en el que sector lleva ya inmerso meses y a pesar de que haya sonados escándalos como el conocido estos días en Banco Madrid. La banca está obligada a conocer la identidad de sus clientes y la tarea a la que se dedican y debe establecer filtros con los que detectar cuándo una operación puede resultar sospechosa. Para empezar, hay cierto tipo de cliente al que se clasifica como de riesgo, o al que hay que vigilar especialmente, como es el caso de los políticos o aquellos que tienen un patrimonio superior al millón de euros, filtro que establecen algunas entidades de banca privada. El sistema de filtros –por el que saltan las alarmas de operaciones sospechosas que el banco debe comunicar al Sepblac– es distinto según la entidad, aunque siga pautas comunes en el sector. Así, los controles son especialmente intensos con los nuevos clientes, según reconocen en el sector, de modo que cuando se realiza una transacción o un ingreso de cierta cuantía se le plantearán de forma habitual cuestiones tales como la si ha residido en el extranjero en los dos últimos años –o algún familiar–, si se trata de dinero propio o de una tercera persona, si es para uso personal o para una inversión, además de verificar los datos básicos: documento de identidad y acreditación de actividad económica.