_
_
_
_

La vivienda como complemento a la pensión

Productos como la hipoteca inversa ganan adeptos entre los jubilados que únicamente han ahorrado en el ladrillo

Blue house model and gold coin stack for Mortgage Investment
photoman (Getty Images/iStockphoto)

El 77% de los españoles reside en una vivienda en propiedad. Esta cifra, sacada de un informe de Fotocasa Research, refleja claramente la querencia de la mayoría de los ciudadanos por invertir en ladrillo. Se trata de una costumbre, más arraigada aquí que en otros países de nuestro entorno, que tiene como contrapartida que el ahorro financiero suele ser menor.

Ante esta situación, cada vez más personas se preguntan, según se acercan a la edad de jubilación o si han entrado en ella, si resulta interesante utilizar su vivienda para conseguir un complemento a la pensión. En el caso de la hipoteca inversa, se trata “de un tipo especial de préstamo hipotecario dirigido a personas a partir de 65 años, con vivienda en propiedad sin cargas, que permite obtener liquidez de ese patrimonio inmobiliario sin perder la titularidad de la vivienda, de la que se puede disfrutar hasta el momento del fallecimiento”, explica Virginia Calderón, subdirectora de desarrollo del negocio vida individual de Mapfre España.

El 77% de los españoles vive en una casa en propiedad, según Fotocasa Research

Para Nuria López, directora de servicios transversales e hipoteca inversa de Caser, esta modalidad de préstamo es una fórmula excelente para convertir en renta los inmuebles, “además de ser el único producto regulado existente en el mercado que permite obtener unos ingresos sobre la vivienda sin perder la propiedad de la misma y sin tener que dejar de vivir en ella”, resalta.

Desde Caser ponen dos ejemplos. Imagine un matrimonio de 70 años propietario de un piso valorado en el mercado en 400.000 euros, a través de una de estas hipotecas inversas tendrían la opción de beneficiarse de una disposición única inicial de 56.000 euros o percibir mensualidades de 291,47 euros hasta el año 2054. Otro caso: una persona sola de 80 años con una vivienda de 250.000 euros podría obtener un único pago de 52.500 euros o 197,01 euros al mes hasta 2045.

Una persona de 80 años con un piso valorado en 250.000 euros obtendría 197 euros al mes

Según el análisis de José Luis Manrique, director de estudios y estadísticas del Observatorio Inverco, “su eficiencia es tanto mayor cuanto más alta sea la edad de la persona que está jubilada”. Además, ante la conveniencia de incentivar el trasvase del ahorro inmobiliario hacia productos financieros “para atender necesidades crecientes en un contexto de mayor longevidad, debería regularse una exención de plusvalía para ventas de inmuebles de hasta 240.000 euros”, propone,” siempre que el dinero de la venta se transfiera a un plan de pensiones para cobro obligatorio vía renta financiera a largo plazo, al igual que ya existe para rentas vitalicias”.

Pero es un producto que no convence a todo el mundo. Según Jesús Pérez, profesor del IEB, en España no son útiles, ya que solo ofrecen “importes de alrededor del 40% del valor de mercado del inmueble, van dirigidas a una minoría de potenciales usuarios, que son los que dispongan de viviendas de alto precio, y eso no ocurre en la mayoría de los casos”.

Otras opciones

Si ya nos salimos del requisito de “querer mantener la vivienda en propiedad para los herederos”, añade López, existen otras fórmu­las, como “el alquiler inverso o venta de nuda propiedad, que permiten también obtener unos ingresos sobre la casa, pero perdiendo la propiedad de la misma, aunque sin tener que dejar de vivir en ella”.

“Cada vez vivimos más años y pensar en la vivienda como activo para tener más liquidez durante nuestra jubilación es una buena y recomendable opción”, opina Belén Alarcón, socia y directora de asesoramiento patrimonial de Abante, quien, no obstante, recomienda que decisiones de este tipo vayan siempre acompañadas de un buen asesoramiento, “que nos ayude a analizar todas las fórmulas para ver cuál es la que más nos conviene y entender las implicaciones de cada una de ellas”.

Sigue toda la información de Cinco Días en Facebook, Twitter y Linkedin, o en nuestra newsletter Agenda de Cinco Días

Más información

Archivado En

_
_