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Tribuna
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Seguridad laboral ineficaz

Tras meses empantanados en discusiones estériles, es una buena noticia el anuncio de la reforma laboral en la que el Gobierno apuesta por impulsar las agencias privadas de colocación, revisar las subvenciones a la contratación, reducir horarios para ajustar costes laborales, y combatir el desempleo juvenil. La parte más polémica, sin embargo, se centra en las condiciones de contratación y despido, y, en particular, en la indemnización por despido. El Ejecutivo quiere reducir la dualidad entre el empleo fijo y con elevadas indemnizaciones, y el temporal, con medidas que estimulen la contratación y aligeren la indemnización sin recortar derechos. Sobre este asunto existen dos posiciones, por una parte, algunos catedráticos de economía y derecho del trabajo, refractarios al cambio (Grupo de los 400); por otra, funcionarios del Banco de España, FMI, y algunos catedráticos de economía, que proponen un contrato único indefinido con indemnización por despido creciente con la antigüedad (Grupo de los 100).

La reforma, sin embargo, no se encuentra en un punto intermedio entre ambas, sino que adopta un enfoque diferente. En el ámbito de la contratación y del despido amplía el contrato de fomento de carácter indefinido a la cohorte de 30-45 años, cuya indemnización se reduce de 45 a 33 días por año trabajado; y, extiende a todas las empresas la posibilidad de que el Estado financie el 40% de la indemnización. Además, propone el sistema austriaco de indemnización, donde los empresarios contribuyen con un 1,5377% de la nómina a una cuenta individual de cuya suma, en caso de despido, cualquier trabajador con al menos tres años de antigüedad puede disponer como indemnización, o mantener esos derechos y seguir acumulándolos en su nuevo puesto de trabajo para una futura pensión. Esta propuesta, aunque llega tarde y es poco ambiciosa, constituye un paso en la buena dirección y puede mejorar la eficiencia del mercado laboral sin perjudicar la seguridad del empleo.

La función básica de la indemnización por despido consiste en proteger a los trabajadores contra el riesgo (¡que no es asegurable!) de perder su empleo. Pese a las buenas intenciones, las normas e instituciones que buscan asegurar el bienestar y proteger los intereses de los trabajadores producen efectos perversos. Por eso, tanto la Comisión Europea como la OCDE, reconocen que el concepto de seguridad en el empleo desborda la estabilidad en el puesto de trabajo, e incluyen otros aspectos como la posibilidad de encontrar otro trabajo rápidamente tras un despido, o la seguridad en el ingreso para los que participan en el mercado de trabajo.

Algunos estudios (Origo y Pagani, 2009) demuestran que la seguridad laboral no queda satisfecha con la indemnización por despido, ni tampoco que a mayor montante corresponda mayor seguridad. A pesar de la indemnización, cuando una empresa cierra, no puede afirmarse que exista seguridad en encontrar un nuevo trabajo. Además, la ilusión de seguridad que proporciona la expectativa de indemnización, desincentiva al trabajador para formarse profesionalmente a lo largo de su vida, lo condena a perder sus habilidades profesionales, reduciendo así sus posibilidades de encontrar otro trabajo, para acabar como parado de larga duración. Por ello, una elevada indemnización por despido proporciona una seguridad dudosa e ineficiente. Por el contrario, como la formación mejora la empleabilidad del trabajador y aumenta sus posibilidades de encontrar trabajo, el trabajador estará más seguro de mantener su empleo o de encontrar uno nuevo si puede seguir reforzando sus habilidades mediante la formación profesional.

Nosotros hemos lanzado una propuesta que consiste en reducir la indemnización por despido y la prestación por desempleo actuales compensándolas con un aumento de la formación profesional (Royuela y Sanchis, 2010, http://www.ub.edu/irea/working_papers/2010/201006.pdf). En la medida en que empresas y administración ahorrasen con dicha reducción, se dispondría de financiación para un Fondo de Formación Profesional de carácter personal y transportable a cualquier empresa. A diferencia de la propuesta del Gobierno, la nuestra da un carácter finalista a la utilización del fondo por parte del trabajador que debe utilizarlo en formación profesional, entendida tanto por la empresa como por el trabajador como inversión en capital humano, es un elemento clave de la seguridad en el empleo. Este compromiso mutuo contribuiría a fidelizar a trabajadores y empresas y, quizás, también ayudaría a combatir la economía sumergida y el trabajo irregular.

De todos modos, si el trabajador es despedido, siempre estará en mejores condiciones con una sólida formación profesional o pudiendo hacer uso de su Fondo de Formación Profesional de carácter personal y transportable a cualquier empresa europea. Además, en situaciones de crisis como la actual, ello les permitiría realizar cursos de formación de amplio espectro, de seis a 12 meses o, incluso, hasta dos años, convirtiendo épocas de crisis prolongadas en periodos de oportunidades e inversión, financiados con el ahorro generado en momentos de bonanza.

Dada la gravedad de la situación económica, creemos que el Gobierno debería ser más ambicioso en su propuesta y apostar seriamente por la eficiencia del mercado de trabajo -despidos más baratos y fin de la dualidad- sin renunciar, por ello, a la seguridad en el empleo, mediante una formación profesional de calidad que refuerce la empleabilidad del trabajador.

Manuel Sanchis. Profesor de la Univer-sidad de Valencia

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