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Debate abierto
Tribuna
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¿Debe supervisarse la información?

La Dirección General del Tesoro ultima estos días la redacción de una normativa que ha puesto muy nerviosos a los grandes grupos editores. En ella se definirán, entre otras cosas, los casos en los que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá supervisar la labor de los periodistas que realizan información económica.

La nueva normativa será la transposición de la Directiva 125, que a su vez deriva de la Directiva de Abuso de Mercado (MAD, en sus siglas en inglés). Y esta última ha sido transpuesta en España mediante la Ley Financiera, que ya coloca a los informadores bajo la tutela de la CNMV en determinados casos.

La MAD establece que los medios de comunicación 'permiten garantizar una mayor equidad en el acceso a las informaciones financieras entre los profesionales de los mercados financieros y los inversores particulares'. Pero, por otro lado, alerta sobre 'el riesgo de que se difundan informaciones falsas y engañosas'.

La CNMW ya está facultada para abrir un expediente sancionador a los periodistas si ve indicios de abuso

El control se limitará a recomendaciones de inversión y no a otras informaciones económicas

Para luchar contra estas últimas, algunos reguladores de Bolsa querían que se coloque bajo su supervisión a los periodistas económicos, en condiciones parecidas las de otros agentes del mercado como los analistas. Sin embargo, la presión ejercida por el Consejo Europeo de Editores (EPC), que preside el portugués Pinto Balsemao, y por las asociaciones de periodistas ha obligado a los legisladores a delimitar exactamente en qué términos se puede ver sometida la información económica a la tutela de los supervisores del mercado. Y ese es, precisamente, el objetivo de la Directiva 125.

Aunque su redacción es bastante vaga, como suele ser habitual en las normas europeas, el texto despeja algunas de las dudas más importantes en lo que a los periodistas se refiere. Y tanto la Dirección General del Tesoro (responsable de elaborar el texto legal para España) como la CNMV (encargada de hacerlo cumplir como supervisor) se aprestan a reforzar estas aclaraciones cuando son preguntados al respecto.

La principal duda que quieren despejar es que los periodistas sólo se verán afectados cuando hagan 'recomendaciones de inversión'. El periodismo económico cotidiano, incluyendo noticias sobre empresas o mercados, queda fuera de la supervisión del regulador de los mercados, aunque tengan un efecto directo sobre las cotizaciones de las empresas. La directiva es clara en este sentido.

La segunda clarificación se refiere a la distinción entre quien hace la recomendación de comprar, vender o mantener un valor (generalmente analistas) y difunde dichas recomendaciones al gran público, que los periodistas.

En los primeros pasos de la directiva, los legisladores comunitarios mantuvieron cierta confusión al respecto, pero ésta ha sido completamente superada y la norma traza deberes y derechos perfectamente diferenciados para ambos.

En el caso de los medios de comunicación que difunden recomendaciones de terceros, se exige que se indiquen todas las fuentes importantes y que se resuman adecuadamente las recomendaciones, sin cambiar la orientación del informe.

Respecto a las fuentes, se obliga al periodista a que éstas sean fiables o, 'si existe alguna duda sobre la fiabilidad, se indique claramente'. Tanto la APIE (Asociación de Periodistas de Información Económica) como los editores, recalcan que es improbable que un periodista se atribuya una recomendación o que la modifique sustancialmente. Pero temen que la CNMV pueda utilizar esta normativa para obligar a los periodistas a que desvelen sus fuentes.

La Dirección General del Tesoro y la CNMV rechazan de plano que con la directiva en la mano se pueda exigir a los periodistas que delaten a sus informadores. Insisten en que el ámbito de la norma se circunscribe en exclusiva a recomendaciones de inversión y no a otro tipo de noticias. Pero aclaran que si un periodista no atribuye de forma clara una recomendación a un tercero, se le achacará la autoría de dicha recomendación.

Para diferenciar a analistas de periodistas, el legislador comunitario permite que los informadores queden fuera de la directiva siempre que se sometan a códigos de autorregulación 'con efecto equivalente a la propia norma'. Algo que no está permitido a los analistas.

Fuentes del sector de editores consideran que no es preciso establecer nuevos códigos de autorregulación, pues ya existen normas de conducta y control interno en los medios de comunicación españoles. En ámbitos jurídicos refuerzan esta tesis. Además, señalan que la no existencia de reglamentos escritos no significa que no haya códigos profesionales y éticos en cada medio.

Sin embargo, el todavía presidente de la CNMV, Blas Calzada, expuso recientemente su posición a favor de que la autorregulación de los medios sea 'supervisada' por un tercero independiente. Desde la Dirección General del Tesoro, e incluso desde el gabinete jurídico de la CNMV, puntualizan las palabras de Calzada. En ningún caso entrará la CNMV a valorar los código de autorregulación de los medios, al menos a priori. Además recuerdan que el organismo supervisor ya está potestado, desde la entrada en vigor de la Ley Financiera, para abrir expediente a un periodista si detecta indicios de abuso de información o conflicto de intereses. En estos casos, la CNMV puede pedir explicaciones al medio e incluso de imponer una sanción si así lo juzga su unidad de inspección.

Lo que en realidad preocupa en los medios de comunicación no son estos casos de abuso, que ya están regulados, sino que la CNMV pueda sucumbir a la tentación de juzgar noticias sobre empresas cotizadas que nada tengan que ver con recomendaciones de inversión.

Periodistas y empresas de medios de comunicación, especialmente aquellos especializados en noticias financieras, están a la espera de que la Dirección General del Tesoro ponga en circulación el borrador del nuevo texto legal. Y todo indica que en esta primera etapa se limitará a copiar casi de forma literal el contenido de la directiva.

Tras este paso, se abrirá el periodo de consultas. Y en este periodo deberían quedar claras algunas cosas, como la diferenciación estricta entre el analista que hace las recomendaciones y el periodista que las difunde. Las informaciones erróneas, siempre y cuando no sean malintencionadas, ya son castigadas por los propios lectores. Y, sobre todo, no deberíamos olvidar la filosofía que cimenta la normativa europea. A saber: que la información económica es la mejor garantía de transparencia en los mercados y, por ello, la mejor defensa para los pequeños inversores.

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