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Todo sobre la declaración de la renta de los autónomos

Novedades, declaraciones y deducciones de los autónomos en su declaración

El pasado 6 de abril se inició la campaña de la declaración de la renta. Todos los contribuyentes tienen hasta el 30 de junio para presentar sus cuentas del ejercicio de 2021. Sin embargo, el caso de los autónomos es más complejo porque tienen una serie de aspectos a considerar para saber qué pueden desgravarse y qué no, qué ingresos hay que declarar, etc.

Con el fin de aclarar todas las dudas, vamos a exponer las novedades que trae esta campaña para los trabajadores por cuenta propia, qué tiene que declarar y qué pueden desgravarse.

Qué autónomos tienen que hacer la declaración y documentos que necesitan

Para empezar, los profesionales autónomos que están obligados a presentar su declaración de IRPF son:

Por tanto, prácticamente todos los profesionales autónomos tienen la obligación de presentar su declaración de la renta. Es posible pedir cita previa para realizarla de forma presencial, se puede hacer por teléfono desde el 5 de mayo o se puede presentar de forma telemática.

De cualquier manera, los documentos que necesitan son:

Por dónde empezar

Lo primero que debe hacer el trabajador autónomo es hacerse con su borrador en el que viene toda la información fiscal. Es el primer paso para poder comprobar todos los datos que tiene la Agencia Tributaria.

Para descargarse el borrador es necesario tener cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico. En caso de no tener ninguna de estas opciones, existe otra posibilidad. Se trata de conseguir un número de referencia. Este código se obtiene introduciendo en la web oficial de la Renta 2021 el importe de la casilla 505 de la declaración del pasado año.

Ya con el borrador, el autónomo deberá comprobar todos los datos, para poder modificar lo que sea necesario y declarar todo lo que esté obligado por ley, así como las ayudas, prestaciones y todo aquello que sea susceptible de deducción.

Qué deben declarar los autónomos

Lo primero que se deben declarar son los ingresos que reciben. Todo aquello que se gane por el ejercicio de la actividad debe declararse. En este punto se incluyen los que se denominan ingresos de explotación, que son los que se obtienen por la venta de los productos o servicios que el autónomo comercialice. Pero también aquellos indirectos que se generen derivados de esta propia actividad.

También han de declarar lo ganado o perdido por transmisión de elementos patrimoniales. Si, por ejemplo, se ha vendido o comprado un local, es obligatorio declarar las ganancias o las pérdidas que ha supuesto la operación.

Las prestaciones y ayudas también se declaran. Por ejemplo, la prestación extraordinaria por cese de actividad. Pero también las subvenciones, sean para paliar los efectos negativos del coronavirus o no, aquellas destinadas a la inversión, y cualquier ayuda autonómica o estatal con el fin de mejorar la solvencia de los autónomos y pymes.

Qué pueden deducirse

Los autónomos pueden deducirse una serie de gastos derivados de su actividad. Eso sí, los gastos deben ser fiscalmente deducibles, tal y como lo especifican desde la Agencia Tributaria. Es decir, pueden decirse todos aquellos gastos que estén relacionados directamente con la actividad profesional. Además, es necesario poder justificarlos (vía factura o extractos bancarios), además de estar incluidos en los libros de contabilidad.

Entre los gastos deducibles de los autónomos destacan:

Además de estos gastos derivados de la propia actividad profesional, también los autónomos pueden deducirse otros gastos más generales:

 

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