La Audiencia Nacional reafirma su competencia para juzgar a la trama Arbistar, acusada de estafar a miles de inversores en criptomonedas

El tribunal rechaza la petición del líder de la trama, Santiago Fuentes, y uno de sus socios de devolver la causa a los juzgados de Tenerife, donde empezó la investigación

Santiago Fuentes, fundador de Arbistar.

La Audiencia Nacional reafirma que tiene la competencia para juzgar a la trama Arbistar, acusada de haber realizado una estafa piramidal que alcanzó a miles de personas que confiaron en la plataforma Arbistar 2.0 para invertir en criptomonedas, entre mayo de 2019 y septiembre de 2020. La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ha rechazado la petición del ...

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La Audiencia Nacional reafirma que tiene la competencia para juzgar a la trama Arbistar, acusada de haber realizado una estafa piramidal que alcanzó a miles de personas que confiaron en la plataforma Arbistar 2.0 para invertir en criptomonedas, entre mayo de 2019 y septiembre de 2020. La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ha rechazado la petición del considerado cabecilla de la organización, Santiago Fuentes, y de su socio Diego Felipe Nojarova, que plantearon que los hechos deben ser analizados por un tribunal de Santa Cruz de Tenerife, donde se inició la investigación de los hechos. Los magistrados han reiterado que la competencia para analizar el caso es claramente de la Audiencia Nacional por el “número elevado de perjudicados” de distintas partes del territorio nacional, incluso de otros países, a lo que se suma que la cuantía supuestamente defraudada “supera con creces” los siete millones de euros que requiere la jurisprudencia para que el caso sea dirimido en un órgano central.

En un auto, con fecha del pasado 10 de julio, al que ha tenido acceso CincoDías, el tribunal presidido por el magistrado Alfonso Guevara, ha rechazado la declinatoria de jurisdicción que los dos acusados invocaron para intentar retrasar el procedimiento. La decisión fue adoptada el mismo día que se celebró una vista previa (que se denomina de de previo pronunciamiento) para debatir esta cuestión, que, según marca la ley, debe ser resuelta antes de la celebración del juicio. El fundador de Arbistar, Santiago Fuentes (en prisión provisional), se enfrenta a una pena de cárcel de 29 años y nueve meses de prisión por estafa agravada, organización y dirección de organización criminal y falsificación de documentos mercantiles. En el banquillo de los acusados también se sientan otros seis miembros de la trama, entre ellos Diego Felipe Nojarova, para quienes se piden penas que oscilan entre 15 años y nueve meses y 23 años y medio cárcel.

Los acusados defendieron que el caso debía devolverse a los tribunales canarios. Según alegaron sus defensas, ninguna de las acusaciones han acreditado ni que la presunta defraudación supere los siete millones de euros exigidos para que la competencia sea de la Audiencia Nacional, ni que 32.000 inversores se hayan visto perjudicados, ya que no hay tantos personados como víctimas en el procedimiento. El tribunal no da validez a estos argumentos porque, según explica, el Tribunal Supremo establece que la competencia de la Audiencia Nacional viene señalada por “las grandes defraudaciones que, sin tener en cuenta su diseminación por el territorio nacional, producen una grave incidencia sobre la seguridad del tráfico y un perjuicio de entidad en la economía nacional” o “si se produce un perjuicio patrimonial en una generalidad de personas que residan en el territorio de más de una audiencia”.

Los magistrados destacan que de los escritos de acusación —la Fiscalía y 12 acusaciones particulares que representan a 8.200 personas que han denunciados lo hechos— se desprende que hay “un número muy elevado de perjudicados, con residencia en distintas audiencias provinciales, y que el perjuicio supera con creces la cuantía que señalan las defensas de los recurrentes”. La Fiscalía cuantifica el daño global causado en 1.902 millones de euros, mientras que el despacho Aránguez Abogados, que representa a cerca de 3.800 afectados, eleva el perjuicio a los 3.500 millones. En cualquier caso, el tribunal indica que será el momento del juicio oral cuando se valore si todas las personas que se encuentran presentes en el procedimiento como perjudicados deben tener dicha condición, así como el importe de la defraudación. Pero mientras tanto, “no puede en absoluto cuestionarse en el momento procesal la competencia de este tribunal para llevar a cabo el enjuiciamiento”, zanjan los magistrados de la Sección Tercera.

Desde 2021

La competencia de la Audiencia Nacional fue una cuestión que, en un primer momento, resolvió el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, José Luis Calama, que ha investigado los hechos durante dos años. La causa dio sus primeros pasos, en septiembre de 2020, en un juzgado de Arona (Tenerife), si bien las pesquisas fueron remitidas a la Audiencia Nacional tras comprobar que el presunto fraude se extendió hasta países como Panamá, Chile, Bélgica, Portugal, Uruguay, Italia, Argentina, Reino Unido, Venezuela, Bulgaria, Cuba, México y Estados Unidos. El juez Calama aceptó su competencia para investigar en abril de 2021, tomando así las riendas de las diligencias que concluyeron en abril de 2023.

El juez instructor afirmó en dicha fecha, cuando dio por finalizada la instrucción y procesó a Santiago Fuentes y sus colaboradores, que la plataforma Arbistar era una “mera simulación” y lo único que hizo era “vender humo” al ofrecer a sus clientes una atractiva rentabilidad de entre un 8% y un 15% por invertir en criptomonedas.

“Con evidente ánimo de lucro, hicieron creer a las víctimas que tenían una estructura empresarial seria, capaz de generar unos fáciles y suculentos beneficios a todos los que confiaran en su fraudulento sistema basado en un bot de arbitraje automatizado, siendo dicho engaño la causa del desplazamiento patrimonial que hicieron todos y cada uno de sus inversores, cuando en realidad dicha sistema no era más que un espejismo causado por la ceguera de la ganancia prometida”, resumió el juez Calama en su auto de procesamiento.

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