_
_
_
_
Tras la cumbre del G-20
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Tributo a la banca, ¿una contribución justa?

La cumbre del G-20 de Pittsburgh, en septiembre de 2009, encargó al FMI la elaboración de un informe sobre las medidas tributarias a fin de que el sector financiero contribuya de manera justa y sustancial a compensar los costes que han tenido las intervenciones realizadas por diversos Gobiernos para evitar la quiebra del sistema financiero. En un informe preliminar divulgado de forma reservada en abril, el FMI patrocina dos formas de contribución del sector financiero de cara a compensar los costes del rescate, y a evitar que se produzcan situaciones similares en el futuro:

l La Contribución de Estabilidad Financiera -Financial Stability Contribution (FSC)-. Se trataría de un impuesto anticipado para compensar los costes fiscales de cualquier apoyo del Estado al sector financiero que fuera necesario realizar en el futuro. El FSC se pagaría con tipos fijos en un inicio, pero más adelante se ponderaría en función del riesgo de las instituciones.

l Un Impuesto sobre Actividades Financieras -Financial Activities Tax (FAT)-, calculado sobre la base de la suma de los beneficios y remuneraciones del sector financiero, que constituye su valor añadido. Una posibilidad sería gravar por este tributo únicamente los beneficios y remuneraciones que superen el nivel considerado normal.

El informe provisional del FMI también señala que han estudiado establecer un Impuesto General sobre las Transacciones Financieras -Financial Transactions Tax (FTT)-, pero se descarta a priori ya que no se centra en las fuentes de la inestabilidad financiera, es fácilmente eludible mediante estructuras agresivas, y se trasladaría en gran medida a los clientes.

En la última reunión del Consejo Europeo se acordó discutir el impuesto bancario y explorar una tasa sobre las transacciones financieras en la cumbre del G-20; pero en los últimos días, y sin esperar a las conclusiones que pudiera adoptar el G-20 en dicho sentido, se ha anunciado por distintos países (Reino Unido, Alemania,…) la decisión de implantar diversas modalidades de impuestos sobre las entidades de crédito. También existen declaraciones de responsables de la Administración española en el mismo sentido.

Desde un punto de vista estrictamente técnico hay que precisar que en España, a diferencia de otros países, no han existido hasta el momento aportaciones de fondos públicos en forma de capital al sector financiero, puesto que las intervenciones realizadas por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) no pueden considerarse públicas -los FGD se nutren de las aportaciones privadas de las entidades de crédito-, y las ayudas que algunas entidades han solicitado al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) habrán de ser devueltas junto con altos intereses de entre el 7,75% y el 10,35% anuales. Es decir, en nuestro país no está justificada técnicamente la creación de un tributo mediante el cual el sector financiero contribuya de manera justa y sustancial a compensar los costes de las intervenciones realizadas hasta el momento, dado que tales costes no han existido.

Por otra parte, si tenemos en cuenta la existencia en España de un sistema de FGD ex ante considerado como el más sólido de nuestro entorno (su patrimonio representaba en 2008 casi el 40% del patrimonio total de los FGD de toda la UE), cuyas aportaciones son sufragadas totalmente por las entidades privadas, carecería asimismo de sentido establecer la Contribución de Estabilidad Financiera que patrocina el FMI.

Por ello, cualquier tentación de instaurar en nuestro país, para seguir la corriente general de los países de nuestro entorno, una Contribución de Estabilidad Financiera, debería tener en cuenta la existencia en la actualidad de aportaciones cuantiosas de las entidades a los FGD, aportaciones que deberían considerarse como franquicia, o lo que es lo mismo en términos de técnica tributaria, como deducciones en la cuota del nuevo tributo que pudiera establecerse. De lo contrario, llegaríamos a una situación absurda, a la par que muy perjudicial para los intereses de la economía española: para contribuir a compensar unos costes públicos que en España no se han producido, se originaría una importante distorsión de la competencia en contra de las entidades de crédito españolas, que además de contribuir en mayor medida que en ningún otro país a los FGD privados, habrían de soportar contribuciones públicas similares a los de otros países que mantienen mecanismos de garantía mucho menos exigentes.

En cualquier caso, no debe olvidarse que cualquier tributo que se imponga, bajo una u otra modalidad, sobre las entidades de crédito, será inevitablemente repercutido vía costes sobre los consumidores de servicios financieros, con el consecuente encarecimiento de la financiación, precisamente en momentos como los actuales en que se demanda de las entidades mayores facilidades para financiar a las empresas y los consumidores.

Creemos firmemente que, tal como concluyeron en su reunión de abril los ministros del Ecofin, las reformas del sistema financiero para impedir situaciones de riesgo sistémico deben abordarse en su conjunto, y no aisladamente con medidas tributarias. En la actualidad se están debatiendo un gran número de ideas innovadoras para reforzar el capital y la liquidez que ya son suficientemente complicadas como para añadirles, de forma anticipada, el efecto de la carga tributaria sin haber cuantificado previamente su efecto.

Por ello, y como en los últimos días ha declarado públicamente el propio gobernador del Banco de España, entendemos que la imposición en España de nuevos tributos sobre las entidades de crédito, lejos de resolver los problemas que aquejan a nuestro sistema financiero, supondría un freno en el camino que ya hemos emprendido para resolverlos.

Antonio López Poza. Director de Asesoramiento Fiscal de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA)

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_