Indemnización por despido: cómo tributa y cómo rentabilizarla
Hacerse las preguntas adecuadas es clave para optimizarla fiscal y financieramente
Las indemnizaciones por despido pueden estar exentas de tributar en el IRPF, pero solo si se cumplen ciertos requisitos. Por ejemplo, no deben superar los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y la cuantía debe estar determinada por sentencia judicial. Sin embargo, si el importe es superior a 180.000 euros, la parte que excede este umbral sí está sujeta a impuestos.
Antes del 1 de agosto de 2014, estas indemnizaciones estaban completamente exentas en las cuantías obligatorias fijadas por el Estatuto de los Trabajadores. A partir de esa fecha, solo se benefician de la exención los primeros 180.000 euros; el resto se considera renta del trabajo y, por lo tanto, se incluye en la base imponible, lo que puede implicar una mayor carga fiscal, especialmente para quienes tienen salarios altos en contratos ordinarios (aunque la fiscalidad es distinta en los casos de alta dirección).
No obstante, este límite de 180.000 euros no aplica si el despido fue resultado de un expediente de regulación de empleo (ERE) o un despido colectivo cuyo periodo de consultas con la autoridad laboral se iniciara antes del 1 de agosto de 2014.
Una vez que tenemos claro qué impuestos hay que pagar por la indemnización, podemos plantearlos qué vamos a hacer con esa cuantía que hemos recibido y cómo podemos gestionarla adecuadamente. Lógicamente, la forma de proceder va a depender de nuestra situación personal y financiera y de la cifra con la que nos hayan indemnizado.
No es lo mismo recibir la indemnización si ya hemos encontrado otro trabajo o si contamos con otras fuentes de ingresos como, por ejemplo, alquileres, que si estamos desempleados y no contamos con otras rentas. Seguramente, en el primer caso, no tengamos que recurrir a esa cantidad para pagar los gastos del día a día y las mensualidades como la hipoteca, el préstamo del coche o el colegio de los hijos, y podamos invertir la indemnización con el objetivo de rentabilizarla. Invertir la indemnización también puede ser una opción si nos encontramos en una edad cercana a la jubilación y decidimos prejubilarnos o si tenemos suficiente ahorro invertido y patrimonio como para vivir de las rentas.
En este caso es fundamental hacer un ejercicio de planificación financiera y trazar una estrategia global para que sigamos gestionando eficazmente nuestro dinero de forma que podamos garantizar nuestra independencia económica.
¿Qué renta puedo consumir cada año con el patrimonio que tengo? ¿Cómo puedo organizarlo y qué estrategia financiera debería seguir para optimizar fiscalmente las rentas que estoy obteniendo? ¿Puedo invertir integralmente la cuantía de la indemnización por despido? ¿Me conviene rescatar ahora el plan de pensiones? ¿Y si constituyo una renta vitalicia? ¿O invierto en una cartera de fondos?
Responder a esas cuestiones con la ayuda de un asesor financiero y tomarse un tiempo para reflexionar sobre el momento vital en el que nos encontramos, qué preocupaciones tenemos y qué nos gustaría hacer es fundamental para poder gestionar eficazmente nuestro dinero de forma que estemos tranquilos y podamos desarrollar nuestro proyecto biográfico.