_
_
_
_
Tributos

España negocia con Suiza el suministro de información fiscal a partir de 2005

El Ministerio de Hacienda está acelerando los trabajos para renegociar un nuevo convenio de doble imposición con Suiza para que el país helvético comience a suministrar información fiscal a partir de 2005. Son los primeros efectos del acuerdo sobre fiscalidad del ahorro adoptado por el Ecofin la semana pasada.

El reciente acuerdo sobre fiscalidad del ahorro adoptado el 3 de junio por el Consejo de Ministros de Finanzas de la UE (Ecofin) está dando ya sus primeros resultados. Uno de ellos es la negociación de un nuevo convenio de doble imposición entre Suiza y España.

El llamado 'paquete fiscal' comunitario, compuesto por una directiva sobre el ahorro, otra sobre intereses y cánones y un código de conducta sobre tributación empresarial, vio la luz en Bruselas la pasada semana, entre otros asuntos gracias a un acuerdo previo sobre intercambio de información entre la UE y Suiza.

Este acuerdo entre la Unión Europea y Suiza se plasmará a través de la renegociación de los respectivos convenios de doble imposición entre los miembros de la UE y el Ejecutivo suizo.

En España, el Ministerio de Hacienda pretende que los trabajos se aceleren para que el nuevo convenio con Suiza entre en vigor en enero de 2005, coincidiendo con la aplicación de la directiva sobre el ahorro. 'No será fácil, debido a que 2004 es año electoral, pero lo intentaremos', indicó ayer el secretario de Estado de Hacienda, Estanislao Rodríguez-Ponga. En el próximo convenio de doble imposición entre ambos países, España tiene asegurada la cláusula de nación más favorecida (ya negociada por Bruselas), por la que Suiza está obligada a dar a España al menos la máxima información fiscal que suministre a otro país. Pero el escollo sigue siendo el secreto bancario, por el que las instituciones financieras del país helvético protegen la identidad de sus clientes.

A cambio de mantener el secreto bancario, al menos de forma transitoria, hasta 2011, Suiza ha pactado con la UE un régimen gradual de retenciones fiscales, que aplicará a los intereses que obtienen los ahorradores que invierten en su territorio. Un régimen similar al que gozará Luxemburgo, Austria y Bélgica (se encargaron de pactar las mismas condiciones que Suiza).

Secreto bancario

Sin embargo, este secreto bancario se podrá levantar, con carácter voluntario si así lo estima oportuno el ahorrador. De esta forma, los residentes de España (y de la UE en general) que inviertan en Suiza podrán evitar la retención si deciden colaborar con las autoridades tributarias. El convenio entre España y Suiza que se está negociando ahora recogerá esta ventaja, al igual que la posibilidad de que Suiza ofrezca información tributaria sobre cualquier expediente administrativo o penal considerado como delito fiscal por las autoridades españolas. Hasta ahora, Suiza sólo ofrece información sobre lo que el propio gobierno suizo considera delito.

Por tanto, a partir de 2005, el Gobierno suizo empezará a aplicar retenciones por los ahorros generados en su país. Si el convenio con España está firmado, empezará también a suministrar parcialmente información a Hacienda. Aunque no se levante el secreto bancario, en cualquier caso la información será de gran relevancia, ya que podrá incluir datos sobre intereses, dividendos, cánones, sueldos o rentas de consejeros. De hecho, España quiere que el convenio que está renegociando con Suiza sea de los más amplios del continente en intercambio de información.

Suiza, por su parte, ha obtenido de la UE la aplicación a sus empresas de la directiva de intereses y cánones, por la que se eliminan las retenciones que paga una sociedad filial a su matriz situada en otro Estado.

España ha pactado un periodo transitorio de seis años (hasta 2010) para aplicar esta directiva, aduciendo el impacto recaudatorio que tendría para Hacienda la entrada en vigor en 2005, dado que hay muchas más empresas españolas que extranjeras que pagan regalías (royalties) por el uso de nuevas tecnologías.

Por tanto, Suiza no podrá aplicar esta directiva a España hasta 2010, aun en el caso de que el convenio de doble imposición esté ya listo en 2005.

Bancos y cajas darán datos a Hacienda

La directiva sobre fiscalidad del ahorro pretende que, a partir de 2005, cada Estado miembro de la UE (excepto Luxemburgo, Austria y Bélgica, que han pactado un régimen transitorio de retenciones hasta 2011) grave los intereses obtenidos por sus residentes en otro Estado. Será posible mediante el intercambio de información entre Administraciones tributarias. En el caso de España, el Ministerio de Hacienda pedirá a las instituciones financieras información sobre los intereses obtenidos por no residentes. Los datos se remitirán a las autoridades del país de origen del no residente. A cambio, Hacienda recibirá información sobre los intereses generados en el extranjero por residentes en España. A partir de 2005, bancos, cajas y demás instituciones deberán comunicar al fisco el número de pasaporte o DNI del inversor no residente, la clase de producto financiero en el que ha invertido y el interés que ha generado la operación.Hacienda ya está negociando con la banca la fórmula de la notificación.

Archivado En

_
_