¿Dignidad o sostenibilidad de las pensiones?
El artículo 10 de la Constitución Española establece la dignidad de la persona como “fundamento de del orden político y de la paz social”, y el artículo 50 señala que “los poderes públicos garantizarán… la suficiencia económica” de los mayores “mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas”.
El Anteproyecto de Ley reguladora del factor de sostenibilidad y del índice de revalorización del sistema de pensiones de la Seguridad Social ha puesto sobre el tapete un problema que se viene rumiando desde hace muchos años. El actual sistema de reparto no es viable debido a la disminución de la natalidad, el aumento de la esperanza de vida y el incremento del número de ancianos provocado por el envejecimiento de la generación del boom demográfico que llegará a la jubilación en los próximos años. Las alternativas inmediatas son aumentar las cotizaciones, incrementar los impuestos, aumentar la edad de jubilación y reducir las pensiones. Como vamos a comprobar, ya se han adoptado todas ellas en los últimos años.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013 subió un cinco por ciento la base máxima de cotización, incrementando los costes laborales de las empresas, lo que a nuestro juicio no es adecuado por el elevado peso que ya suponen sobre la masa salarial, incidiendo negativamente en la creación de empleo, aparte de que incrementará el futuro gasto en pensiones (no obstante, se prevé la misma medida para 2014). En segundo término, los impuestos han aumentado desde 2010, especialmente el Impuesto sobre la renta, el Impuesto sobre sociedades, el IVA y los Impuestos especiales. También se ha incrementado la edad de jubilación, con la Ley 27/2011, que de forma gradual hasta 2027 aumenta en dos años la edad de retiro –hasta los 67 años-, el período para obtener la pensión máxima –de 35 a 37 años- y el período de cómputo para calcular la base de la pensión –de 15 a 25 años-. El cuarto elemento, la reducción del gasto en pensiones, es lo que se plantea con el Anteproyecto, si bien en cierto modo ya se ha producido con la Ley 27/2011, pues según señaló la OCDE en su informe Pensions at a Glance 2011, el cómputo de 25 años para calcular la pensión supondrá una disminución de las pensiones en torno a un 7,3 %.
Lo que hace el Anteproyecto es reducir el coste de actualización de las pensiones en situaciones de recesión económica, como la vigente, y crear un factor de sostenibilidad para el cálculo de la pensión inicial de jubilación atendiendo a la esperanza de vida en cada momento. El índice de revalorización se aplicará desde 2014 y tomará como referencia los ingresos y gastos del sistema de Seguridad Social, sin que pueda ser inferior al 0,25 por ciento ni superior a la variación porcentual del Índice de Precios al Consumo en el año anterior más un 0,25 por ciento, conforme al artículo 7 del Anteproyecto. El factor de sostenibilidad se retrasa a 2019, y según el artículo 4 del Anteproyecto se aplicará quinquenalmente, tomándose como parámetro para el quinquenio 2019 a 2023 el aumento de la esperanza de vida a los 67 años entre el año 2012 y 2017.
Es injusto que quienes contribuyeron al superávit vean ahora mermadas sus pensiones
La cuestión fundamental es: ¿Supondrá esta reforma una disminución de las pensiones? A partir de 2014 no, desde 2019 sí. En 2014 habrá un incremento nominal mínimo del 0,25%, si bien en términos reales se perderá poder adquisitivo frente al IPC que con toda probabilidad será mayor. En 2019, como previsiblemente aumentará la esperanza de vida sí se producirá una disminución nominal.
¿Es justo este sistema? ¿Podría haberse buscado otro mecanismo? Nos parece positivo establecer una fórmula objetiva transparente que dote de seguridad jurídica al ciudadano y permita que el sistema no quiebre. Pero la merma de las pensiones públicas y el aumento de impuestos suponen un empobrecimiento de la población, motivando la precariedad de nuestros jubilados, especialmente en las rentas medias y baja. Por ello, pensamos que deberían adoptarse otras medidas.
En 2019, como aumentará la esperanza de vida, sí se producirá una disminución nominal
Primero, hay que seguir por la vía de restringir los supuestos de jubilación anticipada –lo que se implementó con el Real Decreto-ley 5/2013- y, si se estima necesario, aumentar el período de cotización para tener la pensión máxima (en Francia se va a elevar de 41.5 a 43 años) sin incrementar la edad de jubilación.
Segundo, es necesario a largo plazo diseñar medidas que incrementen la natalidad, especialmente en España, eliminar en lo posible los horarios partidos con mucho tiempo de descanso, lo que aumentaría la productividad, y adecuar la formación de nuestros jóvenes al mercado laboral fomentando la formación profesional.
Tercero, se requiere que la Administración fomente la constitución de planes de pensiones privados, debidamente controlados, que complementen el sistema público, impulsando la creación de fondos de pensiones por las empresas reimplantando la deducción que en su momento existió en el Impuesto sobre sociedades y mejorando la tributación de los partícipes en el Impuesto sobre la renta.
Finalmente, si con estas medidas no fuera suficiente hay una última opción para la sostenibilidad del sistema de pensiones: transferir recursos tributarios disminuyendo el gasto público en partidas ineficientes, incidiendo en la reducción ya iniciada por el Gobierno del sector público administrativo, empresarial y fundacional, y racionalizando el gasto en obras públicas con criterios de eficiencia y economía (artículo 31.2 de la Constitución). Se puede argumentar que el fondo de reserva es el que debería cubrir el déficit, pero dicha previsión se estableció con la Ley general de estabilidad presupuestaria de 2001, hasta entonces el exceso se destinó a otras partidas. Es injusto que quienes contribuyeron al superávit de los años anteriores vean ahora mermadas sus pensiones por el déficit entre gastos e ingresos del sistema.
En definitiva, siempre queda la opción de reducción de otras partidas de gasto, fundamentalmente gastos estructurales en la Administración, antes que las pensiones públicas. La dignidad de la persona en todas las etapas de su vida lo merece. Y ello debe hacerse compatible con su sostenibilidad.
Juan Ignacio Gorospe es Profesor de Derecho Financiero y Tributario Universidad CEU San Pablo