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Sentencia

El TC estima que la Junta andaluza no vulneró las competencias del Estado al subir las pensiones

El Tribunal Constitucional ha determinado que las subidas de las pensiones no contributivas, aprobadas por la Junta de Andalucía en 1999, no vulnera las competencias de la Seguridad Social.

La Junta aprobó en 1999 una subida adicional de las pensiones no contributivas del 1,8%, que se sumaba al 1,8% de incremento en el resto de España, una medida recurrida por el Gobierno central, que la consideró una "falta de lealtad" de la Junta.

El Gobierno andaluz justificó en su día, esta medida no sólo en el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas, sino en que se incrementara por encima del Indice de Precios de Consumo (IPC) todos los años.

En total, la subida de las pensiones asistenciales y no contributivas acordada por la Junta supuso ese año un montante global para la Junta andaluza de unos 20,1 millones de euros, partida que fue consignada en los presupuestos de la Consejería de Asuntos Sociales para 1999.

El fallo conocido hoy, va en la misma línea que un auto de julio de 1999, en el que el Tribunal Constitucional ordenó levantar la suspensión que pesaba sobre el decreto de la Junta de Andalucía, lo que permitió a la Administración autonómica abonar la subida.

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