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Fiscalidad

Siete comunidades reducen un 60% los ingresos por el impuesto de sucesiones

Siete comunidades autónomas (Baleares, Cantabria, Madrid, Castilla y León, Valenciana y La Rioja y Murcia) han reducido en más de un 60% la recaudación por el impuesto de sucesiones y donaciones desde que aplicasen su reforma autonómica en materia tributaria.

Estas comunidades, excepto Murcia, coinciden en que han desarrollado reformas ambiciosas de este impuesto, con una tributación de aproximadamente el 1% de lo que corresponde según la normativa estatal, de acuerdo con un informe del último número de Cuadernos de Información Económica, elaborado por la Fundación de las Cajas de Ahorro (Funcas) que excluye a los territorios forales.

Baleares encabeza la lista de menores ingresos con un 62,4% menos, seguida de Cantabria, con un descenso del 62,2%; Madrid (-62,1%), Castilla y León (-62%) y La Rioja (-61,6%), lo que ha supuesto a todas ingresar, en cada caso, 2,2 millones de euros menos a sus arcas autonómicas por el impuesto de sucesiones.

Murcia pertenece, como Asturias, Castilla-La Mancha, Aragón y Andalucía, al grupo de comunidades que han introducido reformas más intermedias (sólo para cantidades no muy elevadas o dependiendo del patrimonio de los preceptores), lo que ha supuesto un 62,1% menos de recaudación del impuesto de sucesiones desde que aprobó la reforma.

Es en este segundo grupo se aprecian resultados más dispares en la recaudación, ya que el porcentaje de pérdida de Aragón se sitúa en el 41%, mientras que en Andalucía y Asturias apenas supera el 20% y en Castilla-La Mancha no alcanza el 4,5%.

La causa que explica esta diversidad, según el informe, es el límite de los 125.000 euros, que en Aragón operan como un mínimo exento de tributación para la reducción de la base estatal, mientras que en las otras, si se supera esa cifra, no funciona el sistema de bonificaciones del 100%.

En último lugar se encuentra un grupo de comunidades (Galicia, Extremadura, Canarias o Cataluña) en el que apenas ha variado la recaudación, bien porque han limitado la reforma a los descendientes menores de 21 años o bien porque han redondeado las reducciones según la normativa estatal o por ambas cosas.

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