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A fondo

Ley sostenible 'fashion' y sector energético

Se actualizarán los seguros de responsabilidad civil de las nucleares.

El diccionario de la Real Academia define así el adjetivo sostenible: "Dicho de un proceso que puede mantenerse por sí mismo, como lo hace, por ejemplo, un desarrollo económico sin ayuda exterior ni merma de los recursos existentes". Nada más lejos, por tanto, de la retahíla de medidas, la mayoría sin concretar, aprobadas el pasado viernes por el Gobierno.

¿Qué tienen de sostenible, según la anterior definición, la mejora de la supervisión del sector financiero, incluida la transparencia sobre la retribución de ejecutivos y consejeros, o la reducción de la morosidad? ¿Y la simplificación de los trámites administrativos para la creación de empresas o la internacionalización de las mismas son, acaso, sostenibles?

Se desconoce el efecto que sobre la economía pueda tener el anteproyecto de ley que, a bombo y platillo, acaba de aprobar el Gobierno. Sí parece claro que va a contribuir a que el malhadado término pierda el sentido que, aunque de forma vaga, muchos entendían. Una economía sostenible era, hasta ahora, la que permitía generar los mismos recursos que gastaba. O, más concretamente, mantener intactos los recursos naturales. Un claro ejemplo es el de las energías renovables que utilizan la energía solar o del viento para producir electricidad, y las políticas de reciclaje.

Sin embargo, a partir de ahora, sostenible puede ser sinónimo de cualquier cosa que se presuponga buena, nueva, fashion o ligada a la industria y el aprovechamiento mercantil de la lucha contra el cambio climático.

El Gobierno también ha definido extraoficialmente esta ley como el paso de un modelo productivo basado en la economía del ladrillo a otro protagonizado por las nuevas tecnologías. Pero tampoco parece que el contenido de esta norma conduzca exactamente a ese destino.

Con estas premisas, podría concluirse que sólo las medidas relacionadas con el sector energético van encaminadas a lograr avances hacia una economía sostenible. Pero, salvo las relacionadas con la eficiencia energética, que ya estaban en marcha (como lograr el 20% del consumo de energía primaria en 2020 sea de origen renovable), tampoco es así. Y es que las decisiones más destacadas en este sector se circunscriben a dos cuestiones puramente políticas: la reforma de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) y la fijación por ley de la vida útil de las centrales nucleares en 40 años, prorrogables.

En el primer caso, se trata de una medida que el Gobierno podía haber incluido en alguno de los reales decretos ley ya aprobados, a la vista de que, tanto en la CNE, como en la CMT, prácticamente la mitad de los consejeros acabaron su mandato (en estos momentos de cinco años) en 2008. Ello ha generado una gran incertidumbre y ha afectado al funcionamiento de estos reguladores.

Finalmente, el Gobierno ha decidido reducir el número de consejeros en ambos de nueve a cinco, al entender que con consejos reducidos es más fácil tomar decisiones por unanimidad. La renovación total de los consejos, ya que a sus miembros no se les puede destituir antes, se producirá de forma progresiva hasta 2013. Además, en el caso de la CNE, se elimina la vía del recurso de alzada ante el Ministerio de Industria para sus dictámenes. Una discriminación que sufre en relación con sus homólogos.

Queda por ver qué significa "la coordinación de los distintos organismos con la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), tal y como figura en la nota del Gobierno. Lo que sí parece es que ni su presidente, Luis Berenguer, ni el Ministerio de Economía han conseguido su pretensión de controlar directamente la CNE y la CMT, dos reguladores sectoriales con funciones más allá de cuestiones de competencia. La coordinación, además, ya existe, especialmente en el caso del energético, que, sin potestad sancionadora, remite los expedientes de sus investigaciones sobre colusiones en los mercados a la CNC.

La segunda gran cuestión energética (ni sostenible ni insostenible respecto a la situación actual) es la decisión de fijar por ley la vida útil de las centrales nucleares en 40 años. Con ello, sólo se pondrá fin a la discusión de si este plazo, el que rige en la actualidad, se refiere a la vida de diseño de las plantas (la única que figura por escrito y se refiere a las especificaciones del fabricante) o a la vida útil, que determina el Gobierno. Un debate que sólo se ha planteado en el caso del cierre de la central nuclear de Garoña, pero no en el de Zorita.

El cambio no será sustancial, pues se mantiene la posibilidad de que, si cumplen determinadas condiciones de seguridad y medioambientales (las que se exigen en la actualidad y alguna más), el Gobierno podría prorrogar su funcionamiento. A falta de conocerse los detalles de la norma (una novedad sería que la prórroga quedara en manos del Consejo de Seguridad Nuclear), la decisión supone llevar a una ley una situación de hecho.

Un asunto importante, en este sentido, es el de la futura ley que actualizará el régimen de responsabilidad civil nuclear, a la que obliga la Unión Europea. A la vista de que las aseguradoras sólo cubren ahora una parte mínima de estas responsabilidades, la norma actualizará las cantidades que se deben pagar y cómo, algo que deberá ser uniforme para todas las plantas de Europa.

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