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Columna
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Empleabilidad

Desde el Consejo Europeo celebrado en Luxemburgo en noviembre de 1997, en la política de empleo de la UE la mejora de la capacidad de inserción profesional, a la que se denomina empleabilidad, aparece como el primero de los cuatro pilares de la política de empleo, en la que se añaden la empresarialidad, la adaptabilidad y el refuerzo de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Se considera que la amplitud de la formación previa a la entrada en el mercado de trabajo, junto con la experiencia adquirida y la formación adicional obtenida mientras se está ocupado, deben aportar la base para optar a nuevas ocupaciones.

En el marco de la responsabilidad social de la empresa, tanto el Libro Verde (2001) como la Comunicación de la Comisión de la UE (2002) insisten en el mismo tema, si bien aquí se insiste en que la recolocación del empleado despedido es obligación del empresario que rescinde contratos.

En los últimos meses los sindicatos han comenzado a introducir esta opción en sus reivindicaciones en casos de expedientes de regulación de empleo. Otras opiniones han propuesto formalmente que sea obligatorio para las empresas que recurren a expedientes de regulación de empleo (ERE) la contratación de empresas de outplacement. Esta propuesta supone que los servicios públicos de colocación son ineficientes, por lo que de aceptarse supondría que, o se deja de cotizar o hay que pagar dos veces por el mismo servicio.

Se quiere exigir que las empresas que recurran al ERE contraten obligatoriamente a compañías de 'outplacement'

Una propuesta alternativa, considerando valiosa la aportación de las empresas de recolocación, sería que, de forma voluntaria, las empresas puedan hacer una provisión por contingencias laborales considerada como gasto deducible. La cuantía máxima se fijaría de forma que sólo se consideraran los empleados fijos, para el nuevo derecho que devenguen los trabajadores en caso de despido improcedente y para un máximo de la plantilla fija, por ejemplo, un 20% o la cifra que se estime para no afectar significativamente a la recaudación. Alternativamente podría tener el mismo tratamiento el pago de prima a la entidad de seguros que cubra esa contingencia. Sería movilizable en caso de despido objetivo y, en ese caso, también se podría cargar a la provisión el importe de dos mensualidades por cada persona efectivamente recolocada a través de una empresa de outplacement. El resto de la provisión sería acumulable hasta provisionar toda la plantilla y se externalizaría en deuda pública. Llegado al tope e individualizado cada derecho, para lo que pasarían décadas, se liberaría por jubilación voluntaria o cambio de empleo voluntario del trabajador.

Otra vía puede ser que el pago a las empresas de recolocación, por ejemplo dos meses de sueldo por persona que se acoja, sea deducible de la cuota del impuesto de sociedades, siempre que cada trabajador afectado haya recibido una oferta firme de empleo en condiciones similares a las que tenía antes del despido. El porcentaje de quienes se acogen está entre el 70% y y el 75% de los afectados por expedientes de regulación de empleo.

Las empresas que harían uso de estas opciones sería porque alivian tensiones y resuelven problemas. Para las Administraciones públicas, el ahorro de pagos por desempleo compensaría con creces el descenso de recaudación, al tiempo que se ganaría dinamismo en el mercado laboral y se generarían con rapidez nuevas cuotas y retenciones por IRPF. Paralelamente el desincentivo que crea la indemnización por despido a contratar por tiempo indefinido se compensaría significativamente, con los mismos efectos en la reducción del tiempo de permanencia en paro y se liberarían recursos de los servicios públicos de colocación para que se centrasen en quienes buscan el primer empleo.

Al tiempo deben reforzarse los otros componentes de la empleabilidad a través de aumento en la movilidad funcional y la geográfica reduciendo la rigidez hoy existente. La motivación está en la contribución que realiza a la mejora del capital humano de las personas a las que abre a nuevas situaciones y posibilidades que redundan en mejora de su cualificación y, por tanto en la ampliación de las opciones a su alcance.

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