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Los afectados por la trama de criptos de Arbistar podrán pedir penas de hasta 18 años de cárcel por estafa

El juez de la Audiencia Nacional modifica el procedimiento judicial a petición de las acusaciones particulares y con el apoyo de la Fiscalía

Nuria Morcillo
Santiago Fuentes, Arbistar
Santiago Fuentes, CEO de Arbistar.

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que ha investigado una de las mayores estafas en inversión de criptomonedas, la que presuntamente habría llevado a cabo la plataforma Arbistar 2.0, ha hecho un importante cambio en la causa. El magistrado instructor ha accedido a modificar el procedimiento para que los miles de afectados puedan solicitar elevadas penas de prisión contra los líderes de esta trama investigados, entre los que se encuentra el fundador de esta compañía, Santiago Fuentes y sus socios Diego Felipe Fernández Nojarova y Víctor Alexander Walter Frantz.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 ha dictado un auto, al que tuvo acceso CincoDías, en el que ha transformado la causa por el presunto fraude de 100 millones de euros como procedimiento ordinario a sumario. De este modo, abre la puerta a que las acusaciones puedan pedir penas superiores a nueve años por un solo delito.

La decisión, adoptada este miércoles, llega después de que la acusación particular representada por Aránguez Abogados, que defiende los intereses de casi 3.500 perjudicados de los 7.000 que están personados en la Audiencia Nacional, instara a realizar esta adecuación procesal. Una petición que fue apoyada por la Fiscalía.

La acusación apuntó que la calificación provisional que prepara, una vez que la instrucción finalizó el pasado mes de abril, podría solicitar penas que llegarían hasta los 30 años de cárcel. En concreto, por estafa agravada las penas que se contemplan van de ocho a 18 años de prisión por el delito de estafa agravada. El escrito de acusación provisional también incluirá el delito de organización criminal, cuya pena oscila entre seis y ocho años de cárcel para los promotores, y entre tres y seis años y medio de prisión para los integrantes; y el delito de falsedad documental, que iría hasta tres años y nueve meses.

En su resolución, el magistrado instructor explica que la ley permite realizar este cambio de procedimiento si se comprueba que los hechos investigados encajan en delitos cuyas condenas “exceden los límites establecidos para el procedimiento abreviado”, como el “delito masa de estafa agravada” que se ha identificado en el denominado como caso Arbistar.

Más de 30.000 víctimas

De hecho, el juez señala que la actuación de esta plataforma, que ofreció a sus clientes una atractiva rentabilidad de entre un 8% y un 15% por invertir en mercados específicos de divisas virtuales, como Kraken o Binance, llegó a a afectar en torno a 32.000 personas en varios países.

Por todo ello, el magistrado concluye que “procede la incoación de procedimiento sumario para preparar el juicio y para averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la culpabilidad de los delincuentes, asegurando sus personas y las responsabilidades pecuniarias de los mismo”.

El juez José Luis Calama comenzó a investigar a la trama Arbistar en abril de 2021, si bien los primeros pasos se dieron en un juzgado de Arona (Tenerife), en septiembre de 2020, que se inhibió a favor de la Audiencia Nacional tras comprobar el alcance del presunto fraude, que habría traspasado fronteras hasta países como Panamá, Chile, Bélgica, Portugal, Uruguay, Italia, Argentina, Reino Unido, Venezuela, Bulgaria, Cuba, México y Estados Unidos.

El juez de la Audiencia Nacional decidió dividir en dos el procedimiento para investigar, por un lado, los presuntos delitos de estafa agravada y organización criminal; y, por otro lado, los delitos de blanqueo de capitales y falsedad documental. El motivo de hacer dos piezas separadas responde a que la necesidad de librar comisiones rogatorias para requerir información a otros países puede alargar la tramitación del proceso.

Una estafa piramidal

Según consta en el sumario de la causa, la operativa funcionó como una estafa piramidal, pues se basó en el ‘boca a boca’, es decir, un cliente llevó a otro, a cambio de beneficios. Para tener pruebas del fraude, la Guardia Civil rastreó las operaciones de la trama y desveló que los fondos aportados por los inversores no tuvieron el destino esperado.

En un último informe policial, los agentes certificaron que los responsables de Arbistar y sus colaboradores hicieron “mínimos” movimientos hacia o desde los exchangers (plataforma digital de intercambio de criptomonedas). Al contrario, realizaron “envíos masivos” de criptomonedas “a personas relacionadas con el entorno de Arbistar 2.0″, pero no a los clientes que esperaban la rentabilidad prometida, concluyó el atestado.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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