_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Se confirma que hay esperanza para la I+D

La generosidad de la partida presupuestaria para I+D, una dotación de 6.700 millones de euros, es una excelente noticia en vista del baile de contradicciones que las empresas españolas han podido leer en prensa el año pasado. En algunos casos parecía que las ayudas a I+D+i se eliminaban, en otros (como ha resultado ser el caso), que se potenciaban.

Queda patente la sensibilización del Gobierno con la importancia de la I+D en España que, mediante un incremento del 29,7% respecto a 2005 de la partida de los Presupuestos dedicada a estas actividades, la sitúa como objetivo prioritario, impulsando de manera excepcional la iniciativa privada. Así, podemos encontrar una dotación para la inversión en I+D de carácter civil de 4.826,92 millones de euros, lo cual supone un aumento del 30,9% con respecto al año anterior, frente al aumento del 26,6% de la investigación militar.

Nos encontramos ante un panorama favorable y esperanzador de la I+D. Las promesas electorales del Gobierno en este sector constituyen firmes apuestas de carácter estructural para nuestra economía, y no meramente coyunturales. Así, la deseada convergencia con Europa parece más cercana, al observarse un incremento en el gasto en I+D del 55% en los dos primeros años de legislatura, según fuentes del Gobierno. Las empresas privadas deben aprovechar al máximo las dos grandes vías de financiación: por un lado, las ayudas públicas, y por otro, los incentivos fiscales.

En relación a las ayudas públicas, suelen tratarse de subvenciones a fondo perdido, créditos blandos o anticipos reembolsables y demás ayudas directas ofrecidas por diversidad de organismos estatales, autonómicos e incluso a nivel europeo. Así podremos encontrar planes previstos para el desarrollo tecnológico-industrial, como CDTI, OPTI o Eureka, dotados en 2006 con 1.958,17 millones de euros, u otros para el fomento de la investigación científica y técnica, como el Fondo Nacional de I+D, o becas a investigadores, partida que ha experimentado un aumento porcentual de 77,95 puntos con respecto al 2005, cifras nada despreciables.

Si bien la financiación pública de proyectos de innovación es relativamente accesible para las empresas, éstas deben estar alerta para acudir a las convocatorias aportando la documentación tanto del proyecto de innovación que se quiere financiar como información interna de la empresa, incluida información económica.

Otra consideración importante es conocer la naturaleza de estos abundantes incentivos, ya que aunque los créditos son de gran ayuda para el tejido de la I+D privada, al tratarse de capital reembolsable a las arcas del Estado, las empresas hallarán más beneficios cuanto más incentivos a fondo perdido se concedan, provocando una mayor motivación para el impulso de la I+D privada.

En lo que respecta a las deducciones por I+D+i en el impuesto sobre sociedades, la publicidad exagerada que se le ha dado a la generosidad fiscal del Poder Ejecutivo ha creado una euforia desmesurada con respecto a esta controvertida deducción. La sustanciosa ayuda que estas deducciones proporciona en el ámbito fiscal, incrementada en los últimos años, puede ser del 30% al 70% de deducción en cuota. Ante este panorama, muchas empresas se aventuran a deducir, sin contar con los estrictos requisitos de forma y fondo establecidos para la aplicación de estos incentivos, ignorantes del grave riesgo que contraen.

La deducción por I+D+i sitúa a las empresas en un escenario tentador para deducir abiertamente por este concepto, sin necesidad de recibir ningún visto bueno a priori. Esta libertad es buena si va acompañada de la responsabilidad de las empresas de aportar las pruebas documentales que justifiquen las deducciones generadas. Los inspectores de Hacienda reclaman el cumplimiento de las exigencias legales, comprobando mediante la revisión de documentación justificativa la deducibilidad del gasto en I+D. Aquellos no justificados serán rechazados por el inspector junto con la imposición de sanciones.

La deducción es generosa, siempre y cuando se realice a conciencia y contando con los medios necesarios, no sólo para calificar correctamente el grado de innovación de las actividades, sino para justificar de manera adecuada, con la documentación técnica y económica, el gasto en I+D+i desglosado por proyectos. Es fundamental, por lo tanto, contar con un apoyo especializado y no improvisar porque, al fin y al cabo, la cuenta de resultados real incluye a la fiscalidad.

Aprovechemos pues este esfuerzo de proyecto a largo plazo que plantea el Gobierno invirtiendo más recursos en I+D y aumentando así la competitividad de nuestras empresas y el crecimiento de la economía española, pero siendo conscientes de que la Administración, por el bien de todos, velará para que estas partidas tan atractivas se las repartan sólo los que se las merezcan.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_