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Columna
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Los toros y los tributos

Nunca he sido un gran aficionado a los toros. Tendría cuatro años cuando mi abuelo Ricardo, amante de la fiesta, me llevó al antiguo coso de los Tejares en Córdoba. Actualmente acudo, de tarde en tarde, en compañía de la familia de Manuel Benítez "El Cordobés" y tengo que reconocer que disfruto del espectáculo, ya que no es lo mismo ser un mero espectador que vibrar con los comentarios de quiénes todo lo conocen en ese mundo.

Al margen de esta referencia autobiográfica, fruto del tiempo estival, la prohibición de las corridas de toros por el Parlamento Catalán me ha llevado a reflexionar sobre cómo en España se plantean las reformas tributarias. Voces más autorizadas que la del que escribe no dudan en calificar de inconstitucional el acuerdo catalán por incumplimiento del art. 149.128 de la Constitución que fija, entre las competencias exclusivas del Estado, "la defensa del patrimonio cultural". Pero los números 13 y 14 del mismo precepto fijan, también como competencias exclusivas, las "bases y coordinación de la actividad económica" y la "Hacienda general". La cuestión que cabe plantearse es: ¿Está aplicando el Estado ambos mandatos constitucionales?

En mi opinión la respuesta es negativa. Pasados los momentos de incertidumbre ante una crisis sin precedentes y donde las medidas se fueron tomando en función de los acontecimientos, es preciso reflexionar sobre el conjunto del sistema tributario español y, de común acuerdo con el resto de Administraciones territoriales, plantear reformas que permitan a nuestra economía superar la actual situación. Sólo esto último puede dar confianza a nuestro sistema productivo, los ciudadanos y los mercados internacionales.

Pero parece que no vamos en esta dirección. Así las Comunidades Autónomas se han lanzado a aprobar medidas sin tener en cuenta el consenso al que aludía. Un par de ejemplos. En primer lugar, el impuesto sobre depósitos en las entidades de crédito de Andalucía, que plantea una serie de interrogantes desde una perspectiva estrictamente jurídica. A estos efectos y desde el reparto competencial de la potestad tributaria, he de recordar que un tributo extremeño similar fue objeto de un recurso de inconstitucionalidad. El argumento empleado fue su posible colisión con el IAE, en el ámbito local -art. 6.3 de la Lofca-, y con el IVA, en el estatal (art. 6.2 de la Lofca).

En la medida en que el impuesto permite deducir los créditos e inversiones vinculados a proyectos desarrollados en Andalucía, puede suponer una vulneración del principio de territorialidad formulado por el art. 157.2 de la Constitución, al constituir un obstáculo a la libre circulación de servicios. Lo mismo cabe predicar desde la perspectiva del Derecho Comunitario. Incluso, podría apreciarse la existencia de una ayuda de Estado prohibida, por riesgo de falseamiento de la competencia.

En segundo lugar, la subida de la tarifa autonómica del IRPF, aprobada por algunas Comunidades, y que obligará al Gobierno a hacer lo propio en la Ley de Presupuestos para 2011, al objeto de cumplir las palabras de su Presidente de gravar "a los que realmente tienen y no a la clase media". Esto no deja sólo de ser una simple medida cosmética. Todo ajuste sobre los ingresos debe partir de otros tributos, ya sea con la creación de nuevas figuras, como han propuesto algunos de nuestros socios europeos o elevando los existentes. Es el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones - estableciendo un mínimo de tributación en todo el territorio español- o de los Impuestos Especiales, donde aún tenemos recorrido si nos comparamos con otros países de la UE.

Ahora bien, es preciso valorar el sistema tributario español como un todo, prever unas líneas uniformes de reforma y que las distintas Administraciones implicadas las apliquen, si lo desean, en sus respectivos territorios. Para ello está el Consejo de Política Fiscal y Financiera. Si no hay consenso, el Gobierno tendrá que hacer efectivo los mandatos de los artículos 149.1.13 y 14 de la Constitución.

Si no vamos por este camino pasará como con los toros. Lo malo es que nos jugamos mucho más: la confianza en nosotros mismos y la de los mercados internacionales. El Estado debe asumir sus competencias, descartando ese temor atávico por no invadir las de las autonomías. No propongo una nueva Loapa, sólo aplicar las previsiones constitucionales.

Javier Martín Fernández. Socio Director de F&J Martín Abogados y Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense

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