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Los procesos civiles tardan más de cinco años en resolverse

Los plazos para la resolución de los procedimientos judiciales en juzgados y tribunales pueden durar de dos a cinco años, según un estudio del Colegio de Abogados de Madrid. Si los litigios recorren todas las instancias pueden transcurrir entre cinco y diez años hasta conseguir una resolución firme. La primera sentencia que se dicta en un litigio, es decir, en primera instancia, generalmente nunca es antes de que pase un año. Las jurisdicciones que más tardan en resolver los asuntos son la civil y la contencioso-administrativa.

La tardanza de la justicia no es nada nuevo. Todos los años las memorias de los distintos órganos jurisdiccionales arrojan datos escalofriantes sobre el atasco que sufren (más de dos millones de asuntos pendientes) y que año tras año aumenta sin remedio. Algo que repercute de forma muy negativa en los ciudadanos que acuden a los juzgados y tribunales demandando justicia.

El pacto de Estado, que recientemente han firmado el PP y el PSOE para la reformar la justicia, aborda el problema para paliarlo con distintas fórmulas. Por ejemplo, con procedimientos más cortos o simplificados, así como con la creación de más órganos judiciales que agilicen la administración de la justicia. Según un estudio sobre la actividad de los tribunales de justicia en la Comunidad de Madrid elaborado por el Colegio de Abogados de Madrid, antes de obtener la primera sentencia sobre un determinado proceso pasa más de un año en la mayoría de los casos.

Si el proceso recorre sucesivas instancias, los plazos se pueden ampliar a los dos, tres, cuatro o hasta los cinco años de duración. El estudio añade que "el ciudadano encara, con excesiva frecuencia, procesos que pueden alcanzar hasta cinco y diez años, si el asunto planteado puede recorrer todas las instancias judiciales" (es decir, hasta el Tribunal Constitucional). El propio presidente del Constitucional, Pedro Cruz Villavón, expresaba la semana pasada en la presentación de la memoria del tribunal su "insatisfacción" por tardar tanto en resolver los asuntos que llegan.

Los órdenes civil y contencioso-administrativo son los que más tiempo tardan en dar solución a los litigios, sobre todo en las últimas instancias (audiencias provinciales y Tribunal Supremo).

Aunque el informe se refiere sólo a la Comunidad de Madrid, éste es un claro y representativo referente para el resto de las comunidades autónomas. Y es que el mal de las dilaciones está extendido a todos los órganos judiciales.

Según la última memoria que se ha publicado sobre la actividad de todos los juzgados y tribunales del territorio nacional, que corresponde al ejercicio 1999, el atasco supera los dos millones de asuntos pendientes.

Depende del juzgado

Durante 1999 ingresaron 6,5 millones de asuntos nuevos, un 10% más que en 1998. Los casos resueltos en el mismo periodo de tiempo aumentaron un 4,7%, pero los pendientes se incrementaron un 3%. El estudio hace un recorrido por cada uno de los juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid. La muestra pone de manifiesto que dependiendo del juzgado o tribunal que le toque al usuario su asunto puede tardar el doble en resolverse de lo que hubiera tardado si su litigio hubiera sido tramitado en otro juzgado.

Según el informe, "juzgados o secciones que tienen la misma carga de trabajo y la misma dotación alcanzan medias de finalización de los asuntos con diferencias de un año o que duplican la media global de procedimiento".

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