La otra cara de la incautación de falsificaciones: los gastos de almacenamiento y destrucción dan la puntilla a las marcas
En la mayoría de países de la UE los asumen las autoridades, pero en España suelen hacerlo las empresas afectadas. Solo se conoce la punta del iceberg de este agujero
¿Se ha preguntado qué pasa con las falsificaciones que interviene la policía, adónde se dirigen después o quién responde de los gastos que supone parar este negocio ilegal? Las noticias suelen finalizar con las incautaciones que realizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, pero el problema no acaba ahí. Aunque suelen tener como destino, por orden judicial, la destrucción, el camino hasta que recae la sentencia que así lo ordena es largo y gravoso para los titulares de los derechos de propiedad intelectual.
Cuando el infractor se opone a la destrucción, los gastos de transporte y almacenamiento hasta que finaliza el procedimiento penal suelen ser asumidos por las propias marcas. El resultado es un agujero cada vez más grande, ya que pueden contarse por toneladas y estar varios años amontonadas. El problema se plantea principalmente “en las intervenciones fuera de recintos aduaneros que llevan a cabo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, especialmente en los puntos de almacenaje y distribución, donde el volumen de mercancías intervenidas es elevado”, explican desde la Asociación para la Defensa de la Marca (Andema), entidad que aglutina a buena parte de las marcas que operan en España.
Se trata de un tema “bastante complejo”, señala José Luis Gómez Pidal, inspector jefe de la sección de delitos contra la propiedad intelectual e industrial de la Policía Nacional. “En la mayoría de los casos, las unidades encargadas de la investigación de este tipo de delitos están en contacto permanente con los representantes de las marcas, coordinando que tanto el transporte como el almacenamiento sea realizado por la propia marca, y custodiando los efectos hasta su orden de destrucción por el juzgado correspondiente”. Actualmente, en España “puede haber más de 200 toneladas de productos falsificados en varios almacenes relacionados con operaciones policiales”, cuyo depósito es gestionado por las empresas afectadas.
Aunque depende del procedimiento, el almacenamiento de estos productos puede durar unos cuantos meses o varios años. “Recuerdo un asunto cuya duración fue de casi dos años, incluyendo recursos”, dice José Carlos Erdozain, of counsel de la consultora de propiedad intelectual Pons IP. A pesar de que la sentencia que ordena la destrucción puede condenar a los falsificadores a asumir estos gastos, recuperarlos también es “complejo” si se declaran “insolventes”, utilizan “entramados societarios” o se refugian en el extranjero, especialmente en países del sudeste asiático como China, advierte la abogada Alodia Carmona, asociada de Baylos, uno de los bufetes que trabaja con las marcas en la lucha contra las falsificaciones.
Costes
Actualmente, solo se conoce la punta del iceberg de los gastos que genera el almacenamiento y destrucción de los artículos falsos, ya que son muy difíciles de cuantificar. Una imagen la da el informe Almacenamiento y destrucción de los productos falsificados incautados en la UE, publicado por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo) el año pasado. Según dispone, solo el coste repercutido a los titulares de derechos por las autoridades aduaneras en concepto de destrucción de zapatillas deportivas, prendas de vestir, perfumes y cosméticos supone una media de 463.000 euros al año.
Ahora bien, “no ha sido posible estimar los costes de almacenamiento y destrucción en relación con las incautaciones por parte de las autoridades policiales”. Por este motivo, “no se dispone de datos específicos”, advierte el informe. Según explican desde la Euipo a CincoDías, “esto se debe a que las incautaciones pueden hacerse según varios marcos legales, investigación judicial, administrativa y civil, y los procedimientos pueden durar varios años. Esta información es difícil de recopilar”.
De los datos disponibles sí se extrae que España ocupa la tercera posición, por detrás de Alemania y Bulgaria, en los gastos que generó la destrucción de los artículos de moda y cosméticos intervenidos por las aduanas españolas entre 2018 y 2021, estimados en 177.000 euros. Quedan al margen los gastos derivados de las investigaciones penales, que son las que más preocupan a las marcas, aunque el informe considera “bastante representativo” un caso de falsificación de artículos de lujo sucedido en España, en el que el titular de derechos tuvo que pagar 11.430 euros por organizar el almacenamiento en una empresa privada de la mercancía incautada.
Según indica el informe de la Euipo, al contrario de lo que ocurre “en la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea, donde los costes de almacenamiento y destrucción corren a cargo de las autoridades policiales, quienes también se encargan de las disposiciones logísticas para el almacenamiento y la destrucción”, España “cobra tasas y solicita apoyo” a las marcas en el ámbito de las investigaciones penales.
