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Régimen fiscal

Economía considera gasto deducible la emisión de preferentes desde España

El Ministerio de Economía y Hacienda quiere zanjar cuanto antes la reforma de las participaciones preferentes, un instrumento de captación de recursos propios muy utilizado por los bancos y las cajas de ahorros, pero con mala imagen por el hecho de que son valores que se emiten a través de filiales en paraísos fiscales como las Islas Caimán.

Esta operativa peculiar hace que sean rentables para las entidades, ya que no están sujetas a tributación en el sistema fiscal español.

Sin embargo, despierta inquietud por la posibilidad de que la Inspección Tributaria revise su tratamiento, ante la duda sobre si es lícito o no entender que las entidades radicadas en las Islas Caimán son no residentes a efectos del impuesto sobre sociedades.

Si la Inspección Tributaria aplicara la consolidación fiscal a la filial en las islas Caimán, eliminaría la operación intragrupo (el pago de intereses de la matriz a la filial), lo que convertiría la remuneración de las acciones preferentes en no deducibles para el emisor. El atractivo económico de este instrumento, por tanto, desaparecería.

Fuentes del sector financiero llaman la atención sobre el alcance económico que tendría una decisión de este tipo, en la hipótesis de que se pidiera a las entidades el pago de impuestos por emisiones realizadas anteriormente.

Ante estos temores, expresados recientemente tanto por la CECA como por la AEB, los técnicos de Economía se pusieron manos a la obra para definir este instrumento en el derecho español y permitir a las entidades financieras captar recursos por esta vía, pero con plena transparencia y certidumbre fiscal y, sobre todo, sin tener que recurrir a paraísos fiscales, lo que reduciría riesgos legales y operativos.

En uno de los últimos informes elaborados por el ministerio, la fórmula propuesta es considerar que la remuneración de las participaciones preferentes tendrá la consideración de gasto deducible y las rentas derivadas de las mismas estarán exentas del pago de impuestos en los mismos términos que los establecidos para los rendimientos de deuda.

Esta será la propuesta que recogerá con gran probabilidad la enmienda que negocian PP y PSOE para incluir en la Ley de Blanqueo de Capitales. La deducibilidad radica precisamente en hacer que las participaciones preferentes sean más asimilables a la renta fija que a la variable, aunque se las considera un instrumento híbrido que permite aumentar recursos de primera categoría, pero con un coste menor que el del capital.

La reciente resolución de la Fiscalía Anticorrupción en la que declara la emisión de participaciones preferentes como una práctica ¢irregular y lesiva¢ para la hacienda pública da más argumentos para acelerar una reforma cuya necesidad se plantea desde hace tiempo.

La propia Dirección General del Tesoro sugirió hace más de un año la necesidad de acometer los cambios fiscales y mercantiles necesarios para facilitar su emisión desde España.

El Banco de España, no obstante, ha mostrado ciertas reticencias y dudas sobre si a efectos de solvencia y de las recomendaciones de Basilea se puede considerar que instrumentos híbridos que no sean acciones preferentes y que jurídicamente se asemejen más a la deuda se acepten como recursos de primera categoría.

Situación insostenible

Pero lo cierto es que el propio supervisor reconoce que la situación, desde la perspectiva de la política financiera, es muy discutible, sobre todo si se tiene en cuenta que el sector bancario cubre más del 20% de sus recursos propios básicos emitiendo valores en un paraíso fiscal que distribuyen en muchos casos a inversores minoristas.

El propio gobernador del Banco de España, Jaime Caruana, avisó ya en 2001 del abuso que hacían algunas entidades de la emisión de estos valores y recomendó que los recursos captados mediante esta vía no superaran el 30% de los recursos propios básicos, una recomendación que se incluirá como norma en la nueva regulación.

Lo cierto es que pese a su mala imagen, la emisión de preferentes es una práctica conocida, consentida y avalada tanto por el Banco de España y la CNMV co-mo por Hacienda, un argumento que utilizan bancos y cajas para defenderse de las críticas que reciben por lo que algunos han llegado a calificar casi de ¢evasión fiscal¢.

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