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Los controladores aéreos recrudecen el conflicto contra Enaire: demandas ante Estrasburgo y negociaciones tras los fallos del Supremo

La renovación del convenio colectivo en 2010, que provocó una huelga en el sector, sigue coleando por los complementos salariales que dejaron de percibir parte de los trabajadores

Un controlador aéreo en la torre de Palma de Mallorca.
Nuria Morcillo

Los controladores aéreos recrudecen su batalla contra Enaire. Por un lado, el grupo de profesionales que llevan años en pie de guerra contra la empresa pública por no poder disfrutar de unas mejoras salariales aprobadas como consecuencia de una reorganización interna —acusan a Enaire de enchufismo— han decidido llegar al fondo del asunto y han presentado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dos demandas para lograr la compensación reconocida por la Audiencia Nacional y que, finalmente, les denegó el Tribunal Supremo. Por otro lado, el Sindicato Nacional de Controladores Aéreos (SNCA) se ha reunido con la matriz de Aena para llegar a un acuerdo sobre el cumplimiento con otra sentencia del Tribunal Supremo que obliga a igualar la escala salarial de los profesionales, independientemente de la fecha de contratación, con efectos retroactivos.

Dos conflictos distintos pero con puntos en común: las condiciones salariales y, como telón de fondo, la renovación del convenio colectivo en 2010 que abrió una intensa batalla laboral entre el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y los controladores aéreos, que desembocó en un arbitraje, y una huelga que provocó la declaración del primer estado de alarma de la democracia para cerrar el espacio aéreo. Ese marco laboral —que estuvo vigente hasta 2023, cuando se firmó el tercer pacto laboral— determinó un aumento de la jornada laboral y tres complementos salariales, que no fueron aplicados a todos por igual y que ha dado pie a dos conflictos legales, que aún siguen coleando.

La primera de las controversias se remonta a 2006, cuando 165 personas superaron la convocatoria pública de empleo, pero fueron distribuidos en cuatro promociones para realizar el curso básico que daría acceso a Enaire. El conflicto se originó con la aprobación del segundo convenio del sector, el 5 de febrero de 2010, ya que los dos primeros grupos fueron contratados antes de dicha fecha, lo que les permitió beneficiarse de las mejoras salariales; mientras que los otros dos fueron incorporados a la plantilla después y quedaron al margen de las subidas. Tanto la Audiencia Nacional —en el marco de una demanda de conflicto colectivo presentado por las organizaciones sindicales del sector—, como los juzgados de lo social de Barcelona y Reus (Cataluña) —en el caso de dos denuncias particulares— constataron, gracias a un acta del tribunal de selección, que la clasificación en un curso u otro no fue por sorteo, como alegó en un principio la compañía, sino que jugaron importantes factores, como los “lazos familiares” de los aspirantes con trabajadores de la compañía pública, para que fueran colocados en las dos primeras hornadas.

Largo recorrido judicial

Tras varias idas y venidas, la Audiencia Nacional sentenció en enero 2022 que no todos los controladores tuvieron las mismas posibilidades de acceso al trabajo y ordenó reconocer a 72 trabajadores los mismos derechos que sus compañeros, así como una indemnización equivalente a las cantidades que no habían percibido. Fuentes jurídicas señalan que las indemnizaciones varían en función de la situación de cada afectado, pero las sentencias sobre cada caso individual rondan entre los 50.000 y 80.000 euros. El Tribunal Supremo revocó este fallo dos años más tarde, al considerar que los sindicatos no tenían legitimación para demandar porque no existe una afectación que se extienda a un “grupo genérico de trabajadores”, sino que se trata de una cuestión “individual o plural”. Asimismo, precisó que en los dos primeros grupos también se encuadraron a aspirantes que superaban una determinada edad o que ya tenían una relación laboral con la empresa.

Los sindicatos, asesorados por David Sesquera, socio del despacho Ibiza 1 Abogados, no cejaron y presentaron incidentes de nulidad para pedir una rectificación al Supremo. Así, lamentaron que el alto tribunal modificara de forma “insólita” los hechos probados de la sentencia, al tiempo que denunciaron falta de imparcialidad del tribunal por la presunta cercanía del abogado de Enaire (que sustituyó a la Abogacía del Estado por los servicios del despacho Sagardoy) con los magistrados de la máxima instancia judicial que analizaron estos hechos. Ambos incidentes fueron rechazados por el alto tribunal, lo que abrió la puerta a la solicitud de amparo ante el Tribunal Constitucional por vulneración de derechos, si bien, esta vía también fue cerrada, ya que el órgano de garantías lo inadmitió por falta de trascendencia.

Tras este largo recorrido judicial, los representantes de los trabajadores han elevado el asunto al TEDH para denunciar la “discriminación por nepotismo” de Enaire con afectación en el patrimonio de los afectados y por vulneración a la tutela judicial efectiva. Las demandas presentadas ante el tribunal con sede en Estrasburgo, dirigidas por el despacho Salama-García Blanco Abogados (especialista en jurisdicción europea) y a las que ha tenido acceso CincoDías, lamentan que el Supremo haya ventilado uno de los asuntos “más sonrojantes” que rodea a una entidad pública sin pronunciarse sobre el fondo del asunto. “En una sociedad democrática moderna resulta objetivamente injustificable una discriminación basada en los contactos de los candidatos al empleo público con el personal de la entidad contratante. Y frente a la claridad de la discriminación probada ante la Audiencia Nacional, la respuesta final del Tribunal Supremo equivale a una evidente denegación de la justicia, ya que rechaza la demanda por motivos formales y sin entrar en el fondo de tal discriminación”, señalan los escritos.

Asimismo, los sindicatos vuelven a resaltar las relaciones de la defensa de Enaire con los magistrados del Supremo y afirman que es una muestra más de que “la denegación de la justicia no puede ser más clara”. El tribunal respondió en la providencia en la que rechazó este incidente nulidad que los vínculos son meramente “académicos”.

La otra discusión está relacionada con la doble escala salarial que la entidad pública aplicó a sus trabajadores en función de la fecha de incorporación. Como resultado del laudo arbitral dictado por el exministro Manuel Pimentel en marzo de 2011, y que zanjó la batalla laboral, el segundo convenio aplicó una rebaja de hasta un 40% menos del complemento de puesto de trabajo para aquellos controladores que ingresaran después de dicha fecha. SCNA denunció esta desigualdad ante la Audiencia Nacional, que en 2022 falló a favor de sus pretensiones. Este fallo fue ratificado el pasado 30 de octubre por el Tribunal Supremo, que consideró que el derecho a la igualdad había sido vulnerado y ordenó a homogeneizar la situación a todos los trabajadores y compensar las pérdidas con efectos desde diciembre de 2020, cuando se llevó el caso a los tribunales.

Tres meses después de la sentencia firme, los controladores aseguran que Enaire no ha abonado las cantidades impagadas, por lo que el sindicato envió un burofax a la empresa pública para requerir la identidad de los responsables de no acatar el fallo judicial a efectos de iniciar acciones legales. Ante dicha comunicación, Enaire convocó el pasado jueves a los representantes sindicales para llegar a un acuerdo que permita cumplir con la obligación judicial del Supremo, según han informado fuentes conocedoras a este proceso.

Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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