Escrivá plantea excluir de la base de cotización parte de la aportación al fondo de pensiones de empleo
Una nueva redacción del anteproyecto de ley permitiría a quienes ganen menos de 60.000 euros aportar más que la empresa y saca de la norma la comisión de gestión máxima
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que dirige José Luis Escrivá, ha enviado a empresarios y sindicatos un nuevo borrador del anteproyecto de ley de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo. El texto volverá al Consejo de Ministros tras incorporar aportaciones de los interlocutores sociales y posteriormente irá al Parlamento para su tramitación.
Entre estas novedades está la petición empresarial de excluir las aportaciones de las empresas de la base de cotización de los trabajadores, lo que rebajaría dicha base y abarataría la cuota resultante que debe pagar el empresario, lo que se espera desde el Gobierno que actúe como un incentivo para las compañías.
Si bien, la propuesta de Escrivá limita esa exclusión de la base de cotización a unos 78 euros al mes. Esta es la cifra resultante de la fórmula incluida en disposición final cuarta de este borrador, donde se indica que quedan fuera de las bases de cotización “las contribuciones empresariales satisfechas a los planes de pensiones de empleo [...], hasta el importe resultante de multiplicar por nueve la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de las contingencias comunes”. Además, esta disposición entraría en vigor un mes después de que lo haga el resto de la regulación, que estará vigente desde el día siguiente de su publicación en el BOE.
El nuevo texto abre también la puerta a que los trabajadores que ganen menos de 60.000 euros (de la empresa que hace las aportaciones) puedan superar lo que aporte el empresario.
El borrador recoge un importante cambio respecto a las entidades que podrán encargarse de administrar el dinero de los nuevos fondos de pensiones. Inicialmente, Seguridad Social había fijado unos mínimos de patrimonio para que una entidad gestora pudiera postularse para este nuevo negocio. Las firmas interesadas debían acreditar que manejan al menos 1.000 millones en productos para la jubilación (como planes de pensiones, o planes de pensiones asegurados).
Sin embargo, la nueva redacción normativa no se recoge ninguna referencia al tamaño. La asociación de gestoras de fondos y pensiones (Inverco) se había quejado de que el criterio restringía el acceso a estos nuevos vehículos de inversión a todas las entidades medianas y pequeñas.
Fuentes cercanas al ministerio explican que no se ha querido incluir este aspecto porque consideran que es mejor dejarlo para el ámbito reglamentario. Tampoco han querido que quede fijado ya el nivel máximo de comisión de gestión que se aplicaría.
El criterio previo hacía que el nuevo modelo de planes de pensiones solo fuera accesible como negocio para 24 firmas. Esto incluiría a bancos (CaixaBank, Santander, BBVA, Sabadell, Kutxabank, Ibercaja, Abanca y Renta 4 Banco); aseguradoras como Mapfre y Santalucía; firmas independientes como Bestinver; cooperativas de crédito como Caja Rural y Cajamar, y grupos extranjeros, como National Nederlanden, Deutsche Zurich Pensiones o Caser (propiedad ahora del grupo suizo Helvetia).
También podrán hacer sus propuestas de fondos de pensiones de promoción pública las siete mayores mutualidades de previsión social: la Mutualidad de la Abogacía, la Hermandad Nacional de Arquitectos; la Mutualidad de Empleados del Banco de España, Loreto Mutua (de los pilotos y el personal aéreo), Mutual Médica y PSN (ligadas a médicos y otros licenciados universitarios) y Divina Pastora.