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¿Cuentas remuneradas o depósitos en el extranjero? Así se deben declarar en la renta para evitar sustos

Los bancos foráneos no realizan automáticamente la retención de los ingresos. Si el ahorro supera los 50.000 euros se debe presentar una declaración de bienes en el extranjero

Sede de Hacienda en Madrid
Personas atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta, en Madrid, en una imagen de archivo.CARLOS LUJ (Europa Press)
Ricardo Sobrino

Contratar un depósito o abrir una cuenta en un banco extranjero es una práctica que se ha popularizado en el último año. Mientras las entidades españolas se han mantenido a la zaga europea en remunerar a sus clientes por el ahorro acumulado, entidades de otros países, y especialmente neobancos y fintechs, han aprovechado para ocupar ese vacío. En ese sentido, muchos ahorradores españoles han optado por alojar su dinero en entidades radicadas en otro país porque pagan intereses jugosos. Pero a la hora de hacer la declaración de la renta hay que tener en cuenta ciertos aspectos.

Si la cuenta o el depósito los tenemos contratados en un banco con IBAN español, no hay que hacer nada, ya que el propio banco se encarga automáticamente de hacer la retención correspondiente y enviársela a Hacienda. Con comprobar en el borrador de la declaración de la renta que los datos son correctos, es suficiente. Pero si tenemos contratado cualquiera de los dos productos en una entidad con IBAN extranjero, a la hora de hacer cuentas con Hacienda, la cosa se complica un poco más y debemos hacerlo manualmente.

Si se ha contratado un depósito por más de 50.000 euros en una entidad extranjera o si al cierre de 2023 se mantenían más de 50.000 euros en una cuenta con IBAN extranjero, además de presentar la declaración de la renta, hay que remitir el modelo 720 a la Agencia Tributaria como paso previo. Se trata de un formulario meramente informativo en el que se da a conocer a la Administración los bienes que se tienen en el extranjero.

Si la cantidad es inferior a los 50.000 euros, no es necesario presentar el modelo 720, pero la información sobre los ingresos que hemos obtenido de los depósitos o las cuentas se debe incluir manualmente en el borrador de la declaración de la renta, ya que las entidades extranjeras no lo comunican de forma automática a Hacienda. Para ello, haya que buscar en la web o app del banco el informe fiscal de 2023, ahí aparecen los datos del importe bruto recibido para introducir en el borrador.

La casilla en la que se deben declarar los ingresos por intereses de las cuentas bancarios es la 027, en la página 5, el apartado B, “rendimientos del capital mobiliario”. Al pulsar en la casilla se abrirá un desplegable en que incluir los ingresos íntegros. Si en el borrador no parecen los ingresos que hemos obtenido por un depósito o una cuenta remunerada, debemos empezar pulsando “Alta de capital mobiliario”. Posteriormente, en la casilla “Ingresos íntegros” se deben reflejar los ingresos brutos (por ejemplo, 300 euros) y en la casilla “Retenciones” dejarlo en blanco, para comunicar que no nos han aplicado ninguna retención sobre esos ingresos. Automáticamente, el borrador ya debería reflejar el nuevo importe al final.

Es importante comprobar si la entidad ha hecho alguna retención en el país de origen, para evitar una doble imposición. Lo ideal a la hora de abrir una cuenta o contratar un depósito en el extranjero sería comunicar que la residencia fiscal está ubicada en España. Si no se comunica, es posible que la entidad haga retenciones para pagarlas en el país en el que está ubicada (ya sea Alemania, Francia o Italia). En el caso de que se produzca esta situación, y para evitar pagar esos impuestos dos veces, en el borrador de la declaración de la renta hay que detallar las retenciones ya aplicadas, en la casilla de doble retención fiscal.

Cabe recordar que los impuestos se pagan sobre los beneficios que se obtienen. Es decir, no se paga por todo el dinero acumulado en la cuenta, sino por los intereses que nos abona el banco por tenerlo ahí. El porcentaje de impuestos que debemos pagar depende de la cantidad de beneficios. Hasta 6.000 euros, se paga el 19%. Entre 6.000 y hasta 49.999 el 21%. Para un beneficio de más de 50.000 euros y hasta 199.999 euros se paga el 23%. Si se ganan entre 200.000 y 299.999 euros con cuentas o depósitos, corresponde pagar el 27% de esa cantidad. Y de 300.000 euros hacia arriba, el tipo impositivo es del 28%.

Por poner un ejemplo, si un cliente tiene 20.000 euros en una cuenta remunerada a un interés del 2% anual, a lo largo del año habrá obtenido 400 euros brutos y el impuesto a pagar será el 19% de esa cantidad (76 euros).

Abrir una cuenta en una entidad extranjera o contratar un depósito es relativamente sencillo, y muchos ahorradores españoles han acudido debido a las remuneraciones que ofrecen. El neobroker alemán Trade Republic ofrece una cuenta remunerada al 4% hasta 50.000 euros. Igualmente, se ha popularizado la contratación de depósitos a través de la plataforma, que ofrece este tipo de productos en bancos europeos, que pagan intereses sensiblemente más altos que la banca española. Por ejemplo, la italiana Banca Progetto paga un 3,6% por depósitos a un año, el portugués Haitong paga intereses del 3,55% o el sueco TF Bank un 3,45%.

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Sobre la firma

Ricardo Sobrino
Graduado en filología italiana y en periodismo. Redactor de la sección Empresas especializado en información bancaria y finanzas. Canterano de CincoDías, se incorporó al periódico en verano de 2018.
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