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Columna
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Riesgos de la armonización fiscal en la UE

Joaquín Trigo analiza las dificultades que pueden surgir de la tendencia armonizadora de la tributación en la UE. Según el autor, para evitar efectos perniciosos se deben realizar cambios también en otras figuras impositivas

El proceso de integración europea ha reducido las herramientas de política económica con que cuentan las Administraciones públicas. Así, la política monetaria está asignada al BCE, la política comercial exterior es común y la posibilidad de financiación deficitaria del gasto público está acotada por el pacto por la estabilidad y el crecimiento.

Sin embargo, las condiciones competitivas de las empresas de cada país difieren según la dotación de infraestructuras, cualificación del capital humano, coste de la energía, disponibilidades de capital y otras. La imposición de límites a las atribuciones gubernamentales tiene efectos positivos cuando previene frente a actitudes proteccionistas, pero también puede compensar alguna debilidad e introducir alguna competencia parcial entre Estados.

La armonización fiscal se suele traducir como igualación por arriba. Si fuera por abajo o en un punto medio, llevaría a los países mayores de la UE a un fuerte déficit que se añadiría al que ya tienen. Si se hace en torno al punto medio o alto, comportará un fuerte crecimiento de la presión fiscal de quienes, como España, tienen una presión fiscal más baja, con lo que se lesionará su capacidad de competir y se eliminarán las pobres herramientas con que se trata de paliar la menor dotación de infraestructuras, la lejanía de los mercados centrales, la disponibilidad de mano de obra cualificada y la dotación de servicios especializados a las empresas.

El esfuerzo fiscal en España todavía supera al alemán, a pesar de que se ha reducido gracias al aumento del empleo y la eliminación del déficit

Se ha hablado mucho de la distorsión de competencia asociada a las diferencias en la estructura tributaria, pero poco de la equidad y del esfuerzo fiscal que soportan los contribuyentes. Así, el porcentaje de gasto público respecto al PIB es menor en España que en Alemania, pero el número de contribuyentes y la renta per cápita deben considerarse. En España la tasa de ocupación es inferior a la alemana y también lo es la renta per cápita. El esfuerzo fiscal puede medirse como cociente entre el peso relativo del gasto público respecto al PIB y la renta per cápita expresada en equivalente de poder de compra multiplicada por la tasa de actividad. De acuerdo con este indicador el esfuerzo fiscal en España todavía supera al alemán, a pesar de que gracias al aumento del empleo y la eliminación del déficit se ha ido reduciendo los últimos años.

La dimensión de la armonización puede verse en la carga fiscal soportada por los hidrocarburos. En diciembre de 2001 el precio medio del litro de gasolina sin plomo en la UE era de 98,27 céntimos de euro, y en España, de 80,61, lo que supone una diferencia similar a la de la renta per cápita expresada en equivalente de poder de compra. En el caso del gasóleo de automoción, el precio medio por litro en la UE era de 80,16 céntimos por 69,88 céntimos en España, lo que hace que la diferencia represente el 12,82%. Las comunidades autónomas pueden añadir un recargo, lo que hace que, donde se aplica, la desviación sea aún menor.

Si en lugar de ver las diferencias en renta per cápita en términos de equivalente de poder de compra se recurre a la renta nominal expresada en euros, la distancia es aún mayor, pues en 2002 en España estaba en 16.964 euros frente a los 23.900 de media en la UE, lo que representa una diferencia del 29%.

En los impuestos indirectos el criterio de progresividad que se aplica en la tributación sobre la renta no tiene el mismo sentido, pero aun cuando éste no se aplica ni siquiera se tiene en cuenta la proporcionalidad, lo que la convierte en regresiva. Una igualación de esta naturaleza, por no hablar de la que pueda hacerse en el IRPF, se intentaría trasladar a precios, deteriorando la competitividad y el empleo del país.

En otros casos, en cambio, la igualación podría ser beneficiosa para la competitividad. Es lo que ocurre con el tratamiento fiscal de las amortizaciones. Según datos de la Central de Balances europea (BACH), el gasto contable en amortizaciones de la industria manufacturera ascendía en España al 13,73% del valor contable del activo tangible e intangible. Esa cifra en Italia era el 16,8%; en Francia, el 21,91%, y en Alemania ascendía al 26,47%.

La capacidad de capitalizar la empresa y reequipar su equipo productivo está ligada a los plazos y coeficientes de amortización que, siendo menores hacen que a igualdad de tipos, la carga fiscal que soporta la empresa industrial española sea superior.

La tendencia armonizadora avanza con lentitud y con firmeza desigual. En algún caso será muy lenta, en otros, como el de la tributación de hidrocarburos, puede retrasarse, aunque ya parece ser imparable. Para evitar sus efectos perniciosos hay que compensarla con cambios en otras figuras impositivas, como el IRPF y sociedades, para que no la hagan destructiva.

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