Modelo ineficaz
“La consecuencia, derivada de este modelo ineficaz, la sufren las empresas. Para que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad realicen una operación para la aprehensión de material falso, se condicionan las intervenciones a que los titulares de marcas colaboren en el transporte y depósito de las mercancías intervenidas. En ocasiones se trata de grandes partidas que, mientras el juez decide lo que se hace con ellas, hay que depositarlas en algún almacén privado, con los costes que ello conlleva”, denuncian desde Andema. “La otra alternativa es dejar las mercancías depositadas en los lugares donde se intervienen, bajo responsabilidad del presunto infractor, con el riesgo de que vuelvan al mercado”. Y es que la destrucción anticipada que prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal es una facultad del juzgado, que exige de una prueba pericial previa. Sin embargo, “en muchas ocasiones se demora porque en bastantes zonas de España las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no disponen de medios para realizar estas pruebas con la rapidez exigida”.
Este punto también “ha sido subrayado por algunos titulares de derechos”, coinciden desde la Euipo. “Por lo que hemos visto durante la preparación del informe, la falta de armonización de procedimientos a nivel europeo y nacional, así como los elevados gastos de almacenaje y de destrucción en algunos casos, pueden impedir la aplicación de las normas para que los derechos de propiedad intelectual sean respetados”.
Pese a ello, son muchas las marcas que recomiendan dirigir los esfuerzos contra el crimen organizado que mueve la industria de las falsificaciones. “Es un coste, pero hay que verlo como una inversión a largo plazo”, apunta Carolina Álvarez-Ossorio, directora de marketing y comunicación de la firma de moda Ecoalf. En su caso, invierten tanto en la protección como en la defensa de marca, especialmente en internet. Solo en lo que va de año han parado 22.000 falsificaciones de URL, 150 páginas web falsas y 100 anuncios en Meta. “Es fundamental para que no haya falsificaciones”.
Una de las soluciones que proponen desde Andema para hacer frente a este problema es que la Administración “ponga los medios materiales necesarios” para garantizar “la rapidez en los exámenes periciales”. El objetivo es que la autoridad judicial acuerde la destrucción anticipada de la mercancía incautada, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 367 bis y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y, en el marco del proceso judicial, la asociación defiende que se incluyan en las costas judiciales los gastos que genera la gestión del material ilícito intervenido al erario público.
“Como sociedad, no estamos acabando de afinar quién es el perjudicado por las falsificaciones”, considera Lucas Martín, abogado de Auris Advocats, bufete que defiende los intereses de la Kings League, la competición del exfutbolista Gerard Piqué. “Sabemos que el beneficiario de la destrucción de droga es el ciudadano, pero parece que no lo tenemos tan claro cuando se trata de una crema falsa”, opina.
Procedimiento
Aduanas. Es habitual que las autoridades aduaneras actúen en virtud de una denuncia del titular de los derechos supuestamente vulnerados (marcas). Si la estiman fundada, explica José Carlos Erdozain (Pons IP), “proceden a abrir aleatoriamente contenedores” y a “verificar que la documentación de transporte se halle en regla”. Cuando hay sospecha de delito, se levanta atestado y se remite al juzgado. En caso contrario, se abre un procedimiento administrativo contradictorio regulado por el Reglamento europeo 608/2013. Las autoridades notifican la existencia de material incautado a la marca. “En caso de que la empresa informe en plazo de que la mercancía es ilícita, se dará traslado al importador de la mercancía para que presente sus alegaciones”, indica Alodia Carmona (Baylos). Si el dueño del material incautado admite que el material es falsificado o no contesta, será destruido automáticamente. Los gastos ocasionados por el almacenaje (en dependencias aduaneras o privadas) y la destrucción suelen exigirse a la marca, que podrá repetir contra el falsificador, aunque recuperar el dinero es difícil si reside en el extranjero o es una empresa fantasma o insolvente. En el caso de que el importador se oponga a la destrucción negando su carácter fraudulento, la marca deberá iniciar un proceso judicial, normalmente penal.
Juzgado. La mercancía queda bajo control judicial, bien cuando proviene de un atestado policial que informa de la posible comisión de un delito de falsificación, o bien cuando la marca denuncia después de que el titular de la mercancía incautada en aduanas se oponga a su destrucción. La norma aplicable es la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Es el juez instructor quien decide sobre el almacenaje y destino de este material y los costes son tasados por el letrado de la Administración de Justicia. La resolución del asunto puede tardar hasta tres años, tiempo en el que la marca puede tener que costear los gastos. Por este motivo, subraya Alodia Carmona, “es importante contar con un informe pericial que permita solicitar al juzgado la destrucción anticipada de la mercancía, con el fin de mitigar los costes”. Ahora bien, desde Andema señalan que este informe se puede demorar “porque en muchas zonas de España las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no disponen de medios para realizar estas pruebas con la rapidez exigida”. Por ello, llaman a mejorar la celeridad del sistema.