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Dividendo

Una fiscalidad para cada dividendo

Si como accionista de Telefónica está preocupado por el impacto fiscal que tendrá la nueva forma de retribuir a los partícipes anunciada por la compañía, quédese tranquilo. Aunque tarde o temprano Hacienda siempre pasa factura, en la compra de acciones propias para amortizarlas, el coste fiscal del socio no es inmediato. A diferencia de lo que ocurre al percibir un dividendo, donde ya de primeras Hacienda ingresa el 15% por la vía de la retención, ante una amortización la compañía reduce su capital social sin entregar nada al accionista. Sin ingreso en efectivo, la mano larga del IRPF esperará.

Es un lugar común alabar las ventajas fiscales del socio cuya compañía retribuye por la vía de la amortización de autocartera. Como también lo es vapulear en todo caso al dividendo. Pero no hay verdades absolutas. La amortización de acciones propias no tiene impacto fiscal directo en el accionista porque la operación sólo proporciona ingresos en efectivo si se recibe un dividendo o vende los títulos.

Los accionistas de empresas con políticas de recompra de acciones como Altadis, además de Telefónica, y hace más tiempo Logista o Inditex, no están ni mejor ni peor tratados que otros. Si la antigüedad del título que se vende es superior al año, la plusvalía tributa al 15%; si es inferior, se grava al tipo marginal que corresponda al contribuyente.

La amortización de acciones propias no tiene impacto fiscal directo en el accionista, porque la operación no le proporciona ningún tipo de ingreso en efectivo, como cuando recibe un dividendo o vende títulos

Visión global de la retribución

En opinión de Manuel Cabezas, director de renta variable de banca privada de BNP Paribas, el mercado no hace una valoración separada de las distintas formas de retribuir al accionista porque lo adecuado es tener una visión global. Cabezas dice no fijarse en si una empresa da dividendos o da acciones liberadas, 'me fijo en todos los flujos de la compañía', afirma. Desde el punto de vista del accionista, señala que 'los conservadores prefieren una buena retribución y los más arriesgados, empresas con capacidad de sorprender al mercado y que deben afrontar inversiones y no pagan nada'. Cabezas es consciente de que hay accionistas que buscan tanto el dividendo como la revalorización, porque en el fondo 'no son cosas separadas'. En todo caso, a la hora de ver las distintas políticas que lleva a cabo una compañía, el mercado aprecia que sean las empresas con negocios maduros las que se dediquen a retribuir al accionista. Ver el dividendo como la peor forma para retribuir al accionista no deja de ser una verdad a medias. De hecho, durante este año, sólo cinco compañías del Ibex 35 no han distribuido dividendos.

Desde el punto de vista fiscal, el dividendo sufre una doble tributación, en la sociedad que lo paga y el socio que lo recibe. El mecanismo que en el IRPF evita este doble gravamen funciona sólo para las rentas bajas. Los contribuyentes con una base liquidable inferior a 25.800 euros (tipo marginal del 28%) no sólo no soportan carga fiscal, sino que obtienen un crédito a su favor. La base liquidable son todos los ingresos del año menos el mínimo personal, el familiar o las aportaciones a planes de pensiones.

En ocasiones, tras reducir capital, no se amortizan los títulos, sino que se devuelven aportaciones a los socios. El importe que el accionista recibe se resta del valor de compra de sus títulos. Si la acción se compró por 1.000 y la devolución es de 1.100, el valor de compra es cero y, al vender, siempre habrá plusvalía. El exceso recibido, 100, tributa en el IRPF al tipo marginal del contribuyente. Como en general estas devoluciones no suelen exceder del valor de compra de las acciones, la operación disfruta de las ventajas de la tributación diferida al momento final en que el socio se desprenda de los títulos. Otra política de retribución al accionista es la que este año han seguido compañías como Ebro Puleva, la propia Telefónica, Zardoya Otis o Metrovacesa, las ampliaciones de capital liberadas. Se trata de uno de los anuncios que mejor recibe el mercado, evita la descapitalización de la sociedad y aumenta el número de acciones en circulación.

Para el accionista, las ventajas fiscales también son interesantes. Puede obtener ingresos vendiendo los derechos de suscripción preferente. La ganancia no tributa en el año, sino que, de forma similar a la devolución de aportaciones, se resta del valor de compra de las acciones. Una vez más, hay tributación diferida a la venta final de las acciones. Este mismo efecto se produce si el inversor opta por recibir acciones liberadas (gratis). El valor de compra total de las acciones se divide entre todas las acciones liberadas o no. Como baja el precio de compra, la plusvalía será mayor al vender los títulos.

A favor / En contra

Amortizar acciones propiasSe reduce el número de acciones en circulación, por lo que aumenta el porcentaje de participación de los socios. A la hora de repartir beneficios, menos tocan a más. Se corrige el exceso de liquidez.Los accionistas tienen que esperar una revalorización del título o el reparto de beneficios para recibir su remuneración. Puede hacer que la empresa compre títulos en el mercado a un precio excesivo.DividendosAumenta la fidelidad de los accionistas. Son buenos para los contribuyentes con medio o bajo nivel de ingresos. Transmite al mercado la idea de que la empresa está centrada en su negocio.Tiene un trato desfavorable para los contribuyentes con ingresos anuales superiores a unos 26.000 euros. Transmiten al mercado la idea de que la empresa no tiene proyectos en los que invertir.Ampliaciones liberadasEvita la descapitalización de la sociedad, aumenta el número de acciones de la sociedad en circulación y facilita al accionista la posibilidad de obtener una renta por la vía del derecho de suscripción preferente. Se puede llegar a una dilución excesiva de la propiedad de la empresa. Realmente, para la compañía, ni entra ni sale dinero. Al final, el accionista no recibe muchas acciones liberadas (sin precio de compra).

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