La guerra por la tributación de los beneficios de las multinacionales
La promulgación de medidas unilaterales y descoordinadas solo aumenta la incertidumbre para los agentes económicos
Una de las consecuencias de la Gran Recesión asociada a la crisis financiera iniciada en el año 2007 fue la instauración de un paradigma basado en la creencia de que las multinacionales pagaban demasiados pocos impuestos mediante el uso de intrincadas estructuras y artimañas dirigidas a eludirlos. Sin entrar a prejuzgar la bondad de esta línea de pensamiento, fruto de la misma, surgieron diferentes iniciativas coordinadas a nivel internacional dentro del G-20 y, posteriormente, de lo que se dio en llamar el foro inclusivo (o Inclusive Framework por su denominación en inglés) que, actualmente, lo forman más de 130 países.
Dichas iniciativas se agruparon en el marco de un plan de lucha contra dichas supuestas prácticas abusivas conocido como BEPS, por sus siglas nuevamente en inglés. Uno de los vectores más relevantes de dicho plan lo constituía la tributación de la economía digital ya que existía la sensación de que la misma plantea una serie de retos a nivel fiscal que no pueden ser atendidos bajo las herramientas legales contempladas actualmente por el ordenamiento fiscal de los países.
Fruto de las acciones emprendidas para aumentar la carga fiscal sobre las compañías que operan en el ámbito de la economía digital, los estados han venido aprobando nuevas figuras impositivas que tienen como finalidad específica gravar a las mismas. Es el caso de España que en estos momentos, a iniciativa del Gobierno, se halla tramitando una ley para promulgar un nuevo impuesto sobre los servicios digitales que vendría a imponer una tasa del 3 % sobre los ingresos obtenidos por los grandes grupos (con facturación a nivel mundial superior a los 750 millones de euros) de dicha industria en España. De esta forma, España sigue la senda de otros países tanto de la UE (por ejemplo, Reino Unido, Francia o Italia) como de otros territorios (India, Brasil, etc.) que ya han promulgado figuras análogas o se hallan tramitando su aprobación en estos momentos.
En parte como reacción a esta iniciativa en gran medida descoordinada y unilateral de diferentes países para aumentar la recaudación mediante el gravamen específico de los ingresos obtenidos por compañías del ámbito digital dentro de sus fronteras, la OCDE comenzó a trabajar en dos propuestas separadas para reformar el marco de tributación de las multinacionales a nivel mundial de forma coordinada y homogénea. Dichas iniciativas (conocidas como “Pilar I” y “Pilar II”), en caso de ver la luz, constituirían una revolución de las normas fiscales bajo las que se rige la tributación de los grandes grupos de empresas y no solo alcanzarían a los grupos de la economía digital sino también a aquellos que operan en la industria de consumo (es decir, que suministran productos y servicios directamente a consumidores finales).
Mientras que el Pilar I vendría a introducir modificaciones muy relevantes en el ámbito de los conocidos como precios de transferencia, el Pilar II supondría el establecimiento de un impuesto mínimo sobre los beneficios de todas las entidades del grupo con independencia de las reglas aplicables en los países en los que se estableciesen con el fin de evitar la competencia fiscal entre los mismos.
Pues bien, recientemente se ha dado a conocer que Estados Unidos, a través de su secretario del Tesoro (Steve Mnuchin), ha venido a poner en solfa dichas iniciativas que se preveía que pudiesen recibir el consenso de los países integrantes del foro inclusivo este mismo año. Así, ha aparecido filtrado en diferentes medios que el pasado 12 de junio los ministros de finanzas de los principales países europeos que se hallan promoviendo impuestos sobre los servicios digitales, los cuales tienen como principales destinatarios los grandes grupos tecnológicos de origen norteamericano, recibieron una carta de su homólogo americano invitándoles a paralizar la aplicación de los mismos (por su impacto sobre dichos grupos), so pena de la imposición de aranceles sobre parte de sus productos con destino al mercado de EE. UU., y advirtiéndoles de la falta de consenso y de condiciones para avanzar en relación con los dos pilares que vendrían a constituir el nuevo paradigma de la tributación internacional y de los precios de transferencia.
Está por ver si acontecimientos como el posible cambio de gobierno en EE. UU. podría alterar el curso de los acontecimientos y permitir que los principales países lleguen a un consenso sobre el nuevo marco de tributación de los beneficios de las multinacionales pero, por el momento, es previsible que continúe la controversia entre ellos y la promulgación de medidas unilaterales y descoordinadas como las que hemos estado viendo en los últimos tiempos, lo cual solo aumenta la incertidumbre para los agentes económicos en el momento menos adecuado dada la crisis económica y social resultante de la pandemia a la que nos enfrentamos.
Josep Serrano Torres, socio de Deloitte Legal.