Discriminación a las azafatas de vuelo: una pica en flandes
Tras 24 años de batalla, el despacho Navas & Cusí lleva su caso a las instituciones europeas
¿Por qué los pilotos pueden jubilarse anticipadamente y los tripulantes de vuelo no cuando comparten la misma penosidad y el mismo aparato? Es la pregunta que lancé el pasado martes 9 de abril en la comisión de peticiones del Parlamento Europeo. No sólo hay un agravio comparativo entre dos colectivos que sufren el mismo “jetlag” y los mismos cambios de horario, clima y turbulencias. Sino que además, se añade una discriminación por razón de género porque el 80% de los tripulantes de cabina son mujeres.
La directiva 97/80 prohíbe la discriminación por razón de género y la directiva 2006/54 prohíbe el trato diferente en la Seguridad Social ante situaciones laborales iguales o equiparable. Ambas directivas están siendo incumplidas por el reino de España violando el principio de no discriminación de la Unión Europea (UE). En concreto, los artículos 20, 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales y los artículos 2 y 3 del Tratado de Funcionamiento de la UE.
Pero es que además, el arículo. 4 de la directiva 97/80 mandata a los estados miembros a que la carga de la prueba en caso de presunta discriminación recaiga en quien defiende la inexistencia de discriminación por razón de sexo y vulneración del principio de igualdad de trato. Es decir, en este caso es el mismo gobierno quien tendrá que explicar por qué ante la misma situación laboral unos pueden jubilarse anticipadamente y otras no.
Desde Navas & Cusí presentamos el pasado mes de septiembre una queja ante la Comisión Europea denunciando esta situación. También hemos presentado una queja ante el Defensor del Pueblo europeo. Y ahora hemos llevado el asunto a la Comisión de Peticiones del europarlamento.
Las respuestas que estamos recibiendo son muy positivas. Por una parte, el representante de la Comisión Europea en la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, Antonio Oliveira, nos pidió dialogar sobre el asunto para tratar de buscar soluciones. Un buen comienzo de acercamiento. Por otra, la totalidad de los grupos parlamentarios presentes en la comparecencia (populares, socialistas, liberales y Podemos) apoyaron la petición y pidieron mantenerla abierta. Incluso desde el PSOE, la eurodiputada Cristina Maestre, afirmó que “España tiene una deuda pendiente” con este colectivo. Y también desde Podemos, Esther Sanz, se comprometió a “dar caña” y pidió que la eurocámara “diera un toque” al Gobierno.
La unanimidad parlamentaria y la sensibilidad de la comisión nos abren una puerta a la esperanza para dar solución a este colectivo después de tantos años de lucha. Porque resulta irritante y sin sentido que unos cuenten con más derechos que otros compartiendo la misma fatiga, como apuntan numerosos estudios científicos.
Como dijo en la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo la presidenta del Sindicato Independiente de Tripulantes de Cabina de Pasajeros de Líneas de Aéreas (Sitcpla), Laura Gil, “es repugnante que nos digan que las azafatas no pueden ser viejas, tienen que casarse pronto y cuidar de sus hijos”. Un machismo cultural que parece ser el trasfondo de esta discriminación histórica.
Si conseguimos revertir de una vez esta discriminación por razón de género, evidenciaremos una vez más la primacía del derecho europeo y la eficiencia de la vía europea para solventar muchos problemas que llevan años encallados en nuestro país. Una verdadera pica en Flandes.
Nuestra experiencia es que tanto la queja ante la Comisión como la petición ante el Parlamento Europeo son instrumentos muy eficaces para satisfacer legítimas aspiraciones bloqueadas en las instituciones españolas. Lo hemos visto con asuntos bancarios como la cláusula suelo o las hipotecas multidivisas pero también con el abuso de la temporalidad de las administraciones españolas.
Nuestra experiencia en derecho europeo nos ha permitido librar muchas de esas batallas. Nos enorgullece y nos llena de satisfacción haber logrado que muchos de esos colectivos pudieran alcanzar sus objetivos tras largos años de lucha. No es un camino fácil, pero sí puede ser muy eficaz.
Así lo esperamos para el colectivo de tripulantes de cabina. Porque el RD 1559/1986 de Almunia previó rebajar la edad de jubilación del personal de vuelo pero nunca se aplicó a los tripulantes. Y los pilotos lo lograron por sentencia del Tribunal Supremo en 2013. Entonces, ¿los tripulantes de cabina no son personal de vuelo?, ¿no comparten la misma penosidad que los pilotos? Estas son las preguntas que urgen una respuesta.
Sigue toda la información de Cinco Días en Facebook, X y Linkedin, o en nuestra newsletter Agenda de Cinco Días