El Foro por la Justicia reclama un mayor fomento de los arbitrajes
El Foro por la Justicia está trabajando desde finales de octubre en la propuesta que presentará ante el Ejecutivo antes de que termine el año. Su principal objetivo es que la justicia sea considerada un servicio público, y para ello quieren que la Administración se tome en serio la promoción de vías alternativas a las judiciales como es el arbitraje, que evitaría la saturación de los tribunales y los procesos alargados durante años.
Una disputa civil por un impago de 60.000 euros supone un coste mínimo de 10.000 euros y al menos dos años de litigio. Este mismo conflicto llevado por una corte arbitraje podría resolverse en un plazo máximo de tres meses y por menos de la mitad del coste (incluso un 80% menos) que el del procedimiento judicial, calculan en la Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación (ACAM), que forma parte del grupo de trabajo del Foro por la Justicia cuyo principal fin es buscar alternativas judiciales que agilicen el trabajo de los tribunales.
A finales de este año, el Foro por la Justicia formado por todas las asociaciones de abogados, fiscales, jueces, procuradores, sindicatos y consumidores y coordinado por el Consejo General de la Abogacía, mostrará las distintas propuestas surgidas de sus cinco grupos de trabajo para que el Gobierno actúe con el fin de mejorar y agilizar la administración de justicia en España.
'La justicia si llega tarde, no ha estado', dice Ignacio de Górgolas, director ejecutivo de la ACAM, que cree que el fomento del arbitraje podría reducir a la mitad los asuntos pendientes en el terreno civil y mercantil. El principal problema que tiene el arbitraje en España es que no se conoce, cuando en países como Estados Unidos es la vía de resolución del 50% de los conflictos entre empresas. 'Los directivos conocen el concepto, pero no saben que es un método resolutivo a su alcance, pues suena a conflictos entre multinacionales o estados', comenta Górgolas, que insiste en que 'hasta ahora ha habido una legislación no muy favorable'.
'Hasta ahora no ha habido una legislación favorable al arbitraje', dice Ignacio de Górgolas
La nueva ley concursal y la ley de arbitrajes fomentan esta alternativa de resolución de conflictos, pero aún ésta es una costumbre poco extendida.
En 2003 hubo un total de 447 sentencias firmes de un proceso arbitral y 477 casos de conciliación que se resolvieron antes de someterse a un árbitro. Estas cifras no son muy significativas comparadas con la cantidad ingente de casos que se acumulan en los tribunales y, por eso, el Foro por la Justicia quiere que se le de un empujón desde la administración. Los expertos creen que éste será un proceso largo.
Entre los planes de ACAM está el de fomentar la inclusión del arbitraje dentro de las recomendaciones de gobierno corporativo como una practica favorable en la gestión de la empresa, para lo que ya ha iniciado contactos con Forética, asociación española que promueve la responsabilidad social corporativa.
La aceptación del arbitraje parece sólo una cuestión de tiempo pues sus ventajas son claras. La rapidez de resolución y el coste mucho menor son sólo las más obvias, pero además hay otras como es que el carácter privado del proceso y confidencial por lo que es difícil que trascienda a la luz pública y así las empresas pueden resguardarse de escándalos que puedan dañar su imagen. Otra de sus características es el libre sometimiento por lo que nadie puede imponer a otro que se someta a un arbitro.
Como única desventaja se puede reseñar que un laudo arbitral no es apelable. 'El recurso de anulación es muy difícil, sólo se consigue si se demuestra un defecto de forma', apunta Górgolas.
Un sistema extrajudicial vía telemática
150.000 euros planea invertir ACAM en la creación de un sistema que permita resolver conflictos por medio de un arbitraje virtual, a través de internet. Este proyecto, que ACAM considera una 'apuesta de futuro', está siendo realizado con la colaboración de su socio tecnológico Sistel.En principio estará disponible para sus socios y responderá a las mismas características de un proceso arbitral presencial. Las partes deberán estar autentificadas a través de un sistema de firma electrónica. Como los procesos no se realizan en directo, el sistema es más sencillo pues el arbitro recibe de manera telemática la demanda y las partes pueden ir siguiendo virtualmente la evolución el proceso, 'que tiene toda la validez legal', según asegura Montserrat Pérez, vocal del consejo de ACAM.Este sistema todavía está en una fase muy incipiente pero puede servir también para animar a más empresas a optar por esta alternativa de hacer justicia.Los temas que pueden ser sometidos a arbitraje, presencialmente o por vía telemática, son de lo más variado desde falta de pago, calidad, cuestiones técnicas o interpretaciones de contrato. Actualmente, la organización de consumidores OCU es la que más uso hace de los arbitrajes para resolver las reclamaciones de los clientes ante tiendas de todo tipo. El principal problema es que el comercio debe estar adherido al arbitraje, y si no es difícil que admita resolver algún problema por esta vía.ACAM es sólo una de las múltiples cortes de arbitraje que existen en España, donde todas las cámaras de comercio tienen sus propio servicio de arbitraje, colegios oficiales de abogados y otras asociaciones especializadas como ARyME.
Árbitros: Usted puede ejercer de juez
Cualquiera en pleno ejercicio de sus derechos civiles puede ser candidato a árbitro de equidad. Pero normalmente se tratan de profesionales con al menos diez años de experiencia.Un hombre justo, ésta es la principal exigencia para ser árbitro. Este concepto se concreta en un profesional con acreditada experiencia en la materia en la que se produce el conflicto. Cuando se trate de temas legales, el árbitro debe tener una formación en derecho.Tendencia a la sectorialización. Cada vez es más habitual que los árbitros sean profesionales de un sector con notable experiencia y sin ninguna vinculación con las partes. Un ejemplo de especialización es la Corte de la Franquicia que funciona en España desde hace un par de años.Las cortes de arbitraje tienen sus listas de árbitros. Es habitual encontrar ex magistrados, catedráticos o economistas. Las partes pueden exigir el currículum del árbitro antes de decidir su elección.Las partes pueden impugnar el árbitro asignado, pero deben contar con una razón de peso para que las reclamaciones no se conviertan en obstáculos para retrasar el proceso.