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Tribunales

Un juez rechaza la demanda civil de la Junta contra Boliden

El juez de primera instancia 11 de Sevilla ha rechazado la demanda civil de la Junta contra la empresa Boliden por el vertido de Minas de Aznalcóllar, en un auto en el que considera que debe hacer una reclamación por incumplimiento de contrato, al ser las minas un bien público sujeto a concesión administrativa.

En un auto, el juez dice que la Junta no debe acudir a los tribunales civiles, sino 'dictar el acto administrativo oportuno si entendiere que puede existir una responsabilidad contractual' de Boliden como concesionaria.

El juez se basa en que las minas son un bien de dominio público cuya explotación es objeto de una concesión, y explica que 'una vez que el concesionario actúa como un delegado de la Administración inserto en su funcionamiento, se está ante una responsabilidad de tipo administrativo'.

'Si la Junta ha tenido que pagar por los daños ocasionados al medio ambiente por la otra parte contratante, deberá acudir a las correspondientes acciones de responsabilidad contractual para resarcirse de los mismos en la vía correspondiente, que es la administrativa', dice el juez.

Fuentes jurídicas manifestaron que esta decisión, en caso de ser confirmada por la Audiencia de Sevilla en el recurso que verá en breve, supondrá mayores dificultades para cobrar a Boliden en Suecia los 90 millones de euros que costó la limpieza del vertido, puesto que las sentencias civiles son ejecutables fuera del territorio nacional pero no las sanciones administrativas.

El rechazo de la vía civil se produce tras el archivo de la vía penal, decidido por la juez de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) y confirmado en noviembre de 2001 por la Audiencia de Sevilla.

El auto del juez, por otra parte, cita la doctrina del Tribunal Supremo para recordar que la Administración pública 'no puede desentenderse de los daños que cause el concesionario', pues 'aparte de la competencia en el otorgamiento del contrato, tienen otras de inspección y vigilancia'.

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