Recetas contra el fraude fiscal
Según las estimaciones aceptadas, el fraude fiscal en España ronda el 20%. Como el fraude no se distribuye de forma uniforme entre contribuyentes y tipos de renta, incluso esta estimación cauta implica que en determinados grupos la ocultación supera el 50%. La magnitud del fraude se hace evidente cuando se constata que España, a pesar de tener tipos impositivos por encima de la media de la UE15, es casi el país que menos recauda. La cifra del 20% hace que España sea uno de los países fraude más alto, duplicando los niveles de Austria, Holanda, Francia y el Reino Unido. Reducirlo a la mitad aportaría impuestos de más de tres puntos del PIB. Con este dinero, España podría dar casi por concluido el proceso de ajuste presupuestario. Y si lo dedicara a pensiones, tres puntos anuales más (permanentes) de ingresos garantizarían la sostenibilidad presente y futura del sistema. Alternativamente, ese dinero permitiría reducir rápidamente la deuda acumulada estos años.
Desde la década de 1980, cada Gobierno, especialmente en tiempos de crisis, ha prometido una lucha eficaz contra el fraude fiscal. Este Gobierno no ha sido una excepción y, al aumentar los impuestos, para mitigar el enfado de quienes sí pagan, se ha comprometido a luchar contra el fraude e incluso ha aprobado un plan. Eso sí, el punto de partida ha sido una amnistía fiscal que ha permitido a más de 40.000 millones tributar al 3% y ahorrarse, además de sanciones e intereses de demora, no menos de 6.000 millones de impuestos. También se amnistió a las empresas que repatriaran beneficios desde paraísos fiscales, pero casi nadie se dio por enterado y solo volvieron 1000 millones (al 8%). Tras las amnistías, se han aprobado una serie de medidas contra el fraude que afectan a la prevención, a facilitar la inspección y a garantizar el cobro. Estas medidas, aunque, en algunos casos -la limitación de pagos en efectivo o la obligación de declarar cuentas en el extranjero-, puedan ser más efectistas que efectivas, eran necesarias. Sin embargo, son insuficientes para reducir el fraude de forma significativa. En particular avanzan poco o nada en dos elementos clave: aumentar la probabilidad de detección e incrementar las sanciones.
Para reducir el fraude hay que lograr que no sea rentable. Actuar sobre la detección y sanción.
Para reducir el fraude en España, lo primero que hay que señalar es que no solo defraudan los ricos, sino también las clases medias. Y en los impuestos indirectos, hasta las clases bajas. Evidentemente, la mayor parte se concentra en las grandes empresas, las pymes, las actividades económicas y las rentas elevadas. Por otro lado, hay que ser conscientes de que, para reducir el fraude, hay que lograr que no sea rentable. Esto es actuar sobre la probabilidad de detección y la sanción para reducir la ganancia esperada de defraudar.
La reducción efectiva del fraude empieza por una voluntad real de luchar contra él. No es aceptable la tolerancia que ha habido con los titulares de las cuentas descubiertas en Lietchenstein y Suiza. Esta voluntad debe materializarse en la creación de una Oficina de Lucha contra el Fraude, una especialización de jueces y fiscales y una policía fiscal. En segundo lugar, el Parlamento debe Controlar la Efectividad de la Agencia Tributaria. Ésta debería remitir anualmente un informe con indicadores medibles de su efectividad en la lucha contra el fraude, la eficacia de su gestión y la satisfacción de los contribuyentes. Debería evaluar la actuación -cantidad y calidad- individual de los inspectores.
Las empresas, al abrir su información a Hacienda, recibirán ayuda fiscal y reconocimiento jurídico
Es clave aumentar la probabilidad de detección dedicando más recursos a la inspección, la mejora de información y el análisis de datos. España dedica pocos recursos (en tanto por ciento del PIB) y personal (por habitante) a la recaudación. Menos de la mitad que Alemania. Hay que incrementar la plantilla y reordenar sus funciones para aumentar la inspección de calle. Para mejorar la información se debe, primero, establecer una unidad de Recopilación y Análisis de datos extra fiscales que cree una base de datos de signos externos para detectar discrepancias entre los niveles de vida y lo declarado. Segundo, ampliar los requisitos de información a contribuyentes, notarios, inmobiliarias, y bancos (incluso sobre créditos concedidos). Tercero, añadir en el IRPF un anexo de gastos extraordinarios (relativos a la base declarada) y poder solicitar a los contribuyentes datos extra fiscales. Para mejorar el análisis de datos, hay que organizar la información fiscal agrupando y, si fuera necesario, analizando simultáneamente las declaraciones de personas relacionadas por lazos familiares o comerciales. Finalmente, es importante integrar las actuaciones contra el fraude con las de Prevención del Blanqueo e Infracciones Monetarias.
El cuarto tipo de medidas conllevaría aumentar las sanciones pecuniarias y no pecuniarias. Las primeras deben elevarse sustancialmente y ampliarse a casos de elusión. Debe eliminarse la excusa absolutoria -permite evitar condenas y reducir sanciones pagando lo defraudado incluso tras ser imputado-. Las segundas deben incluir publicidad en algunos casos, la creación de un registro de contribuyentes defraudadores, la inspección automática de los ejercicios no prescritos de todos los impuestos y la prohibición de contratación con la Administración. Se debe tipificar como infracción comprar sin IVA.
Deben ofrecerse a las grandes empresas contratos de colaboración con la Agencia Tributaria. A cambio de abrir su información recibirían ayuda fiscal y un reconocimiento público. Las empresas no colaboradoras serían inspeccionadas al menos cada cuatro años. Los informes de auditoría deberían incluir un apartado de incidencias fiscales. Las compañías deberán comunicar a Hacienda las operaciones fiscales dudosas. En actividades económicas y pymes se debe reformar la normativa para evitar que se usen empresas para evitar el pago del IRPF (limitando deducciones de vehículos, inmuebles, gastos de representación, etc.), reforzar los análisis estadísticos, los contrastes indirectos y las inspecciones selectivas. Se debe seguir reduciendo el sistema de módulos. En el caso de rentas altas, los titulares de participaciones en sociedades de valores (SICAV y otras) deben tributar anualmente por los incrementos de valor producidos. Las rentas plurianuales deben tributar al tipo marginal medio y se debe eliminar la dualidad. Se deben analizar los signos externos y aumentar la tasa de inspección.
Hay que ampliar el concepto de paraísos fiscales, creando el de países de riesgo fiscal y gravar al 45% todas las transacciones con regiones de riesgo salvo que se documente que son para fines productivos. Las instituciones financieras o asesores fiscales que aporten información o medios para evadir impuestos o cometer infracciones tributarias serán responsables solidarios. Se debe regular la asesoría fiscal.
Ignacio Zubiri/ Lourdes Serna/ Mercedes Vallejo son miembros del Departamento de Hacienda, UPV/EHU