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Un fallo de la justicia británica frena el intento de fondos oportunistas a pleitear contra España por la prima de las renovables

Un tribunal de lo mercantil de Londres rechaza que los derechos del arbitraje por el valor 29,3 millones de euros sea cedido a Blasket Renewable Investments

Energias renovables

Un reciente fallo de un tribunal mercantil de Londres ha dado una nueva arma legal a España para tratar de tumbar todos los litigios que fondos oportunistas han abierto con el objetivo de cobrar indemnizaciones por el recorte de las primas de las renovables, como consecuencia de la reforma eléctrica de 2013. El Tribunal Mercantil de Londres avaló el pasado 11 de noviembre los argumentos de España de que los laudos dictados en virtud del Convenio Ciadi ―la corte de arbitraje del Banco Mundial― o del Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE) no son cesibles. De este modo, frustra el intento del fondos de inversión, como Blasket Renewable Investments, de hacerse con los derechos de los laudos iniciados por otras empresas que se vieron afectados por el tijeretazo a los incentivos prometidos.

Esta decisión adoptada hace más de 10 años motivó la presentación de medio centenar de arbitrajes con la intención de recuperar las ganancias pérdidas. En algunos de ellos, fondos de inversión oportunistas lideran su representación legal o han comprado los derechos de cobro. En este sentido, han abierto distintas vías judiciales para reclamar el embargo de bienes españoles en el extranjero mientras se resuelve si cabe ejecutar los laudos fallados a favor de los inversiones.

Un tribunal mercantil de Londres ―donde precisamente se encuentra embargada la sede del Instituto Cervantes y 699.000 libras depositadas en cuatro cuentas bancarias de la institución, el colegio internacional Instituto Español Vicente Cañada Blanch y la Agencia para la Competitividad de la Empresa de la Generalitat de Cataluña― ha rechazado que los derechos del litigio sobre la inversión de Operafund Eco-Invert icav y Schwab Holding se cedan al fondo Blasket.

España se opuso a la solicitud de sustitución (realizada en julio de 2024) alegando que la cesión era ineficaz, ya que un laudo dictado en virtud del Convenio Ciadi podía ser cedido por un acreedor privado sin el consentimiento del deudor soberano en el momento de la cesión. El juez Pelling KC ha dado la razón a la Abogacía del Estado y ha concluido que, según el derecho internacional, el acreedor no tenía reconocida dicha posibilidad. Asimismo, ha ordenado a Blasket que abone a España las costas por el procedimiento de sustitución. Este fallo aún no es firme, ya que puede ser recurrido.

El tribunal de arbitraje del Ciadi reconoció en 2019 que Operafund y Schwab debían ser compensados con 29,3 millones de euros más intereses por el recorte de las primas de las renovables.

“Nueva herramienta de defensa”

Fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico celebran este fallo y aseguran que esta decisión judicial es una “nueva herramienta de defensa” para España en los distintos procedimiento en los que se defiende de la estrategia legal empleada por los fondos oportunistas. “La creación de un mercado en el que se comercializa con los derechos de cobro de indemnizaciones impuestas por tribunales arbitrales se considera inadmisible e invalido desde el punto de vista del derecho internacional”, señalan las mismas fuentes.

De los 51 arbitrajes presentados contra por el recorte retributivo a las renovables, ejecutado por el Gobierno del PP de Mariano Rajoy, España han ganado 10 de estos litigios y ha logrado anular otros tres. Asimismo, cuatro de los inversores desistieron o renunciaron finalmente de continuar con los pleitos. De los 27 laudos dictados a favor de los inversores, que acumula una deuda pendiente de 1.500 millones de euros más intereses legales.

De ellas, España únicamente ha afrontado la indemnización de unos 23,5 millones a un inversor extracomunitario, la empresa japonesa JGC, después de recibir la aprobación de la Comisión Europea, que tiene que dar luz verde a las indemnizaciones, y tras negociar con Blasket (que cuenta con los derechos de este litigio) poner fin a todos los procedimientos abiertos alrededor de este asunto, según indicaron fuentes del Ministerio de Transición Ecológica.

La Abogacía del Estado defiende que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea limitó los arbitrajes entre inversores comunitarios y Estados miembros de la Unión Europea y, en base a ello, rechaza abonar las indemnizaciones. La Comisión Europea opina lo mismo, pues rechazó que España abonara la compensación de 101 millones de euros por el caso Antin (cuyos derechos también fueron vendidos a Centerbridge)

Con este contexto, fuentes gubernamentales calculan que de la factura total se pueden ahorrar más de 1.300 millones, ya que es la cantidad que corresponde a arbitrajes iniciados por sociedades afincadas en la Unión Europea. Así, cuentan con desembolsar únicamente unos 167 millones de euros en indemnizaciones a cuatro inversores extracomunitarios, no sujetos al derecho europeo, aunque Brusela aún no se ha pronunciado sobre su autorización.

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