Los acreedores de las renovables redoblan su ofensiva y llevan a EE UU otra condena contra España de 24 millones
Se trata del octavo laudo arbitral que los inversores, apoyados en el fondo Blasket Renewable, piden reconocer en territorio estadounidense para cobrar la indemnización


Los acreedores por el recorte de las primas de las renovables abren un nuevo frente contra España. Un consorcio germano-suizo formado por DCM Energy, Edisun Power Europe y Hannover Leasing Sun Invest, que invirtió entre 2007 y 2009 en platas fotovoltaica, ha llevado a Estados Unidos el fallo dictado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) ―la corte de arbitraje del Banco Mundial― para instar al cobro de una indemnización de 23,9 millones de euros, más intereses por el tijeretazo a los incentivos prometidos por invertir en energías renovables.
El grupo inversor presentó el pasado 20 de enero una demanda para solicitar el reconocimiento y ejecución del laudo ante el Tribunal del distrito de Columbia (competente para resolver controversias del derecho mercantil internacional), según la documentación judicial consultada por este periódico. Se trata del octavo laudo del Ciadi que los inversores perjudicados por la minoración de las retribuciones esperadas por invertir en energía verde pone en manos de la justicia estadounidense, que ha abierto la puerta a que los demandantes requieran el embargo de bienes comerciales y activos españoles en dicho territorio.
El mismo tribunal de Columbia dio luz verde en 2025 para registrar siete laudos por el importe total de 632 millones de euros (más intereses), siguiendo el criterio de la instancia de apelaciones, que afirmó que los laudos tienen carácter de sentencias firmes. De este modo, se inició la fase de localización de bienes susceptibles de embargo (lo que en el sistema judicial estadounidense se conoce como discovery) como fianza ante el posible impago tras las eventuales ejecuciones de las decisiones del Ciadi. Así, los acreedores pusieron en el foco pagos relacionados con la participación de la selección española de fútbol en el Mundial o uno de los mayores contratos firmado por el Ministerio de Defensa, que comprometería la adquisición de cuatro sistemas antiaéreos Patriot, valorado en 1.440 millones de euros.
El nuevo laudo puesto a disposición de los tribunales de EE UU se encuentra paralizado hasta que el Tribunal Supremo estadounidense decida sobre el recurso que planteó la defensa española para intentar frenar estos procedimientos, según señalan fuentes jurídicas conocedoras de este proceso. En caso de que el alto tribunal desestime el recurso de España, como sugirió el procurador general (que representa al Gobierno federal ante el Tribunal Supremo), el juez Randolph D. Moss, a quien se ha asignado la tramitación de la demanda de DCM Energy y los otros inversores, podrá seguir avanzando.
Las fuentes consultadas prevén que el magistrado siga los mismos pasos que los dados en los otros siete casos, teniendo en cuenta que el tribunal de apelaciones ya se pronunció. De ser así, la cuantía reclamada en Estados Unidos ascenderá a 655,76 millones de euros.
Decisión por mayoría
El laudo a favor de DCM Energy, Edisun Power Europe y Hannover Leasing Sun Invest se dictó el pasado 8 de septiembre, si bien su contenido no ha trascendido hasta ahora porque estaba sujeto a confidencialidad. El tribunal arbitral de Ciadi afirmó que España vulneró el Tratado de la Carta de la Energía (TCE) ―del cual España y la Unión Europea han decidido abandonar― “al no conceder un trato justo y equitativo a las inversiones de los demandantes en plantas fotovoltaicas y al obstaculizar la gestión, el mantenimiento, el uso, el disfrute o la enajenación de dichas inversiones mediante medidas irrazonables”.
No obstante, el panel de árbitros no llegó a esta conclusión de forma unánime. El presidente del tribunal, Pierre-Marie Dupuy, no comparte que los inversores fueran perjudicados con las medidas introducidas en el sector eléctrico. Aunque coincidió con el resto de árbitros en que no tenían jurisdicción para analizar la legalidad del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), un tributo del 7% creado en España en 2012 para financiar el déficit tarifario, y si éste perjudicó a las inversiones de los demandantes, el presidente discrepó en que esta tasa fuera tenida en cuenta para calcular la indemnización. Finalmente, el laudo reconoció el derecho del grupo germano-suizo a recibir una indemnización de 23,9 millones de euros, a lo que se deben sumar las costas judiciales más intereses de demora.
El recorte de las primas de las renovables, primero en 2010 especialmente en el ámbito de la fotovoltaicas y luego, con más incidencia, en 2013 con la reforma eléctrica, lo que provocó una avalancha de demandas en distintas cortes de arbitraje (la mayoría en el Ciadi). En total se presentaron 51 demandas, de las cuales 29 se han resuelto ya a favor de los inversores y 18 han sido favorables a España. De los más de 10.000 millones de euros en total que se reclamaron inicialmente, las cortes de arbitraje han reconocido indemnizaciones por alrededor de 1.800 millones de euros, cuantía que se eleva hasta los 2.300 millones si se tiene en cuenta intereses de demora, costas judiciales y otros recargo.
España se ha negado a pagar estas compensaciones, alegando que la justicia europea vetó los arbitrajes entre inversores europeos y estados miembro de la Unión Europea; y que la Comisión Europea (que respalda la posición española) debe autorizar dichos pagos. En esta línea, el Gobierno ha accedido a pagar a un único demandante, a la empresa japonesa JGC (23,5 millones de euros más intereses), al tratarse de un inversor extraeuropeo.