El Supremo confirma la condena de los dos acusados por el robo de botellas de vino del restaurante Atrio de Cáceres
Se hicieron con un total de 45 botellas valoradas en 1,6 millones de euros
El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de 4 años y 6 meses de prisión para Constatin G.D., y de 4 años para Priscila L.G. por el robo en octubre de 2021 de un total de 45 botellas de la bodega del restaurante Atrio, de Cáceres, valoradas en 1,6 millones de euros.
La Sala de lo Penal del alto tribunal ratifica íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE), que confirmó a su vez la dictada por la Audiencia Provincial de Cáceres.
Ambos encausados fueron condenados por un delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público de especial gravedad, y deberán indemnizar conjunta y solidariamente a Reale Seguros Generales con los 753.454 euros que la aseguradora abonó en su día a la empresa propietaria de Atrio por la póliza que tenía concertada.
El tribunal, con ponencia de la magistrada Susana Polo, desestima los recursos presentados por los dos condenados, y destaca que la prueba de cargo contra ellos “es abrumadora, sólida y plural”, consistente en la declaración de siete testigos (propietario y empleados del hotel y nueve agentes de la policía nacional que practicaron las diligencias), la comparecencia de cinco peritos y la prueba documental incorporada a las actuaciones.
La grabación, clave
La sentencia destaca de entre las pruebas las grabaciones de las cámaras del interior del hotel-restaurante, que reflejan a Constantin, con mascarilla, intentando en un primer momento abrir de forma infructuosa la puerta de la bodega con la llave equivocada y que hace una llamada avisando a Priscila por un teléfono móvil de que no tiene la llave correcta y tiene que entretener de nuevo al recepcionista.
Se le ve además, indica la sentencia, volver a recepción y coger ya la llave maestra con la que se observa, primero, como abre la puerta y sale minutos después con las dos bolsas y la mochila del lugar que conoce porque lo ha visitado al terminar la cena. Asimismo, el Supremo subraya la prueba de ADN que acreditó que los acusados pernoctaron la noche del 26 al 27 de octubre en la habitación 107 del hotel.
Los hechos probados de la sentencia confirmada indican que los dos acusados actuaron de común acuerdo y con la finalidad de obtener un beneficio ilícito. “Se alojó la mujer en el hotel Atrio de Cáceres el día 26 de octubre de 2021, lugar que conocían por haber estado previamente planificando el hecho que luego se dirá los días 1 de junio, 13 de junio y 12 de agosto de 2021″, señala el relato fáctico.
“Posteriormente, se presentó el varón para cenar y alojarse, sin registrarse, en el hotel. Tras cenar en el restaurante sito en el mismo, realizaron una visita guiada a la bodega. Sobre las 00:20 horas subieron a su habitación, la 107. En ejecución de un plan urdido entre ambos acusados, sobre las 2:10 horas del siguiente día 27 de octubre, la acusada Priscila llamó a recepción, pidiendo una ensalada e interesándose repetidamente por el tiempo que tardaría en ser servida al único empleado que se encontraba en ese momento en el hotel-restaurante”, añade.
“El empleado de recepción, tras negarse a realizar la comanda, manifestándole que se encontraba solo y la cocina cerrada y extrañado por la solicitud, dado que habían cenado un menú degustación de 14 platos, ante la insistencia de Priscila accedió a la petición, indicando que tardaría por lo menos unos 20 minutos en servir lo solicitado --añade el relato de hechos--.
“El empleado se dirigió a la cocina, momento aprovechado por el acusado Constantin, quien se presentó en la recepción donde cogió una llave electrónica con la que acudió a la bodega, no teniendo éxito en su apertura por no tratarse de la llave adecuada. El empleado, tras subir la ensalada, regresó a recepción. Constantin desde la puerta de la bodega hizo una llamada a Priscila para que volviera a entretener al recepcionista”, recuerda la sentencia.
La llave equivocada
Así, momentos después, la acusada reiteró la llamada a recepción, en esta ocasión, para solicitar un postre, a lo que nuevamente el empleado puso reparos, accediendo finalmente a llevarle algo de fruta.
Constantin volvió a la recepción y de una caja cogió la llave maestra número 27, abriendo con ella la bodega, accediendo a la sala de catas donde se apoderó de botellas de vino valoradas en 1.648.500 euros que guardó en una mochila y dos bolsos de gran tamaño subiendo inmediatamente a la habitación antes del regreso del empleado a la recepción.
La resolución recuerda que todas las botellas se encontraban a disposición de los usuarios del restaurante en la carta de vinos por ese precio total.
Por último, señala que “los acusados abandonaron precipitadamente el hotel sobre las 5:00 horas cargando el varón la mochila a la espalda y los dos bolsos con las botellas, en las que había introducido cuatro toallas del baño de la habitación del hotel para evitar que tintinearan entre ellas, subiéndose a un vehículo Mercedes A-180 de color rojo”.
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