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Tribuna
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La extinción de contratos de altos directivos como Paolo Vasile, Pablo Isla o Rami Aboukhair

La prestación de servicios de alta dirección presenta unas específicas características que conllevan un régimen jurídico especial

Paolo Vasile
Paolo Vasile
Madrid -

A lo largo del año 2021 y 2022 se han producido sonoras salidas de altos directivos, consejeros, CEOs y directores generales con mediáticas y millonarias indemnizaciones. La tónica general de dichas salidas ha sido el sigilo y la discreción tanto en las causas como en la negociación y el contenido del acuerdo, habitualmente acompañado de una cláusula de confidencialidad.

Podemos destacar las recientes salidas de Paolo Vasile de Mediaset España, Pablo Isla de Inditex (llevándose 23 millones de euros en concepto de indemnización y con independencia de otros conceptos como planes de jubilación) o Rami Aboukhair del Banco Santander, quien era consejero delegado y mano derecha de Ana Botín.

En otras ocasiones la salida se lleva a cabo a través de un cese igualmente acompañado de una indemnización millonaria, como el reciente caso de Fernando Abril-Martorellcesó, quien dejó su cargo en Indra con una indemnización de seis millones de euros. En cualquier caso, todas estas indemnizaciones quedan lejos del mítico récord de 108 millones de euros que Banco Santander pagó en 2002 a Ángel Corcóstegui. También cabe destacar la conocida indemnización de Francisco González, que obtuvo más de 100 millones de euros al dejar la presidencia de BBVA en 2018.

La otra cara de la moneda de estas sonadas salidas está en la negociación de los contratos de alta dirección para los principales puestos de responsabilidad de las empresas que, a lo largo del último lustro, ha requerido una especial preparación técnica para conseguir las mejores condiciones contractuales tanto en la terminación contractual como en las nuevas incorporaciones a las entidades.

En concreto, la prestación de servicios de alta dirección presenta unas específicas características tanto con respecto al contenido del puesto de trabajo como en relación a su sistema retributivo, que conlleva un régimen jurídico especial y que tiene su máxima expresión en el particular modo de extinción del vínculo profesional. La extinción del contrato del alto directivo puede obedecer a diferentes causas, como el desistimiento de la empresa (sin necesidad de alegar causa alguna), el despido o la renuncia del trabajador.

En cualquiera de las circunstancias anteriores, lo deseable en aras de preservar la imagen corporativa y la paz empresarial es que se plantee una negociación temprana entre ambas partes que, para llegar a buen puerto por parte del alto directivo, requiere un asesoramiento técnico legal preventivo que garantice una salida en las mejores condiciones posibles.

Dicha negociación presenta una particular complejidad, no solo por su régimen especial, sino por las diversas derivadas y partidas económicas a tener en cuenta en una negociación pactada, tales como bonus, pluses, venta de acciones o participaciones de la mercantil que se posean, la comentada indemnización de salida, plan de pensiones, alcance del pacto de no competencia post contractual o la cláusula de confidencialidad. Es decir, estamos ante un finiquito con una especial complejidad y un acuerdo de salida con un clausulado que debe dar seguridad jurídica a ambas partes.

Debemos señalar, además, la atención que hay que prestar a la habitual dualidad de vínculos en los supuestos en que el alto directivo haya sido, además, nombrado integrante del consejo de administración, pues esta salida puede requerir la autorización del mismo. En esta línea, uno de los factores clave es analizar y determinar exactamente la naturaleza del vínculo con la empresa, que puede ser mercantil o laboral, ordinaria o especial.

El alto directivo (ya sea en el régimen especial de alta dirección o como directivo en una relación laboral) tiene en juego no solo su devenir económico, sino también su prestigio profesional y el adecuado enlace con nuevos proyectos. En este sentido, a menudo el asesoramiento de salida del alto directivo suele ir acompañado de la negociación de las condiciones ante el comienzo de un nuevo proyecto, entre las que se pueden incluir cláusulas de blindaje o de indemnización especial ante una futura extinción en la nueva empresa.

Son muchas las aristas que deben contemplarse en función de cada caso particular. Por ejemplo, en los supuestos en que el alto directivo tiene una edad avanzada, la negociación y los objetivos son bien diferentes, pues suele primar el objetivo de garantizar unos importes indemnizatorios y un plan de pensiones solventes.

En definitiva, cualquier negociación de alta dirección suele requerir un sutil equilibrio entre amabilidad o buenas intenciones y la firmeza en la defensa de unos intereses de gran calado. Todo ello con una cierta confrontación de egos que requieren una especial experiencia y capacidad negociadora.

En los últimos lustros hemos asistido a una necesaria profesionalización del alto directivo, que se está desvinculando del fundador y, por ello, cada vez veremos más movimientos de este tipo, máxime ante un cambio generacional que acentuará la necesidad de un asesoramiento temprano, solvente y eficaz en las negociaciones de extinción del contrato de alta dirección.

Ismael Istambul Fernández, socio fundador de Iberum Abogados

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