Contar inmigrantes
En la base de la polémica sobre las nuevas cifras de la encuesta de población activa (EPA), que arrojarán 630.000 ocupados más, está el vertiginoso crecimiento de la población extranjera en España, dado que los otros factores demográficos que influyen en los cambios de población, nacimientos y defunciones, son previsibles y se ven registrados de un modo satisfactorio.
Medir la emigración no es tarea fácil, ni siquiera cuando los movimientos de las personas exigen pasajes trasatlánticos, como ocurre con quienes vienen de países americanos, que fácilmente pueden aducir motivos turísticos para sus viajes. Hasta la implantación en los años ochenta del pasado siglo de la estadística de variaciones residenciales, sólo se contaba con los registros de extranjeros de la Dirección General de la Policía. Hoy, aparte de estos datos de la policía y de los registros de consulados extranjeros, la información más importante la proporciona el padrón continuo.
Las cifras que se derivan del padrón, 2,7 millones de extranjeros residentes en España a 1 de enero de 2003, casi duplican los registros policiales de extranjeros y, por lo que se refiere a inmigrantes de países americanos, son menores que las inscripciones consulares, diferencias lógicas por la existencia de gran número de extranjeros sin permiso de residencia que no figuran en los citados registros y por el escaso interés de quienes retornan a sus países de origen por causar baja en sus consulados.
En la base de la polémica sobre las nuevas cifras de la EPA está un vertiginoso aumento de los extranjeros
Sin embargo, a pesar de lo razonable de estas diferencias entre distintas fuentes, ni puede asegurarse que la cifra padronal refleje con exactitud el total de extranjeros que residen en España ni que los flujos de entrada se hayan producido del modo que parece, puesto que, por ejemplo, un aumento de casi 700.000 extranjeros entre 2002 y 2003 parece agrupar tanto las entradas producidas en 2002 como los afloramientos de extranjeros que habrían llegado a España antes, pero que no se habían empadronado.
La medición estadística de las migraciones, como la de cualquier fenómeno humano, tropieza con problemas complejos. Puede inferirse una tendencia natural a empadronarse para dejar constancia legal de la residencia y solicitar la regularización, así como para gozar de derechos a la sanidad, la educación y el alojamiento. Pero también es fácil suponer el temor a empadronarse por muchas razones, entre las que destaca la posibilidad de verse expulsados de nuestro territorio.
El juego de estos dos efectos contrapuestos se verá influido por los niveles de conocimiento sobre la legislación española, jugando el idioma un papel esencial, y por la actitud de las Administraciones, tan dispar que oscila entre las negativas a empadronar extranjeros por algunos ayuntamientos hasta la llamada a que lo hagan con promesas de ventajas, como acaba de ocurrir en Euskadi donde se oferta incluso un salario de subsistencia.
Uno de los factores que, lógicamente, se supone más determinante para el comportamiento de los extranjeros ante su inscripción padronal es el de la legislación en materia de extranjería, en la que los últimos tres años se han sucedido nada menos que tres leyes orgánicas. La última, la Ley 14 de 30 de octubre de 2003, se descolgó con una disposición adicional de dudosa constitucionalidad, que ha encontrado fuerte resistencia por muchos ayuntamientos al no haber sido consensuada, ha tenido la virtud de atemorizar a los inmigrantes, puesto que establece que 'para la exclusiva finalidad del ejercicio de sus funciones sobre control y permanencia de extranjeros en España, la Dirección General de la Policía accederá a los datos de inscripción padronal de los extranjeros existentes en los padrones municipales, preferentemente por vía telemática'. Por si ello fuera poco, esta ley introdujo dos nuevos conceptos de renovación y caducidad de las inscripciones padronales si los extranjeros, que carezcan de autorización de residencia permanente, no renuevan la inscripción cada dos años, aspecto desconocido por éstos y sobre cuya aplicación se ha solicitado aclaración legal, dada la extraordinaria incidencia que tendría en la gestión padronal.
En estas condiciones, y sin la posibilidad de contrastar datos con fuentes laborales y fiscales por problemas de sumergimientos y fraudes en los sectores de agricultura, construcción, servicio doméstico y hostelería, donde se concentra la actividad de los extranjeros, objeto tantas veces de explotación, el panorama es preocupante y lo que procede es afrontarlo con seriedad y no politizándolo, como parecen pretender quienes, precisamente, menos motivos tienen para hablar por lo mucho que han contribuido a generar el problema.