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Rechazar hasta tres ofertas de empleo conlleva la suspensión de la ayuda

El 3% de las bajas de prestaciones por desempleo son por sanciones o fraude

La retirada de prestaciones por desempleo debido a sanciones por fraude o rechazo de ofertas de empleo o formación representa solo el 3% de todas las bajas de estas ayudas que se gestionan al año. Y en la mayoría de los casos el motivo de la retirada fue haber detectado el cobro fraudulento de esta ayuda.

Fachada del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en Madrid.
Fachada del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en Madrid.PABLO MONGE

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social no dispone todavía de los datos de prestaciones por desempleo que fueron retiradas en 2011 por rechazar ofertas de empleo o formación o por haber detectado fraudes en su cobro, ya que son las comunidades autónomas quienes llevan este control y aún no han trasladado estas cifras al Servicio Público de Empleo Estatal, según fuentes de este departamento. Pero sí disponen de un dato de 2010: de los más de 10 millones de bajas que gestionaron ese año (muchos parados suelen acumular varias altas y bajas en un mismo ejercicio por la elevada rotación del mercado laboral) solo el 3% (305.211) obedecieron a "bajas cautelares o sanciones".

Además, de este porcentaje la mayoría corresponde a casos donde se ha detectado fraude y no tanto a sanciones por rechazos reiterados de ofertas de empleo o formación.

Pero ¿qué hay que hacer en España para que la autoridad laboral decida que retira para siempre la prestación por desempleo de un parado? Estas son las causas tipificadas por la ley para la extinción definitiva de una prestación por desempleo:

1.Si se agota el periodo al que se tiene derecho para cobrar la prestación.

2.Por fallecimiento del beneficiario; o que este pase a ser perceptor de una pensión por jubilación o incapacidad permanente (en este último caso se puede optar entre una de las dos).

3.Si el beneficiario realiza un trabajo por cuenta ajena durante doce o más meses; o la realización de un trabajo por cuenta propia durante 24 o más meses.

4.Cuando el perceptor de la prestación cumple la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tenga derecho a esta pensión.

5.Cuando se impone una sanción por cometer una falta muy grave, consistente en: obtener fraudulentamente prestaciones indebidas o de cuantía superior a las que le corresponden; se detecta connivencia con el empresario para el cobro de la ayuda; o se compatibiliza el percibo de la prestación con trabajo por cuenta propia o ajena, salvo en el caso de trabajo a tiempo parcial.

6.En el caso de sancionar al beneficiario por reincidir por tercera vez en el rechazo de una oferta de "empleo adecuado" o la negativa a participar en programas de formación o colaboración social (todas faltas graves). La reincidencia se calcula si se ha cometido la infracción anterior durante los doce meses previos.

7.Cuando se sanciona al perceptor por cometer cuatro veces una infracción leve (no comparecer ante las oficinas de empleo o agencias colaboradoras cuando se requiera; no renovar la demanda de empleo en tiempo y forma, salvo causa justificada; no presentar en plazo, salvo causa justificada, el justificante de haber comparecido para cubrir las ofertas de empleo facilitados; o no cumplir las exigencias de búsqueda activa de empleo del compromiso de actividad).

8.Por no comunicar la baja cuando se suspende o extingue el derecho, o se dejan de reunir los requisitos.

Pero además de las retiradas definitivas, existen otras causas por las que los responsables de los Servicios Públicos de Empleo pueden decidir una suspensión solo temporal de la prestación, entre las que destacan el traslado al extranjero, la realización de un trabajo por cuenta ajena de duración inferior a doce meses o por cuenta propia de menos de 24 meses; o ser sancionado por cometer al menos una vez cualquiera de las acciones señaladas arriba como infracciones leves o graves.

La suspensión temporal por sanción, además de la interrupción del cobro de la prestación por el periodo que decida la autoridad laboral, supondrá la reducción de la duración de la prestación reconocida entre uno y seis meses.

Sin negociación y consenso habrá confrontación

El Gobierno se ha ofrecido a negociar alguna modificación en la reforma laboral vigente, aunque también ha dejado claro que "no habrá cambios sustanciales". A pesar de ello, los secretarios generales de CC OO, Ignacio Fernández Toxo, y de UGT, Cándido Méndez, enviaron el lunes por la tarde una carta al líder del Ejecutivo, en la que le exigen que abra un proceso negociador para modificar la reforma laboral vigente.En la misiva empiezan reprochando al Gobierno que la reforma del mercado de trabajo "ha sido aprobada sin proceso de negociación previo con los agentes sociales"; que "incluye medidas especialmente lesivas para los trabajadores y personas en desempleo"; y que entra en contradicción directa con el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012-2014 firmado con la patronal.Por estos motivos proponen al Gobierno "la apertura de un proceso de negociación que permita modificar durante el trámite parlamentario aspectos del real decreto esenciales para los intereses de las personas que trabajan y que quieren hacerlo". Así, hicieron hincapié en su defensa tanto de los que tienen un empleo como de los parados, tras las críticas del PP sobre su interés exclusivo por los ocupados.Dicho esto sugieren que de no llegarse a un consenso, se verán "abocados a la confrontación".La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, inició ayer con el portavoz de CiU, Josep Antoni Duran i Lleida la ronda de contactos con los grupos parlamentarios para modificar la reforma laboral. El sindicato de funcionarios CSI-F también intentará introducir cambios para evitar "el desmantelamiento del sector público".

Lo dicho

Debate sobre el seguro de paro-CEOE: el dirigente patronal, José Luis Feito, insistió ayer en la necesidad de reformar estas prestaciones porque "probablemente el 80% de los casos rechaza una oferta de empleo tan solo porque implica un traslado de barrio".-Gobierno: la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, aseguró ayer que el Ejecutivo "cumplirá la ley" y retirará la prestación a los parados que rechacen tres ofertas de empleo adecuadas a su perfil.-CiU: también criticó la demanda de CEOE porque "no sería justo" modificar algo que no gusta a la patronal, de toda una reforma equilibrada.

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