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Carburantes

El Gobierno descarta rebajas de impuestos en el gasóleo profesional

El Gobierno no aceptará en el futuro gasóleo profesionalrebajas tributarias más allá de las existentes ahora. El Ministerio de Hacienda sólo admitirá negociar compensaciones sobre los previsibles incrementos impositivos que se aprueben en los próximos años y dentro del marco fiscal comunitario.

Poco a poco se va aclarando la posición del Gobierno sobre el establecimiento de un gasóleo profesional en España para sectores específicos, entre los que se encuentran transportistas, agricultores, taxistas y pescadores. La intención del Ejecutivo es no dar un paso adelante antes de que sea supervisado por las autoridades comunitarias, con el fin de que se avance de igual manera en todos los países.

No obstante, desde el Gobierno ya se han descartado varias posibilidades. Una de ellas es la exención de impuestos que gravan el gasóleo para estos sectores, que ya ha sido solicitada por algunos colectivos profesionales. Fuentes del Ministerio de Hacienda aseguran también que la fijación del gasóleo profesional no conllevará tampoco rebajas de impuestos sobre la fiscalidad actual. La razón estriba, según el departamento que dirige Cristóbal Montoro, en que la tributación de los impuestos especiales en España es una de las más bajas de la Unión Europea y ¢sólo caben en los próximos años subidas graduales de este tipo de tributos¢.

Tan sólo queda, por tanto, la posibilidad de que los sectores profesionales se beneficien de congelaciones parciales o subidas menores de las previstas en términos generales. Sobre el tapete se encuentra la reforma de la directiva sobre armonización fiscal de los hidrocarburos. La presidencia semestral española de la UE quiere que cualquier avance de la armonización de la fiscalidad energética vaya acompañada de progresos en la creación de un verdadero mercado interior de la energía, algo que complica el asunto.

La directiva aprobada en 1992 establecía ya la posibilidad de que los Estados miembros puedan aplicar exenciones o reducciones totales o parciales del tipo impositivo aplicable a los hidrocarburos. La Comisión Europea permite aplicar sobre el tipo máximo uno reducido que, incluso, puede llegar a cero. España, de hecho, aunque no cuenta con un gasóleo profesional como otros países (Holanda, Italia), discrimina fiscalmente este hidrocarburo según su destino, con independencia de si su consumo tiene fin lúdico o estrictamente profesional. El utilizado básicamente en automoción (gasóleo A) está gravado con un tipo de 44.9 pesetas por litro de carburante. El gasóleo B (uso agrícola) y el C (de calefacción) están bonificados parcialmente.

Mientras el Gobierno se decide sobre la fórmula para el gasóleo profesional, algunos colectivos ya han adelantado sus propuestas a Hacienda. La de la patronal del transporte por carretera Fenadismer pasa por la devolución de una parte del impuesto pagado al comprar el producto en las gasolineras. Dicho sistema sería similar al que se aplica actualmente para la devolución trimestral del IVA soportado. Fenadismer propone que Hacienda fije un ¢cupo máximo de litros¢ con derecho a devolución del impuesto, que variaría en función del tipo de vehículo.

El baremo podría ser el utilizado por la Agencia Tributaria para los módulos en el IRPF. En él, se establece que un camión de medio tonelaje, con 120.000 km recorridos, consume anualmente 49.200 litros. Un autobús medio, con 75.000 km, consume 24.750 litros. Un taxi, con 50.000 km recorridos, consume 4.800 litros.

La patronal agrícola COAG quiere que el gasóleo profesional cuente como incentivos una reducción del impuesto especial sobre hidrocarburos al mínimo comunitario, y un tipo reducido (7%) del IVA que también se aplica sobre el carburante.

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