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La reestructuración de la banca
Tribuna
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D-17: comienza la cuenta atrás

En la jornada de ayer el Banco de España formó sus conclusiones acerca de qué entidades de crédito cumplen con los requisitos de capital principal que el Real Decreto-Ley para el reforzamiento del sistema financiero impone, adelantando las exigencias de Basilea III y afectando, fundamentalmente, aunque no solo, a las cajas de ahorros.

Aunque el mercado anticipaba ya muchos de estos resultados, las incertidumbres se han disipado para dar paso a datos exactos sobre cada entidad. Pues bien, todas las entidades que no han alcanzado el nivel de capital principal exigido (el 8% o el 10%, según corresponda) tienen de plazo hasta el próximo día 28 de marzo para presentar ante el Banco de España la estrategia y el calendario de cumplimiento correspondiente.

Es decir, que cuentan con apenas dieciséis días para terminar de tomar decisiones, correspondiendo luego al supervisor aprobar el plan propuesto o exigir las modificaciones que considere oportunas. Con toda la simplificación que un artículo de esta naturaleza necesariamente implica, puede adelantarse que las entidades previsiblemente propondrán estrategias de cumplimiento diseñadas sobre tres pilares distintos y que no resultan incompatibles: la emisión de instrumentos financieros que suscribiría el capital privado, la venta de activos o la posibilidad de acudir al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).

La primera estrategia, quizás una de las más atractivas por el apoyo decidido que está recibiendo de las instituciones públicas, que han multiplicado las visitas a Reino Unido, Estados Unidos o Emiratos Árabes Unidos, obligaría a las entidades españolas a emitir acciones (que computan a efectos de incrementar el ratio de capital principal y pueden servir para reducir la necesidad de éste del 10% al 8%); cuotas participativas con derecho a voto (que servirían para alcanzar los mismos objetivos que las acciones, pero, cuyo uso creemos será residual, dados los procesos de consolidación de las cajas y la constitución por éstas de nuevos bancos); o instrumentos híbridos (que computan como capital principal siempre y cuando cumplan con los requisitos impuestos por la norma española, interpretada conforme a los criterios internacionales aplicables, pero que no permitirán reducir el nivel de exigencias de capital principal como en los dos casos anteriores).

Al interés inicial de los potenciales inversores ha seguido en muchos casos un compás de espera, explicable, entre otras razones, por la posibilidad de que las entidades de crédito acudan al FROB y las dudas sobre cómo va a valorarlas éste en su caso. Pero esta espera, sin embargo, necesariamente tendrá fin.

Habrá entidades para quienes la posibilidad de acudir al FROB no sea la alternativa preferida, porque, entre otras cosas, conlleva la incorporación del FROB al órgano de administración, el necesario traspaso a un banco de la actividad financiera de las cajas afectadas y potenciales limitaciones al reparto de dividendos y/o intereses.

Y aún para las entidades que acudan al FROB, éste no será un accionista permanente, sino que desinvertirá en un plazo máximo de cinco años y previsiblemente bastante antes, por lo que se presentarán nuevas oportunidades para los inversores.

En cualquier caso, las entidades habrán tenido que ejecutar la estrategia de cumplimiento de los nuevos requisitos de capital antes del 30 de septiembre de este año, existiendo ciertos casos muy tasados en los que dicho plazo podría dilatarse: hasta el 30 de diciembre de 2011 cuando la estrategia de cumplimiento obligue a operaciones o trámites que pudieran exigir un mayor plazo o incluso hasta el primer trimestre de 2012 en los supuestos de salida a Bolsa.

Así que, como diría Robert Allen Zimmerman, "de nada sirve sentarse y preguntarse el porqué", la cuenta atrás ha comenzado y hay que pasar a la acción.

Fernando Álvarez-Ude. Socio del área de Regulación Financiera de Baker & McKenzie

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