<I>Concertación por decreto </I>
José María Zufiaur considera que lo adelantado hasta ahora por el Gobierno sobre la negociación colectiva choca frontalmente con el modelo de relaciones laborales existente en España, tanto en la forma como en los contenidos.
La pasada semana se abrieron las negociaciones para renovar el Acuerdo Interconfederal sobre Negociación Colectiva que sindicatos y organizaciones patronales suscribieron en 1997 junto con otro acuerdo sobre estabilidad del empleo; al que hay que añadir el firmado sobre pensiones el año anterior, 1996.
Como ya se sabe, el intento de alcanzar una nueva reforma laboral pactada terminó en fracaso y el Gobierno, en concierto consigo mismo y con las posiciones de la CEOE, impuso mediante decreto-ley la reforma que desde el principio había deseado; la renovación, a su vez, del pacto sobre las pensiones se produjo en base a un cambio de parejas: uno de los sindicatos, la UGT, rechazó esta vez el contenido del acuerdo, mientras que la patronal, que se había negado a firmar el de 1997, lo suscribió en esta ocasión.
El resultado de la primera reunión de la mesa sobre negociación colectiva es bastante ilustrativo de las dificultades con las que puede tropezar el proceso nego-ciador.
De la reunión se salió, en efecto, sin ningún acuerdo procedimental: ni sobre las materias a negociar (los objetivos expresados con anterioridad por los sindicatos, por un lado, y el Gobierno y las organizaciones empresariales, por otro, son radicalmente diferentes); ni sobre los integrantes de la negociación, ya que resulta un tanto atípico que participe directamente el Gobierno en este tipo de negociaciones; ni sobre el plazo para intentar alcanzar acuerdos: el Gobierno quiere que la negociación culmine antes de cerrar los Presupuestos del año que viene, mientras que los interlocutores sociales no quieren estar constreñidos por plazo alguno.
Esta negociación es, a mi entender, especialmente importante. No sólo, aunque también, por las consecuencias que puede tener su resultado sobre la unidad de acción sindical y sobre la tan debatida movilización social contra las medidas laborales del Gobierno, sino, sobre todo, porque afecta a la piedra angular sobre la que se asienta todo nuestro sistema de relaciones laborales: la negociación colectiva.
De llevarse a cabo las medidas que desde las áreas económicas del Gobierno se han venido reclamando durante el último año -impedir la prórroga de las cláusulas normativas de los convenios una vez finalizada la vigencia de éstos, eliminar la eficacia general de los convenios sectoriales de ámbito inferior al estatal, facilitar el descuelgue de las empresas respecto de lo pactado en ámbitos superiores y, en general, priorizar la negociación o pacto de empresa-, el ya debilitado equilibrio de nuestro sistema de relaciones laborales quedaría radicalmente modificado.
Pero es, además, particularmente importante porque, tanto en los contenidos como en la forma, lo que ha adelantado hasta ahora el Gobierno choca frontalmente con la filosofía y con el modelo de relaciones laborales que surgió del Acuerdo Básico Interconfederal (ABI), firmado el 10 de julio de 1979 entre la CEOE y la UGT.
Acuerdo que, mediante el consenso entre la UCD, desde el Gobierno, y el PSOE, desde la oposición, se convirtió en el título III -que trataba "de la negociación y de los convenios colectivos"- del Estatuto de los Trabajadores aprobado en 1980.
Desde el ángulo de las formas, el estilo conminatorio con el que el Gobierno ha abierto los procesos de concertación desde que cuenta con mayoría absoluta (o ustedes se ponen de acuerdo en esto para tal fecha o el Gobierno lo llevará a cabo por la vía legislativa) y el anuncio previo de las conclusiones a las que quiere que empresarios y sindicatos lleguen en tales negociaciones (con lo que, por un lado, demuestra que su concepción de la concertación se asemeja a la de un simple trámite consultivo y, por otro, desincentiva de raíz los impulsos negociadores de la patronal, al saber ésta que sus objetivos van a materializarse, sin conceder ningún tipo de contrapartida, gracias a la acción gubernamental), tiene poco que ver con una historia española de la concertación caracterizada por que han sido las partes sociales -empresarios y sindicatos-, y no los Gobiernos, quienes han sido sus principales protagonistas.
Y desde el punto de vista de los contenidos, los objetivos que el Gobierno persigue con esta reforma de la negociación colectiva, debilitamiento de los actores colectivos y de la negociación colectiva como instrumento regulador de las relaciones laborales, se dan de bruces con los dos principios básicos recogidos en el ABI:
w Reconocimiento del más amplio y más profundo juego de la autonomía de las partes interlocutoras en las relaciones laborales.
w Reconocimiento de la presencia y actuación de las organizaciones sindicales y empresariales en todos los ámbitos de las relaciones laborales. Una enmienda a la totalidad, en suma, al texto-base de la concertación social en nuestro país.
La negociación colectiva es una institución que ha funcionado razonablemente bien en España. Incluso se ha instalado en ella una moderación salarial, sin contrapartidas, que funciona sin necesidad de acuerdos. Poner en cuestión unilateralmente los consensos básicos que han posibilitado esos resultados, por razones, además, que son más doctrinarias que reales, es una operación arriesgada.
Operación que puede satisfacer ese gusto por el decisionismo político del que parece poseído nuestro Gobierno, pero que puede ser muy poco rentable para las empresas y la economía de nuestro país.