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Victoria del Real Madrid en el Supremo: el tribunal blinda su marca y no permite el registro del Madrid CFF

Los magistrados consideran que el equipo femenino se aprovechaba de la reputación y notoriedad del club que preside Florentino Pérez por la similitud entre sus nombres

Hugo Gutiérrez
Jugadores del Real Madrid celebran un gol durante un partido de la Liga F, en el estadio Alfredo Di Stéfano de Madrid.
Jugadores del Real Madrid celebran un gol durante un partido de la Liga F, en el estadio Alfredo Di Stéfano de Madrid.Daniel Gonzalez (EFE)

El Real Madrid gana en el Tribunal Supremo al equipo femenino Madrid CFF en su disputa por el registro de su marca. “Procede estimar el recurso de casación por entender que la marca solicitada [Madrid CFF] resulta incompatible con las marcas notorias opuestas por las empresas recurrentes [Real Madrid]”, zanjan los magistrados en una sentencia fechada el pasado 7 de noviembre a la que ha tenido acceso este diario. De esta forma, el Alto Tribunal da la razón al conjunto de Chamartín y considera que el club femenino se aprovechaba de la reputación y notoriedad del equipo blanco por la similitud entre sus nombres.

“No cabe duda de que la marca Real Madrid o Madrid en el ámbito de los clubes deportivos o para la actividad deportiva en general y en especial para el fútbol y baloncesto goza de un renombre internacional muy arraigado”, sostiene la Sala de lo Contencioso del Supremo. Esto es, existe una semejanza y puede haber consumidores que crean que se trata de la misma institución. Así, se trata de proteger la marca y se evita que en un puesto de Londres, por ejemplo, pueda estar la camiseta del Madrid CFF y un consumidor la compre pensando que es del Real Madrid. De hecho, ambos equipos visten de blanco, los dos lucen el nombre de la capital española y ambos llevan las iniciales CF (club de fútbol) en su escudo.

Eso sí, la historia ha podido ser muy diferente, ya que en origen la idea del Madrid CFF era que se convirtiese en la sección femenina del Real Madrid. Sin ir más lejos, fue fundado por un socio madridista (Alfredo Ulloa). Sin embargo, el CD Tacón se llevó el gato al agua y fue el club que terminó comprando el Real Madrid para iniciar su andadura en el fútbol femenino desde la temporada 2020-2021.

La batalla por la marca comercial se remonta precisamente a 2020, cuando la Oficina Española de Patentes y Marcas denegó la inscripción de Madrid CFF al Club Deportivo Elemental Madrid Club de Fútbol Femenino. Una decisión que recurrió ante la justicia y que el Tribunal Superior de Madrid revocó en mayo de 2022 porque “no existía semejanza dominativa, fonética o gráfica entre los distintivos en liza”.

Sin embargo, la entidad que preside Florentino Pérez no estaba conforme y llevó el caso al Supremo, donde ha logrado finalmente la victoria. “La sentencia infringe los citados preceptos por estimar exigible la existencia de un riesgo de confusión para otorgar protección reforzada a la marca renombrada, cuando no es necesario apreciar una similitud tal que determinase un riesgo de confusión entre las marcas renombradas y la solicitante, sino que bastaría un grado de similitud que, pese a ser ligero, fuese suficiente para que el público estableciese un vínculo entre los distintivos que permitiera aprovecharse indebidamente de la reputación de las marcas notorias inscritas”, defendía la defensa del Real Madrid.

Mientras tanto, el Club Deportivo Elemental Madrid Club de Fútbol sostenía que “la protección de las marcas notorias no es absoluta, pues aunque no se exige identidad de servicios sí resulta exigible un cierto riesgo de confusión o asociación”. Pese a ello, los magistrados han dado la razón al equipo merengue, en parte por la protección reforzada que tienen las marcas notorias.

“El criterio sobre el riesgo de confusión y asociación con los signos notorios ha de ser más riguroso, puesto que el amplio conocimiento de las marcas notorias por parte del público consumidor puede hacer que signos relativamente diferentes sean sin embargo confundidos o asociados con ellos, precisamente por su amplia difusión y conocimiento”, recoge la jurisprudencia de la sala. Es decir, basta con que haya “riesgo de asociación o vinculación que haga pensar al consumidor medio que ambos productos, aun diferentes, tienen un mismo origen empresarial”.

Protección de marcas notorias

En esta misma línea, una sentencia de la Sala Primera del Supremo de 2017 ya recogía esta interpretación: “Para que exista infracción es necesario que mediante la evocación de la marca notoria, el empleo del signo controvertido conlleve un aprovechamiento indebido del carácter distintivo o de la notoriedad de la marca o perjudique su distintividad o notoriedad”. De hecho, el Alto Tribunal aplica esta protección incluso en ámbitos no coincidentes, ya que cobra importancia la difusión, poderío y penetración en el mercado. “Cuanto más fuerte sea el carácter distintivo de la marca anterior más probable será que, ante una marca posterior idéntica o similar, el público evoque o la asocie con la marca renombrada”, zanjan los magistrados.

Por todo ello, el Real Madrid logra una nueva victoria, esta vez no en los terrenos de juego, sino en los tribunales: el Supremo estima su recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y desestima el recurso del Club Deportivo Elemental Madrid Club de Fútbol Femenino contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Así, solo el Real Madrid podrá explotar comercialmente la fuerza de su nombre y cierra la puerta a que lo hagan otros equipos con nombres similares.

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Sobre la firma

Hugo Gutiérrez
Es periodista de la sección de Economía, especializado en banca. Antes escribió sobre turismo, distribución y gran consumo. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS tras pasar por el diario gaditano Europa Sur. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla, Máster de periodismo de EL PAÍS y Especialista en información económica de la UIMP.

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