El impacto sobre el empleo de la tarifa plana
El paro registrado descendió en marzo en 16.620 personas, hasta situarse en casi 4,8 millones de desempleados, según los servicios públicos de empleo. Por su parte, los contratos se incrementan el 11,5% respecto al mes anterior y los contratos indefinidos alcanzan el 9,3% del total. En este sentido, el Gobierno, vía real decreto, ha establecido una reducción en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social con una tarifa plana de 100 euros para la contratación de trabajadores fijos y que pretende impulsar la creación de empleo indefinido y combatir así la principal lacra de la economía española: la elevada tasa de paro.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, estima que aportará tres décimas de crecimiento al PIB en 2014 y hará crecer el empleo un 0,31% (52.000 empleos). Sin embargo, el objetivo de creación de empleo consideramos que será tanto de difícil consecución como de comprobación. ¿Cómo se va a demostrar? Es de esperar que en las estimaciones del Ministerio de Empleo se hayan tenido en cuenta aquellos factores que inciden en su resultado final. En este caso, nos encontramos ante un problema clásico en las ciencias sociales. Si se pretende cuantificar la relación causa-efecto entre dos variables es necesario excluir aquellos factores (peso muerto, sustitución y desplazamiento) que pueden perturbar el objetivo del empleo (variable dependiente) y, al mismo tiempo, del propio mercado de trabajo.
La crítica más frecuente que se hace a este tipo de medidas de políticas activas de empleo es que no constituyen una forma eficiente de crear empleos en términos de costo-beneficio y que los resultados del programa no difieren de los que cabría esperar en ausencia del programa (efecto peso muerto). En concreto, se bonifica la seguridad social a una persona que igual hubiera encontrado empleo sin ninguna ayuda. La tarifa plana de cotización propuesta por el Gobierno para los nuevos contratos indefinidos puede provocar un efecto sustitución de los trabajadores que están ya en plantilla. Salvo excepciones, se consideran de dudosa eficacia en términos de creación neta de empleo pues se limitan, simplemente, a desplazar el problema modificando el orden de espera en la fila del paro, es decir, se sustituyen trabajadores temporales por fijos (efecto sustitución).
Ejemplo: un trabajador contratado en un empleo por la tarifa plana sustituye a un trabajador sin dicha tarifa que igual hubiese sido contratado en ausencia del programa. En este caso, el efecto neto en el empleo es de cero. Además, una empresa con trabajadores contratados a través de la tarifa plana y, por lo tanto, con menores costes laborales, incrementará el producto, pero a costa de desplazar o reducir el producto de otras empresas que emplean trabajadores con cotizaciones mucho más elevadas por su mayor ventaja competitiva respecto a otros competidores (efecto desplazamiento).
Llegado a este punto, la pregunta que hay que hacerse es: ¿se trata de creación de nuevos empleos o son empleos que hubieran sido creados igualmente? Si se contesta afirmativamente, quiere decir que en ocasiones se subvencionan empleos que hubieran sido creados igualmente, sin necesidad de intervención pública, pero con el agravante que los elevados costes, con cargo a las finanzas públicas, resulta inútil. Por lo que las empresas se encuentran con una ganancia inesperada que les viene dada.
La experiencia ha demostrado que la puesta en práctica de una política activa de mercado de trabajo plantea retos considerables. De hecho, una de las lecciones aprendidas en estos años es que es necesario ser más cuidadosos en el uso de estas políticas, tener especial cautela en su diseño y conceder atención especial a su evaluación, tanto a corto como a largo plazo. Según la OCDE, los estudios realizados en Estados Unidos y la Unión Europea sobre la incidencia de dichos efectos sobre el empleo se sitúan entre el 50% y el 80%, es decir, en el mejor de los casos por cada dos puestos contratados con tarifa plana solo se crea uno.
En este contexto, es evidente que la evaluación de este tipo de medidas debe efectuarse en concepto de tratamiento social del paro. En cambio, si se realiza en concepto de creación de empleo, deben serlo con imperativos de eficacia económica, lo contrario tendría escasa justificación, sobre todo si al final pagamos todos. En resumen, intervenir para corregir desigualdades se justifica. Si se conciben las subvenciones a la creación de empleo como solución al desempleo, posiblemente nos equivoquemos. Al menos, hay que esperar que el efecto sustitución sea positivo en el caso de que esta afecte a las conversiones de temporales en fijos. Pero ello no significará creación neta de empleo.
Vicente Castelló es Profesor de la Universidad Jaume I de Castellón