La justicia de EE UU rebaja en más de 60 millones la indemnización de Millicom a Telefónica
El Supremo de Nueva York confirma que la firma de Luxemburgo debe pagar a la española por cancelar la compra de su filial en Costa Rica, pero recorta drásticamente los intereses
Telefónica recibió del Tribunal Supremo de Nueva York en diciembre una noticia buena y una mala. La buena: los jueces confirmaron que la firma luxemburguesa Millicom incumplió el contrato por el que acordó comprar la filial de la compañía española en Costa Rica y debe indemnizarla por ello. La mala: la nueva sentencia recorta drásticamente, en unos 65 millones de dólares (63 millones de euros) los intereses prejudiciales a pagar por ese incumplimiento, que incluso superaban al principal. Con ello, Telefónica recibirá una indemnización total entre principal e intereses del orden de los 87 millones de dólares (80 millones de euros), mucho menor a la que esperaba.
Millicom, una firma con sede en Luxemburgo, oficinas en Miami (Estados Unidos) y presencia operativa en Latinoamérica y África, acordó a principios de 2019 comprar a Telefónica su filial en Costa Rica por 621,8 millones de dólares, dentro de una operación más amplia que incluía otras filiales en Centroamérica, con las que el grupo español buscaba reducir deuda y rebajar su exposición a Latinoamérica. Sin embargo, en la primavera de 2020, en plena pandemia, Millicom incumplió el contrato alegando que no se había recibido la autorización regulatoria. Telefónica vendió después la filial a Liberty International, una operación que se cerró en agosto de 2021 y con la que ingresó 533 millones de dólares, netos de gastos. Antes, la compañía española recibió un dividendo de su filial de otros 28,2 millones. Al final, Telefónica ingresó 60,57 millones de dólares menos.
En paralelo, la compañía española demandó a Millicom en mayo de 2020 ante el Tribunal Supremo de Nueva York. Telefónica argumentó que la operación ya contaba con todas las autorizaciones necesarias y que un refrendo pendiente de la Contraloría General de Costa Rica al que se agarró Millicom no entraba en esa categoría. El juez encargado del caso, Andrew Borrok, dio la razón en febrero del año pasado a la compañía española.
Según los documentos judiciales, Borrok dictaminó que la firma de Luxemburgo debía indemnizar a Telefónica por daños por importe de esos 60,57 millones de dólares (unos 59 millones de euros al tipo de cambio actual). Pero, además, estableció intereses prejudiciales del 9% no solo sobre esa cifra, sino sobre el total de la operación por el tiempo en que Telefónica no pudo disponer del dinero.
El juez estableció cuatro tramos para el cálculo de intereses. Entre el 13 de abril de 2020, fecha del incumplimiento, y el 31 de diciembre de ese año, cuando Telefónica recibió el dividendo, los intereses eran sobre el precio total de 621,7 millones de dólares de la operación. Entre el 1 de enero y el 9 de agosto de 2021, cuando se cerró la operación con Liberty, sobre 593,5 millones de dólares. Y desde el 10 de agosto de ese año hasta el 13 de febrero de 2024, cuando el juez dictó su resolución, sobre los 60,57 millones de diferencia. En total, aunque el juzgado no hizo el cálculo, eso suponía unos 86 millones de dólares en intereses prejudiciales. A esa cifra se debían sumar otro tramo de intereses desde la fecha del fallo hasta que el pago se haga efectivo, que ya suman unos cinco millones de dólares. Eso elevaba la indemnización, entre el principal y los intereses, a unos 152 millones de dólares (unos 148 millones de euros, al tipo de cambio actual).
Nueva sentencia
Millicom recurrió la resolución, primero ante el propio juez, que rechazó de nuevo sus argumentos, y luego ante un tribunal de apelaciones del propio Supremo de Nueva York. En una resolución de cinco páginas firmada por los jueces Sallie Manzanet-Daniels, Troy Webber, Peter Moulton, Julio Rodriguez, Llinét Rosado y dictada en diciembre a la que ha tenido acceso este medio, los jueces rechazan la argumentación de fondo de Millicom y confirman que debe indemnizar a Telefónica. Sin embargo, restringen los intereses prejudiciales a que se calculen únicamente sobre los 60,57 millones del principal.
Eso reduce drásticamente la cifra de intereses prejudiciales a unos 21 millones de dólares, en lugar de los 86 millones originales, aunque el tribunal devuelve el caso al juez para que haga el cómputo final, que incluirá también los intereses posteriores. Con ello, el total de principal más intereses pasa de unos 157 a unos 92 millones de dólares (90 millones de euros), más lo que se vaya devengando hasta el momento del fallo definitivo.
Según la reciente sentencia del tribunal, el juez “no debería haber concedido intereses prejudiciales sobre la totalidad del precio del contrato desde la fecha de cierre hasta la fecha de la transacción de sustitución”. La norma, indican los jueces, señala que los intereses prejudiciales en los casos de contratos “se recuperarán sobre una suma concedida por incumplimiento de un contrato”, insistiendo en que la referencia es la “suma concedida”, es decir, en este caso, la indemnización de 60,57 millones de dólares, con independencia de que el tribunal considere que otro resultado sería “justo y razonable”.
Los abogados de Latham & Watkins, que representaron a Telefónica, alegaron que los ingresos de inversión perdidos por el dinero que debería haber recibido al cierre de la operación con Millicom podían incluirse como un componente de los daños. El tribunal da un varapalo a esa tesis y con ello, al bufete: “Este argumento no es persuasivo, ya que confunde un cálculo de intereses directo con el concepto totalmente diferente de daños indirectos, que Telefónica no solicitó específicamente en la demanda”, aseguran los jueces. Los intereses, sostiene el tribunal, no pueden servir como un “atajo” para los daños indirectos o consecuentes, que deben ser probados “con certeza razonable basada en factores fiables conocidos”. Latham & Watkins, vienen a decir, fue por el camino equivocado.