Las aseguradoras ya pueden invertir en activos alternativos
El nuevo reglamento del seguro, que hoy entra en vigor, habilita a las compañías para que inviertan sus provisiones en activos alternativos. Esta medida hace más flexible la gestión de las aseguradoras, que podrán así ofrecer a los clientes productos más competitivos.
El abanico de inversiones al que puede acudir la industria del seguro se despliega. Desde hoy, las compañías tienen mayor libertad para destinar sus fondos a los activos alternativos: participaciones en sociedades de capital riesgo, fondos de inversión libre (hedge funds), fondos de inversión cotizados o derivados de crédito.
Hasta ahora, las aseguradoras podían invertir en estos productos tan sólo con sus fondos propios pero la situación cambia con la nueva regulación. El reglamento permite a las compañías destinar a este tipo de productos también las provisiones técnicas. Esta partida, una de las más importantes del balance, se crea en función de las pólizas que va comercializando la compañía.
La nueva gama de activos disponibles para el sector del seguro también alcanza a los fondos de inversión no armonizados y a las titulaciones hipotecarias.
El nuevo reglamento, que ha sido aprobado con una amplio consenso entre el sector y el Gobierno, permitirá ampliar la cartera de activos de las entidades y mejorará su rentabilidad.
'La norma, que es una de las más punteras de toda Europa, flexibiliza enormemente las oportunidades de gestión de las compañías', explica Ricardo Lozano, responsable de la Dirección General de Seguros (DGS). Para Lozano, esta circunstancia hará que las aseguradoras tengan modelos de inversión más eficientes 'que incrementarán la competencia y beneficiarán a los clientes'.
Además de abrir la puerta a los activos alternativos, el nuevo reglamento del seguro privado introduce importantes novedades en la cobertura de los seguros de vida. El Real Decreto, aprobada el viernes por el Consejo de Ministros, varía el método para calcular la provisión que deben mantener las compañías para respaldar esta variedad de primas.
Como alternativa al tipo de interés general, el reglamento permite ahora el cálculo de la provisión al tipo de interés vigente en la fecha de efecto de la póliza, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Además, permite a las aseguradoras determinar el valor presente de sus obligaciones derivadas de los contratos de seguros, adaptándolos a los tipos de interés del mercado en cada momento.
Transparencia
Otros de los avances más importantes del nuevo reglamento son los referidos al ámbito de la transparencia. La norma permitirá a las compañías adelantarse a las exigencias de Solvencia II, especialmente en control interno y gestión de riesgos.
En particular, s e concreta la responsabilidad del consejo de administración de la entidad de presentar documentación estadística y contable sobre inversiones. Además, aumentan las obligaciones de los directivos en los procedimientos de control interno y supervisión de la política de inversiones.
El nuevo marco normativo del sector tiene su origen en la tercera directiva de seguros. æpermil;sta, pese a haber sido aprobada en 1995, apenas se ha trasladado a la legislación de los Estados miembros.
Las pequeñas aseguradoras serán las que más se vean afectadas por el nuevo reglamento. Hasta ahora, las entidades con menor tamaño tenían una dispensa para la obligación de pasar una auditoría externa. Esta excepción ha desaparecido con la norma recién aprobada, lo que puede afectar a cerca de 80 compañías, una cuarta parte de las que supervisa la DGS.