Auditoría democrática de los partidos políticos
Como cualquier otra organización o actividad económica, y más aún si recibe subvenciones u otros fondos públicos, los partidos políticos deben estar preparados para informar sobre su condición financiera, la transparencia del origen y uso de sus recursos y la eficiencia e integridad de sus dirigentes, como administradores de los mismos. Y todo ello, respaldado por informes puntuales de fiscalización por órganos oficiales de control (el central y los regionales… mientras se les permita seguir existiendo) o de auditores independientes (cuyos honorarios deberán ser sufragados contra la partida que se supone fue estimada, en su día, dentro del presupuesto operativo del partido). Esta auditoría de los partidos se encuadra dentro de un concepto de gobernabilidad más global, a la que denominamos auditoría democrática (que debería, también, aplicarse a todos los estamentos y políticas gubernamentales que conforman un Estado de derecho).
Los ciudadanos se sienten frustrados de la precariedad con la que se desarrolla la fiscalización de los partidos
Los ciudadanos, por otra parte, se sienten frustrados –más que las autoridades gubernamentales– de la precariedad, impuntualidad y falta de neutralidad política con la que, aseguran, el órgano oficial de control desarrolla la fiscalización de los partidos (circunstancia esta, añadimos nosotros, que es más acusada cuando dicho órgano se halla gobernado por un cuerpo colegiado estratégicamente colocado en esa posición directiva mediante un convenido reparto político de la función contralora.
El proceso de auditoría financiera de una organización (atención, legisladores, si piensan legislar sobre la materia) se desarrolla mediante una especie de liturgia protocolaria. Comenzamos por suponer que ya existe, a determinada fecha, una información de carácter contable-financiero auditable, que en el mundo institucional se denomina estados financieros (y con notable impropiedad por jurisconsultos y medios, los balances), y que, aplicado al caso, se trata de que el partido político elabore y presente una relación documentada de los activos o bienes que tiene, las obligaciones y deudas que afronta, los ingresos que ha recibido y los gastos en que ha incurrido, a la fecha en que está efectuando esa presentación.
Segundo, la liturgia confirma que la correcta preparación de tales estados es responsabilidad intransferible de la dirección del partido. Si la información en cuestión no existiese, o no se hace disponible al auditor –como es el caso rocambolesco de las llamadas contabilidades B o, con halo de misterio añadido, secretas–, obviamente no hay nada que auditar. (Por lo que anunciar a la ciudadanía, en estas condiciones, que se va a solicitar una auditoría no pasa de ser un irreverente saludo político a la bandera, con la agravante de engañifa supina para el colectivo ciudadano).
A continuación, el propietario de la información, la plana gerencial del partido solicitante, entrega voluntariamente o por imperativo legal los estados e información de apoyo respectivos a examinadores profesionales independientes, como los indicados más arriba. El ritual de la liturgia auditora presupone que al entregar la información descrita al fiscalizador o auditor, dentro de un marco de mutua integridad y transparencia, la dirección del partido está exponiendo: “Aquí tienen ustedes esta información que hemos preparado internamente; dígannos qué opinan sobre ella”. A continuación, el ente auditor realiza su trabajo de acuerdo a las normas profesionales y legales correspondientes.
La emisión de informes críticos solo es posible cuando no existe temor a perder un cliente en el futuro
Por último, concluida la fiscalización o auditoría, se alcanza el último eslabón de la liturgia: informar al interesado. La dirigencia partidista espera el veredicto envuelta en una psicosis de expectación, presumiendo, con razón, que puede resultar una caja de Pandora. En condiciones normales, el dictamen u opinión del auditor es limpio, que en la jerga de los auditores equivale a decir: “Examinada la documentación que nos han presentado y consideradas las informaciones que nos han proporcionado, estimamos que la situación financiera es más o menos aceptable; nada serio de qué preocuparse”. O puede ser que el auditor dictamine solemnemente: “Los documentos e información que me han proporcionado no presentan la situación fiel y verdadera –queremos decir, razonable– de las finanzas de su organización”. Pánico colectivo en la dirigencia del partido. “Y, ahora, ¿qué hacemos? ¿Cómo lo explicamos?”.
Pero esto, con ser sumamente grave, no es lo peor. Podría suceder que los fiscalizadores oficiales o los auditores independientes manifiesten, nada más ni nada menos, que no piensan expresar opinión alguna: “Vean, señores, la falta de un sistema de control interno adecuado y documentos justificativos en operaciones clave y erogaciones que han realizado durante el ejercicio examinado; las transgresiones notables contra la legalidad vigente aplicable a las actividades del partido; la omisión o incorrección de registro contable en diversas transacciones; el origen dudoso de ingresos recibidos por funcionarios responsables de la organización y la falta de reconocimiento en la contabilidad oficial de tales ingresos; la presunción fundada de la existencia de una contabilidad paralela a la establecida oficial y legalmente, y a la que no hemos obtenido acceso; la falta de justificación de gastos incurridos por los directivos en multitud de casos; la evidencia de haber utilizado fondos del partido en actividades ajenas a la función del mismo; indicios fundados de blanqueo de fondos de la organización y depósito de los mismos en instituciones del exterior; la insuficiencia u opacidad de las respuestas a las cuestiones anteriores por parte de los máximos dirigentes y personal gerencial del partido; el desorden administrativo generalizado y la carencia de responsabilidad financiera observada en la organización y, particularmente, la comprobada negligencia y falta de supervisión y seguimiento, por parte de los máximos dirigentes del partido respecto del origen y posterior utilización de los fondos institucionales... son de tal calibre, y representan tal barrera a la ejecución de una fiscalización o auditoría profesional por nuestra parte, que no estamos en capacidad de emitir, y no emitimos, opinión alguna sobre la información y documentación que han presentado a nuestro examen”.
Desconcierto total en el sanedrín partidista. ¿Querían auditoría? Pues estos podrían ser los resultados. Huelgan comentarios. Pero debemos señalar que la emisión de informes como los expuestos en la ilustración anterior, solo es posible cuando los auditores privados independientes se despojan del temor de perder su cliente en el futuro para informar de acuerdo a principios de ética profesional en el presente; o cuando los órganos oficiales de control (el central y los regionales) actúan bajo un régimen de absoluta independencia, y la cúpula contralora –colegiada o unipersonal– al momento de informar no se siente deudora de los partidos políticos que la colocaron en esa posición de privilegio.
Y ahora, dirigentes de los partidos políticos, órganos contralores de los recursos públicos, auditores privados independientes y autoridades gubernamentales y legislativas, ¿quién le pone el cascabel al gato?
Ángel González-Malaxetxebarria es especialista internacional en gobernabilidad, gestión financiera y auditoría.