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Tribuna
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Por una Ley de Auditoría de largo recorrido

Ante el inicio de la tramitación parlamentaria del proyecto de Ley de Auditoría, desde el Consejo General de Economistas consideramos fundamental centrar el debate, poniendo el acento en aquellos aspectos que resulten eficaces para aumentar la fiabilidad de la información financiera y para reforzar la calidad de las auditorías, obviando polémicas estériles que en nada benefician a la sociedad. Dado que en junio de 2016 vence el plazo para trasponer a la legislación española la directiva y el reglamento europeos relativos a la auditoría de cuentas, el Gobierno ha tomado la decisión –a nuestro entender, razonable– de poner en marcha esta reforma.

Estamos, por tanto, ante una oportunidad para construir una ley de largo recorrido que determine unas reglas del juego claras encaminadas a aumentar la transparencia con el fin último de dar seguridad a los mercados. Pero para ello deberíamos antes discernir qué cuestiones resultan nucleares para alcanzar este propósito y cuáles no. Con esto no queremos decir que resulten baladíes temas como el periodo de rotación de las firmas que auditan entidades de interés público, pero entendemos que lo que realmente les preocupa a las empresas y a los usuarios de la información económica es –además de lo anterior– la mejora de la calidad de los trabajos de auditoría. Y para lograr estas cotas de calidad resulta imprescindible establecer medidas que permitan la concurrencia en el mercado de operadores en igualdad de condiciones, lo que redundará en un aumento de la competitividad y en un mejor servicio para los usuarios.

En España se realizan al año más de 62.000 informes de auditoría, que resultan fundamentales para, entre otros aspectos, la seguridad de los inversores en miles de empresas. Por otra parte, ningún observador informado duda de la importancia del trabajo del auditor, como pone de manifiesto el hecho de que en 2011 –en el punto álgido de la crisis– los trabajos de auditoría de carácter voluntario representaran un 27% del total de las auditorías realizadas. Está claro, por tanto, que en nuestro país no sobran auditores, de ahí que se debería aprovechar esta nueva ley para poner en valor el trabajo que desarrollan, introduciendo durante su tramitación en el Congreso algunas mejoras técnicas para dinamizar el sector, adaptarnos a las exigencias comunitarias y limar aspectos que introduzcan confusión. Así, en el proyecto de ley existen varias áreas en las que es necesario trabajar para ofrecer una adecuada respuesta a lo que propone. Entre ellas, la definición de entidad de interés público (EIP) que, con la redacción actual, haría que en España siguiesen teniendo este carácter más de 6.000 entidades, 11 veces más que Alemania y 4 que Reino Unido.

En cuanto al informe de auditoría, se incluyen cuestiones que en el Derecho europeo quedan circunscritas a las entidades de interés público, por lo que deberían aplicarse solo a este tipo de entidades. Con respecto a las causas de incompatibilidad, el sistema resulta sumamente farragoso y deberá ser clarificado si no queremos crear inseguridad, especialmente en lo relativo a las extensiones subjetivas –algo sin parangón en el contexto internacional–. Por otro lado, el proyecto incorpora como causa de incompatibilidad la concentración de honorarios, de especial impacto en el pequeño y mediano auditor, algo que a nivel europeo solamente está contemplado para las EIP. Mención aparte merece la integración de auditores en redes de sociedades. Según el Círculo Cívico de Opinión, desde 2008 ha disminuido el tamaño medio de las empresas españolas. Es un hecho que la escasa dimensión de las compañías les resta competitividad y debilita la economía ante las crisis. ¿Por qué entonces el proyecto introduce frenos a la constitución de redes de auditores, algo vital para el desarrollo de las pymes de auditoría?

Si a lo anterior le sumamos otras cuestiones (como la creación de una nueva figura tributaria, el endurecimiento del régimen de infracciones y sanciones –que va mucho más allá del resto de países de la UE– o el establecimiento de una determinada estructura organizativa y dimensión que deben cumplir los auditores que realizan auditorías de EIP), al pequeño y mediano auditor puede presentársele un panorama no muy alentador. En definitiva, ha llegado el momento de tender la mano al Gobierno y a los diferentes grupos parlamentarios para que, con nuestras aportaciones como expertos en la materia, sentemos las bases de futuro de esta actividad clave para el desarrollo económico.

 Valentín Pich / Lorenzo lara / Carlos Puig de Travy. REA+REGA Corporación de Auditores del Consejo General de Economistas

 

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